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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 22 DE ABRIL DEL AÑO 2010 (22/04/2010)

CANTIDAD DE PAGINAS: 68

TEXTO PAGINA: 29

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 22 de abril de 2010 417599 a) Se otorgará dos (2) puntos por año a los médicos cirujanos que hayan prestado servicios de salud en el Sistema Nacional Coordinado y Descentralizado de Salud luego de haber culminado el SERUMS, hasta un total acumulado máximo de cuatro (4) puntos. b) Esta bonifi cación complementaria se suma a la bonifi cación obtenida por la realización del SERUMS antes de la vigencia del Decreto Supremo Nº 007-2008-SA, hasta un máximo de diez (10) puntos, considerando la suma de ambas bonifi caciones. c) Para tal efecto, los médicos cirujanos deberán presentar la constancia de realización del servicio de salud refrendada por la autoridad correspondiente.” Regístrese, comuníquese y publíquese. OSCAR RAUL UGARTE UBILLUZ Ministro de Salud 483859-1 TRABAJO Y PROMOCION DEL EMPLEO Constituyen Grupo de Trabajo a fin de formular propuestas y acciones para la implementación del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 104-2010-TR Lima, 21 de abril de 2010 CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo N° 004-2010-TR de fecha 20 de abril de 2010, se aprobó el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, a partir del cual se establecen cambios en su estructura organizacional con la fi nalidad de optimizar los servicios que presta en el ámbito de su competencia; Que, la Primera Disposición Complementaria Final del referido Decreto Supremo faculta al Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo a establecer mediante resolución ministerial las disposiciones complementarias necesarias para la adecuada implementación de su Reglamento de Organización y Funciones - ROF; Que, asimismo, la Segunda Disposición Complementaria Final establece que la aplicación del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, se sujeta a su presupuesto institucional, sin demandar recursos adicionales al Tesoro Público; Que, en atención a las consideraciones expuestas, resulta procedente conformar un Grupo de Trabajo que tendrá a su cargo la formulación de las propuestas y acciones a ser adoptadas en el ámbito de su competencia para la implementación del Reglamento de Organización y Funciones - ROF, aprobado por Decreto Supremo Nº 004- 2010-TR; Con las visaciones de los Viceministros de Trabajo, Promoción del Empleo y Capacitación Laboral, del Secretario General, de los Directores de las Ofi cinas Generales de Asesoría Jurídica, y de Planeamiento y Presupuesto; De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 27658, Ley Marco de Modernización de la Gestión del Estado; la Ley Nº 29381, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo; el Decreto Supremo Nº 043-2006-PCM; y el Decreto Supremo N° 004-2010- TR, Reglamento de Organización y Funciones - ROF del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo; RESUELVE: Artículo 1º.- De la implementación del ROF del MTPE Constitúyase un Grupo de Trabajo que tendrá a su cargo la formulación de las propuestas y acciones en el ámbito de su competencia, a ser adoptadas para la implementación del Reglamento de Organización y Funciones - ROF, aprobado por Decreto Supremo N° 004- 2010-TR, integrado por los siguientes funcionarios: - Viceministra de Trabajo - Viceministro de Promoción del Empleo y Capacitación Laboral - Secretario General - Jefa del Gabinete de Asesoría Técnica - Director de la Ofi cina de Planifi cación y Presupuesto, quien actuará como secretario. El Grupo de Trabajo en un plazo máximo de diez (10) días calendario deberá remitir al Despacho Ministerial el cronograma de trabajo para la implementación del ROF. Artículo 2º.- Del Asesoramiento Técnico Los responsables de las Unidades Orgánicas de Planeamiento y Presupuesto y de Personal del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo brindarán el asesoramiento técnico y apoyo al referido grupo de trabajo. Artículo 3º.- Disposición Transitoria En tanto se apruebe el Cuadro para Asignación del Personal a la que se refiere la Cuarta Disposición Complementaria Final del Decreto Supremo Nº 004-2010-TR, continuaran en ejercicio los cargos establecidos en el Cuadro para Asignación del Personal vigente. Artículo 4º.- De la vigencia La presente Resolución Ministerial entrará en vigencia el mismo día de su publicación en el Diario Ofi cial “El Peruano”. Regístrese, publíquese y comuníquese. MANUELA GARCÍA COCHAGNE Ministra de Trabajo y Promoción del Empleo 484304-1 TRANSPORTES Y COMUNICACIONES Renuevan autorización temporal de uso de área acuática y franja ribereña otorgada a Santa Sofía Puertos S.A. mediante R.S. Nº 010-2008-MTC RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 054-2010-MTC Lima, 21 de abril de 2010 CONSIDERANDO Que, mediante Resolución Suprema Nº 010-2008-MTC publicada el 1 de febrero de 2008, se aprobó la autorización de uso temporal de área acuática y franja costera otorgada a la empresa SANTA SOFÍA PUERTOS S.A., por la Autoridad Portuaria Nacional mediante Acuerdo de Directorio Nº 434- 100-14/12/2007/D, adoptado el 14 de diciembre de 2007, a la altura del distrito de Ancón, provincia y departamento de Lima, en un área de 443,121.431 m2, por un período de dos (2) años; Que, con Resolución Suprema Nº 149-2008-MTC de fecha 27 de noviembre de 2008, se amplió la autorización temporal de uso de área acuática y franja ribereña otorgada a favor de la empresa SANTA SOFÍA PUERTOS S.A., mediante Resolución Suprema Nº 010-2008-MTC, con la fi nalidad de comprender en ella la realización de los estudios necesarios para determinar la conveniencia de construir un terminal de contenedores, conjuntamente con su proyecto especializado en el manejo de cereales sólidos y líquidos a granel;