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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 23 DE ABRIL DEL AÑO 2010 (23/04/2010)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 43

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 23 de abril de 2010 417721 Resolución Nº 427-2010-TC-S3 de 25.02.2010, sanción que entrará en vigencia a partir del sexto día hábil siguiente de notifi cada la indicada resolución. 25. EMPRESA CÍA ESPECIAL DE SEGURIDAD Y SERVICIOS MÚLTIPLES S.R.L., Inhabilitación por diez (10) meses en su derecho de participar en procesos de selección y contratar con el Estado, por haber presentado documentos falsos o inexactos, causal tipifi cada en el numeral 9) del artículo 294 del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM, según Resolución Nº 436-2010-TC-S1 del 25.02.2010, sanción que entrará en vigencia a partir del sexto día hábil siguiente de notifi cada la indicada resolución. 26. CORPORACIÓN DI CARLO S.A.C., Inhabilitación por catorce (14) meses en su derecho de participar en procesos de selección y contratar con el Estado, por dar lugar a la resolución de la orden de compra por causal atribuible a su parte, causal tipifi cada en el numeral 2) del artículo 294 del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM, según Resolución Nº 438- 2010-TC-S1 del 25.02.2010, sanción que entrará en vigencia a partir del sexto día hábil siguiente de notifi cada la indicada resolución. 27. RÍOS RIVERA ARTEMIZA DE JESÚS – ESMAR, Inhabilitación por doce (12) meses en su derecho de participar en procesos de selección y contratar con el Estado, por presentar documentos falsos o inexactos, causal tipifi cada en el literal i) numeral 1 del artículo 237 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 184-2008-EF, según Resolución Nº 439-2010-TC-S1 de 25.02.2010, sanción que entrará en vigencia a partir del sexto día hábil siguiente de notifi cada la indicada resolución. 28. ALVA LÓPEZ JOSÉ LUIS, Inhabilitación por catorce (14) meses en su derecho de participar en procesos de selección y contratar con el Estado, por dar lugar a la resolución del contrato por causal atribuible a su parte, causal tipifi cada en el numeral 2) del artículo 294 del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM, según Resolución Nº 444-2010-TC- S4 del 26.02.2010, sanción que entrará en vigencia a partir del sexto día hábil siguiente de notifi cada la indicada resolución. 29. ASOCIACCIÓN DE PEQUEÑOS PRODUCTORES RÍO MARAÑON, Inhabilitación por catorce (14) meses en su derecho de participar en procesos de selección y contratar con el Estado, por su responsabilidad al no mantener su oferta hasta la suscripción del contrato a pesar de haber resultado ganadora de la buena pro, infracción tipifi cada en el numeral 1) del artículo 294° del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM, según Resolución Nº 446-2010-TC-S4 del 26.02.2010, sanción que entrará en vigencia a partir del sexto día hábil siguiente de notifi cada la indicada resolución. 30. CORAL LOGÍSTICA TERRESTRE S.A.C., Mediante Resolución Nº 447-2010-TC-S4 del 26.02.2010, se declaró infundado el recurso de reconsideración interpuesto por la indicada empresa contra la Resolución Nº 200-2010-TC-S4 del 28.01.2010, que la sanciona con doce (12) meses en su derecho de participar en procesos de selección y contratar con el Estado, por no suscribir injustifi cadamente el contrato, causal tipifi cada en el numeral 1, literal a) del artículo 237° del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado aprobado por Decreto Supremo Nº 184-2008-EF. 31.FARFÁN CASTILLO PATRICIA, Inhabilitación por catorce (14) meses en su derecho de participar en procesos de selección y contratar con el Estado, por dar lugar a la resolución del contrato por causal atribuible a su parte, causal tipifi cada en el numeral 2) del artículo 294 del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM, según Resolución Nº 450-2010-TC- S4 del 26.02.2010, sanción que entrará en vigencia a partir del sexto día hábil siguiente de notifi cada la indicada resolución. 32. EL TROME CONTRATISTAS GENERALES S.R.L., Inhabilitación por doce (12) meses en su derecho de participar en procesos de selección y contratar con el Estado, por la presentación de documentos falsos y/o inexacta, causal tipifi cada en el numeral 9) del artículo 294º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM, según Resolución Nº 451-2010-TC- S4 de 26.02.2010, sanción que entrará en vigencia a partir del sexto día hábil siguiente de notifi cada la indicada resolución. 33. A & E SERVICIOS INTEGRALES S.R.L., Inhabilitación por doce (12) meses en su derecho de participar en procesos de selección y contratar con el Estado, por no suscribir injustifi cadamente el contrato, causal tipifi cada en el numeral 1, literal a) del artículo 237° del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado aprobado por Decreto Supremo N.º 184-2008-EF, según Resolución Nº 458-2010-TC-S3 del 26.02.2010, sanción que entrará en vigencia a partir del sexto día hábil siguiente de notifi cada la indicada resolución. 34. AMBER GROUP S.R.L., Inhabilitación por quince (15) meses en su derecho de participar en procesos de selección y contratar con el Estado, por no suscribir injustifi cadamente el contrato y por haber presentado documentos falsos o inexactos, causales tipifi cadas en el numeral 1, literal a) e i) del artículo 237° del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado aprobado por Decreto Supremo N.º 184-2008-EF, según Resolución Nº 458-2010-TC-S3 del 26.02.2010, sanción que entrará en vigencia a partir del sexto día hábil siguiente de notifi cada la indicada resolución. 35. CFI CORPORACIÓN INDUSTRIAL S.A., Inhabilitación por veinte (20) meses en su derecho de participar en procesos de selección y contratar con el Estado, por la resolución del contrato atribuible a su parte, causal tipifi cada en el literal b) del numeral 1) del artículo 237 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 184-2008- EF, según Resolución Nº 464-2010-TC-S4 de 26.02.2010, sanción que entrará en vigencia a partir del sexto día hábil siguiente de notifi cada la indicada resolución. 36.JBD E.I.R.L., Inhabilitación por quince (15) meses en su derecho de participar en procesos de selección y contratar con el Estado, por no haber mantenido su oferta hasta la suscripción del contrato y por haber presentado documentos falsos o inexactos, causales tipifi cadas en el numeral 1, literal a) e i) del artículo 237° del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado aprobado por Decreto Supremo Nº 184-2008-EF, según Resolución Nº 466-2010-TC-S1 del 26.02.2010, sanción que entrará en vigencia a partir del sexto día hábil siguiente de notifi cada la indicada resolución. 37. A & T CONTRATISTAS GENERALES S.A.C., Inhabilitación por doce (12) meses en su derecho de participar en procesos de selección y contratar con el Estado, por haber presentado documentos falsos o inexactos, causal tipifi cada en el numeral 1) literal i) del artículo 237 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, aprobado por Decreto Legislativo Nº 1017 y Decreto Supremo Nº 184-2008-EF, según Resolución Nº 467-2010-TC-S1 del 26.02.2010, sanción que entrará en vigencia a partir del sexto día hábil siguiente de notifi cada la indicada resolución. 38. CORPORACIÓN MADERERA FERPESI S.A.C., Inhabilitación por trece (13) meses en su derecho de participar en procesos de selección y contratar con el Estado, por participar en el proceso de selección, sin contar con inscripción vigente en el Registro Nacional de Proveedores y por haber presentado documentos falsos o inexactos, causales tipifi cadas en el numeral 5) y 9) del artículo 294° del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM, según Resolución Nº 468-2010-TC-S1 de 26.02.2010, sanción que entrará en vigencia a partir del sexto día hábil siguiente de notifi cada la indicada resolución. 39. SIMAC ELECTRONICS SERVICES S.A.C., Inhabilitación por catorce (14) meses en su derecho de participar en procesos de selección y contratar con