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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 23 DE ABRIL DEL AÑO 2010 (23/04/2010)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 32

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 23 de abril de 2010 417710 Que, es necesario que la Dirección General de Control de Drogas del Ministerio de Relaciones Exteriores, esté representada en la reunión antes mencionada para asegurar un seguimiento diplomático y político adecuado de la posición del Gobierno; Teniendo en cuenta los Memoranda (SME) N° SME0398/2010, de la Subsecretaría para Asuntos Multilaterales, de 09 de abril de 2010; y (FIN) N° FIN0193/2010, de la Dirección de Finanzas, de 12 de abril de 2010, que otorga disponibilidad presupuestaria al presente viaje; De conformidad con la Cuarta Disposición Complementaria de la Ley Nº 28091, Ley del Servicio Diplomático de la República; los artículos 185º inciso g) y 190º del Reglamento de la Ley del Servicio Diplomático de la República, aprobado mediante el Decreto Supremo N° 130-2003-RE y su modifi catoria el Decreto Supremo N° 065-2009-RE; en concordancia con el artículo 83º del Decreto Supremo Nº 005-90-PCM; la Ley Nº 29357; la Ley Nº 27619 y su modifi catoria la Ley Nº 28807 y su Reglamento, aprobado mediante el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM; y su modifi catoria el Decreto Supremo Nº 005-2006-PCM; el numeral 10.1 del artículo 10º de la Ley Nº 29465; y el Decreto de Urgencia Nº 001-2010; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje en comisión de servicios, del Ministro en el Servicio Diplomático de la República Jorge Antonio Méndez Torres-Llosa, Director General de Control de Drogas, de la Subsecretaría para Asuntos Multilaterales, a la ciudad de Madrid, Reino de España, del 26 al 27 de abril de 2010, a fi n que participe en XII Reunión de Alto Nivel del Mecanismo de Coordinación y Cooperación en Materia de Drogas ALC-UE. Artículo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución, serán cubiertos por el Pliego Presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores, Meta 33855 Participación en Organismos Internacionales, debiendo rendir cuenta documentada en un plazo no mayor de quince (15) días al término del referido viaje, de acuerdo con el siguiente detalle: Nombres y Apellidos Pasajes Clase Económica US$ Viáticos por día US$ Número de días Total viáticos US$ Tarifa aeropuerto US$ Jorge Antonio Méndez Torres- Llosa 2,341.42 260.00 2+2 1,040.00 31.00 Artículo 3º.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes al término de la referida comisión, el mencionado funcionario diplomático deberá presentar ante el señor Ministro de Relaciones Exteriores, un informe de las acciones realizadas durante el viaje autorizado. Artículo 4º.- La presente Resolución no da derecho a exoneración ni liberación de impuestos de ninguna clase o denominación. Artículo 5°.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Relaciones Exteriores. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República JAVIER VELASQUEZ QUESQUÉN Presidente del Consejo de Ministros JOSÉ ANTONIO GARCÍA BELAÚNDE Ministro de Relaciones Exteriores 484952-12 Autorizan viaje de funcionario a Colombia para participar en Reuniones de Trabajo para la revisión legal del texto del Acuerdo Comercial entre Colombia y el Perú con la Unión Europea RESOLUCIÓN SUPREMA N° 162-2010-RE Lima, 22 de abril de 2010 CONSIDERANDO: Que, habiendo concluido el proceso de negociación para la suscripción del Acuerdo Comercial entre Colombia y el Perú con la Unión Europea; Que, las partes han convenido en dar inicio a la fase de revisión legal del texto del futuro instrumento internacional, que constituye el primer paso para el proceso de aprobación del referido acuerdo; Que, las partes han acordado un cronograma que contempla una Reunión de Trabajo de los equipos encargados de la revisión legal del texto, en la ciudad de Bogotá, República de Colombia, del 26 al 30 de abril de 2010; Que, el Ministerio de Relaciones Exteriores ha participado activamente en las negociaciones del Acuerdo Comercial entre Colombia y el Perú con la Unión Europea, y considera indispensable que en este contexto, participe un funcionario de la Asesoría Jurídica de este Ministerio; Teniendo en cuenta el Memorándum de la Subsecretaría de Asuntos Económicos Nº SAE0163/2010, de 07 de abril de 2010; y el Memorándum de la Dirección de Finanzas Nº FIN0186/2010, de 09 de abril de 2010, que certifi ca la disponibilidad presupuestal del presente viaje; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 1057, que regula el Régimen Especial de Contratación Administrativa de Servicios y su Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo Nº 075-2008-PCM; la Ley Nº 29357; la Ley Nº 27619, su modifi catoria la Ley Nº 28807, su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 047- 2002-PCM; su modifi catoria el Decreto Supremo N° 005- 2006-PCM; el numeral 10.1 del artículo 10º de la Ley Nº 29465, Ley del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2010; y el Decreto de Urgencia Nº 001-2010, que precisa el rango normativo de las autorizaciones de viaje; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje, en comisión de servicios, del doctor Alejandro Aníbal Sánchez Flores, funcionario contratado de la Asesoría Jurídica del Ministerio de Relaciones Exteriores, a la ciudad de Bogotá, República de Colombia, del 26 al 30 de abril de 2010, a fi n que participe en las Reuniones de Trabajo para la revisión legal del texto del Acuerdo Comercial entre Colombia y el Perú con la Unión Europea. Artículo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución, serán cubiertos por el Pliego Presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores, Meta: 19437 – Integración Política y Negociaciones Económico Comerciales Internacionales, debiéndose rendir cuentas documentadas en un plazo no mayor de quince (15) días al término del referido viaje, de acuerdo con el siguiente detalle: Nombres y Apellidos Pasaje aéreo Clase Económica US$ Viáticos por día US$ Nº de días Total viáticos US$ Tarifa aeropuerto US$ Alejandro Aníbal Sánchez Flores 677.74 200.00 5+1 1,200.00 31.00 Artículo 3º.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes al término de la referida comisión de servicios, el citado funcionario deberá presentar un informe ante el