Norma Legal Oficial del día 23 de abril del año 2010 (23/04/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 54

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, viernes 23 de MORDAZA de 2010

e informandole que dispone de dos dias habiles (48 horas) para completar el expediente, bajo sancion de tenerse por no presentada la solicitud, procediendo a devolverse el expediente al administrado. Si el expediente se encuentra conforme o se han subsanado las observaciones dentro del plazo otorgado, el funcionario responsable de la Oficina de Tramite Documentario, ingresara oficialmente el expediente para su tramite, remitiendo el mismo a la Secretaria General a fin de que esta MORDAZA, remita las Secciones A) y C) a la Consejeria de Asuntos Academicos (CDAA) y la Seccion B) a la Comision Juridica (CJ), quienes dispondran de cinco dias habiles para evaluar si los requisitos de admisibilidad se ajustan a las normas del CONAFU, a cuyo termino emitiran los informes correspondientes."; Que, por Ley Nº 29074 de fecha 20 de MORDAZA de 2007, se resuelve crear la Universidad Nacional de Juliaca (UNAJ), con personeria juridica de derecho publico interno, con sede en el distrito de Juliaca, provincia de San MORDAZA, departamento de Puno; Que, con Oficio Nº 163-2010-ME/SG recibido con fecha 12 de Febrero de 2010, el senor Secretario General del Ministerio de Educacion, MORDAZA MORDAZA MORDAZA, representante de la Promotora Ministerio de Educacion, presenta el Proyecto de Desarrollo Institucional de la Universidad de Juliaca, remitido por el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Presidente de la Comision en cargada de elaborar el Proyecto de Desarrollo Institucional de la referida universidad; con las siguientes Carreras Profesionales: 1) Ingenieria Textil y de Confecciones, 2) Ingenieria en Energias Renovables, 3) Ingenieria Ambiental y Forestal, 4) Ingenieria en Industrias Alimentarias, 5) Gestion Publica y Desarrollo Social, bajo la Ley Nº 29304; adjuntando la documentacion correspondiente en tres secciones"; Que, por Oficio Nº 220-2010-CONAFU-P de fecha 22 de febrero de 2010, el Presidente del CONAFU traslada las observaciones formuladas de la Parte "C" y "B" al responsable del Proyecto de Universidad Nacional de Juliaca, para que en el plazo de ocho (08) dias habiles, la Promotora de dicho Proyecto Universitario cumpla con levantar las observaciones MORDAZA indicadas, bajo apercibimiento de declararse inadmisible su solicitud de conformidad con lo establecido en el articulo 19º del Reglamento del CONAFU; Que, por Oficio Nº 001-2010-/R-PDI-UNAJ recibido con fecha 8 de marzo de 2010, el senor MORDAZA MORDAZA Chilo MORDAZA, responsable del Proyecto de la Universidad Nacional de Juliaca, remite el levantamiento de observaciones al PDI del referido Proyecto Universitario, trasladadas mediante el Oficio Nº 220-2010-CONAFU-P; Que, con Oficio Nº 245-2010-CONAFU-CDAA de fecha 10 de marzo de 2010, el Consejero de Asuntos Academicos, informa al Pleno del CONAFU que el responsable del Proyecto Universidad Nacional de Juliaca, remite el levantamiento de observaciones al PDI del referido proyecto, el mismo que ha cumplido con levantar la observacion planteada, por lo que se tienen por saneados los requisitos de admisibilidad de la Parte "A" y "C" del Proyecto de Desarrollo Institucional presentado; Que, por Informe Legal Nº 109-2010-CONAFU-CJ de fecha 11 de marzo de 2010, la Comision Juridica del CONAFU informa respecto al Oficio Nº 001-2010-/RPDI-UNAJ presentada ante este Consejo Nacional por el responsable del Proyecto Universidad Nacional de Juliaca, hace llegar el levantamiento de las observaciones contenidas en el Oficio Nº 220-2010-CONAFU-P, observaciones que han sido levantadas en su totalidad, por lo que la Comision Juridica opina que el mencionado Proyecto Universitario se encuentra apto para su admision a tramite correspondiente a su Parte "B", Que, en el articulo 19º del Reglamento, se establece que: "Con los informes favorables de la CDAA y de la CJ, contando ademas con el acta de entrevista a los integrantes de la Promotora y de la Comision Organizadora propuesta; realizada ante consejeros del CONAFU, el Pleno decidira sobre la admision a tramite de la solicitud presentada en el plazo MORDAZA de quince (15) dias naturales de recibido el ultimo de los informes MORDAZA referidos. ..."; Que, en el articulo 22º del Reglamento, se establece que: "Con los dictamenes favorables, la Secretaria General

solicitara a la Promotora el pago de la tasa administrativa para la evaluacion del Proyecto, programando una entrevista de los promotores y miembros de la Comision Organizadora propuesta con una comision de Consejeros del Pleno, con la finalidad de conocer sobre su hoja de MORDAZA documentada, su vinculacion con la actividad academica, su identificacion y compromiso con el Proyecto de Desarrollo Institucional. Luego el expediente sera puesto en consideracion del Pleno del Consejo para su admision a tramite"; Que, en la sesion de fecha 19 de marzo de 2010, el Pleno del CONAFU por Acuerdo Nº 114-2010-CONAFU acordo por UNANIMIDAD: Admitir a tramite la solicitud de Autorizacion de Funcionamiento Provisional del Proyecto de Desarrollo Institucional del Proyecto de Universidad Nacional de Juliaca, presentado por el senor Secretario General del Ministerio de Educacion, MORDAZA MORDAZA MORDAZA, representante de la Promotora Ministerio de Educacion, remitido por el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Presidente de la Comision en cargada de elaborar el Proyecto de Desarrollo Institucional de la referida universidad; con las siguientes Carreras Profesionales: 1) Ingenieria Textil y de Confecciones, 2) Ingenieria en Energias Renovables, 3) Ingenieria Ambiental y Forestal, 4) Ingenieria en Industrias Alimentarias, 5) Gestion Publica y Desarrollo Social, bajo la Ley Nº 29074 y las normas que resulten aplicables de conformidad con la normatividad vigente del CONAFU; En atencion a lo expuesto en los considerandos precedentes, y en cumplimiento del articulo 38º incisos d) y e) del Estatuto del CONAFU; SE RESUELVE: Articulo Primero.- ADMITIR A TRAMITE la solicitud de Autorizacion de Funcionamiento Provisional del Proyecto de Desarrollo Institucional del Proyecto de Universidad Nacional de Juliaca, presentado por el senor Secretario General del Ministerio de Educacion, MORDAZA MORDAZA MORDAZA, representante de la Promotora Ministerio de Educacion, remitido por el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Presidente de la Comision en cargada de elaborar el Proyecto de Desarrollo Institucional de la referida universidad; con las siguientes Carreras Profesionales: 1) Ingenieria Textil y de Confecciones, 2) Ingenieria en Energias Renovables, 3) Ingenieria Ambiental y Forestal, 4) Ingenieria en Industrias Alimentarias, 5) Gestion Publica y Desarrollo Social, bajo la Ley Nº 29074 Articulo Segundo.- PROSIGASE con el tramite de la solicitud de Aprobacion del Proyecto de Desarrollo Institucional del Proyecto de Universidad Nacional de Juliaca, bajo la Ley Nº 29074 y las normas que resulten aplicables; de conformidad con la normatividad vigente del CONAFU. Articulo Tercero.- HACER de conocimiento a la Asamblea Nacional de Rectores de la presente Resolucion para los actos administrativos correspondientes. Registrese, comuniquese, publiquese y archivese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA ASCUNA Presidente MORDAZA LUZ MORDAZA MORDAZA Secretaria General
482561-2

Admiten a tramite la solicitud de autorizacion de funcionamiento provisional del Proyecto de Desarrollo Institucional del Proyecto de Universidad Privada MORDAZA Fe
CONSEJO NACIONAL PARA LA AUTORIZACION DE FUNCIONAMIENTO DE UNIVERSIDADES (CONAFU) RESOLUCION Nº 158-2010-CONAFU

MORDAZA, 24 de marzo de 2010

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