Norma Legal Oficial del día 23 de abril del año 2010 (23/04/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 44

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, viernes 23 de MORDAZA de 2010

el Estado, por dar lugar a la resolucion de la orden de servicio por causal atribuible a su parte, causal tipificada en el numeral 2) del articulo 294 del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM, segun Resolucion Nº 471-2010-TC-S1 del 26.02.2010, sancion que entrara en vigencia a partir del MORDAZA dia habil siguiente de notificada la indicada resolucion. 40. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Inhabilitacion por trece (13) meses en su derecho de participar en procesos de seleccion y contratar con el Estado, por su responsabilidad al haber contratado con el Estado a pesar de estar impedido para ello y por haber presentado documentos falsos o inexactos, causales tipificadas en el numeral 4) y 9) del articulo 294° del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM, segun Resolucion Nº 472-2010-TC-S1 de 26.02.2010, sancion que entrara en vigencia a partir del MORDAZA dia habil siguiente de notificada la indicada resolucion. 41. ALIMENTOS FRAYES E.I.R.L., Inhabilitacion por dieciseis (16) meses en su derecho de participar en procesos de seleccion y contratar con el Estado, por su responsabilidad al haber contratado con el Estado a pesar de estar impedido para ello y por haber presentado documentos falsos o inexactos, causales tipificadas en el numeral 4) y 9) del articulo 294° del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM, segun Resolucion Nº 472-2010-TC-S1 de 26.02.2010, sancion que entrara en vigencia a partir del MORDAZA dia habil siguiente de notificada la indicada resolucion. 42. MGP CONTRATISTAS GENERALES S.A.C., Inhabilitacion por once (11) meses en su derecho de participar en procesos de seleccion y contratar con el Estado, por haber presentado documentos falsos o inexactos, causal tipificada en el numeral 9) del articulo 294 del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM, segun Resolucion Nº 473-2010-TCS4 del 01.03.2010, sancion que entrara en vigencia a partir del MORDAZA dia habil siguiente de notificada la indicada resolucion. 43. GURO CONTRATISTAS GENERALES S.A.C., Inhabilitacion por once (11) meses en su derecho de participar en procesos de seleccion y contratar con el Estado, por haber presentado documentos falsos o inexactos, causal tipificada en el numeral 9) del articulo 294 del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM, segun Resolucion Nº 473-2010-TCS4 del 01.03.2010, sancion que entrara en vigencia a partir del MORDAZA dia habil siguiente de notificada la indicada resolucion. 44. SERVICIOS COMPLEMENTARIOS Y REPRESENTACIONES S.R.L. ­ SERVICORE S.R.L., Inhabilitacion por once (11) meses en su derecho de participar en procesos de seleccion y contratar con el Estado, por haber presentado documentos falsos o inexactos, causal tipificada en el numeral 9) del articulo 294 del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM, segun Resolucion Nº 473-2010-TCS4 del 01.03.2010, sancion que entrara en vigencia a partir del MORDAZA dia habil siguiente de notificada la indicada resolucion. 45. LIDER SECURITY S.A.C., Mediante Resolucion Nº 478-2010-TC-S1 del 02.03.2010, se declaro infundado el recurso de reconsideracion interpuesto por la indicada empresa contra la Resolucion Nº 308-2010-TC-S1 del 11.02.2010, que la sanciona con doce (12) meses en su derecho de participar en procesos de seleccion y contratar con el Estado, por haber presentado documentos falsos o inexactos, causal tipificada en el numeral 1) literal i) del articulo 237 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, aprobado por Decreto Legislativo Nº 1017 y Decreto Supremo Nº 184-2008-EF. 46. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Inhabilitacion por catorce (14) meses en su derecho de participar en procesos de seleccion y contratar con el Estado, por

su responsabilidad en no suscribir injustificadamente el contrato a pesar de haber resultado ganadora de la buena pro, causal tipificada en el inciso a) del articulo 30 del Reglamento de la Ley del Programa Nacional Complementario de Asistencia Alimentaria, aprobado por Decreto Supremo Nº 02-2004-MIMDES, MORDAZA aplicable a los hechos suscitados segun lo dispuesto en el articulo 29 de dicho cuerpo normativo, en concordancia con el articulo 59 del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM, segun Resolucion Nº 484-2010-TC-S3 del 02.03.2010, sancion que entrara en vigencia a partir del MORDAZA dia habil siguiente de notificada la indicada resolucion. 47. CENTINELA ANDS SECURITY S.A.C., Mediante Resolucion Nº 498-2010-TC-S3 del 03.03.2010, se declaro infundado el recurso de reconsideracion interpuesto por la indicada empresa contra la Resolucion Nº 241-2010TC-S3 del 02.02.2010, que la sanciona con dieciocho (18) meses en su derecho de participar en procesos de seleccion y contratar con el Estado, por haber presentado documentos falsos o inexactos, causal tipificada en el numeral 1) literal i) del articulo 237 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, aprobado por Decreto Legislativo Nº 1017 y Decreto Supremo Nº 184-2008-EF. 48. DISTRIBUIDORA TANY E.I.R.L., Inhabilitacion por diez (10) meses en su derecho de participar en procesos de seleccion y contratar con el Estado, por haber presentado documentos falsos o inexactos, causal tipificada en el numeral 9) del articulo 294 del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM, segun Resolucion Nº 499-2010-TC-S3 del 03.03.2010, sancion que entrara en vigencia a partir del MORDAZA dia habil siguiente de notificada la indicada resolucion. 49. MANUFACTURAS DE MORDAZA COMERCIAL E INDUST RIAL S.A., Mediante Resolucion Nº 504-2010TC-S4 del 05.03.2010, se declaro infundado el recurso de reconsideracion interpuesto por la indicada empresa contra la Resolucion Nº 197-2010-TC-S4 del 28.01.2010, que la sanciona con catorce (14) meses en su derecho de participar en procesos de seleccion y contratar con el Estado, por dar lugar a la resolucion de la orden de compra por causal atribuible a su parte, infraccion tipificada en el numeral 2 del articulo 294° del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM. 50. A & T TECNOLOGIA S.A.C., Inhabilitacion por ocho (08) meses en su derecho de participar en procesos de seleccion y contratar con el Estado, por dar lugar a la resolucion del contrato causal atribuible a su parte, causal tipificada en el numeral 2) del articulo 294 del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM, segun Resolucion Nº 505-2010-TC-S4 del 05.03.2010, sancion que entrara en vigencia a partir del MORDAZA dia habil siguiente de notificada la indicada resolucion. 51. MECSOFT E.I.R.L., Inhabilitacion por doce (12) meses en su derecho de participar en procesos de seleccion y contratar con el Estado, por la resolucion de la orden de compra por causal atribuible a su parte, causal tipificada en el literal b) del numeral 1) del articulo 237 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 184-2008-EF, segun Resolucion Nº 518-2010-TC-S4 de 08.03.2010, sancion que entrara en vigencia a partir del MORDAZA dia habil siguiente de notificada la indicada resolucion. 52. VIGILANCIA Y SEGURIDAD ORGANIZADA S.A.C., Mediante Resolucion Nº 519-2010-TC-S3 del 09.03.2010, se declaro fundado en parte el recurso de reconsideracion interpuesto por la indicada empresa contra la Resolucion Nº 272-2010-TC-S3 del 09.02.2010, que la sanciona con doce (12) meses en su derecho de participar en procesos de seleccion y contratar con el Estado, por participar en el MORDAZA de seleccion, sin contar con inscripcion vigente en el Registro Nacional de Proveedores, infraccion tipificada en el numeral 5) del articulo 294° del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM.

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