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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 23 de abril de 2010 417736 Artículo Tercero.- HACER de conocimiento a la Asamblea Nacional de Rectores de la presente Resolución para los actos administrativos correspondientes. Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese. LUIS ENRIQUE CARPIO ASCUÑA Presidente KARINA LUZ MIÑANO PAREDES Secretaria General 482561-3 Reconocen a integrantes de la Comisión Organizadora de la Universidad Peruana de Arte Orval CONSEJO NACIONAL PARA LA AUTORIZACIÓN DE FUNCIONAMIENTO DE UNIVERSIDADES (CONAFU) RESOLUCIÓN Nº 179-2010-CONAFU Lima, 24 de marzo de 2010 VISTOS: La Resolución Nº 268-2006-CONAFU de fecha 21 de agosto de 2006, la Resolución Nº 079- 2009-CONAFU de fecha 12 de febrero de 2009, el Ofi cio Nº 005-2010-GG-UORVAL recibida en fecha 3 de marzo de 2010, el Ofi cio Nº 221-2010-CONAFU- CDAA de fecha 11 de marzo de 2010; y, CONSIDERANDO: Que, por Ley Nº 26439, se crea el Consejo Nacional para la Autorización de Funcionamiento de Universidades - CONAFU, como órgano autónomo de la Asamblea Nacional de Rectores, teniendo como una de sus atribuciones: Evaluar los proyectos y solicitudes de autorización de funcionamiento de las nuevas universidades a nivel nacional, emitiendo resoluciones autorizando o denegando el funcionamiento provisional, previa verifi cación de los requisitos y condiciones establecidos; en concordancia con el artículo 3º Inciso a) del Estatuto del CONAFU, aprobado por Resolución Nº 189-2006-CONAFU de fecha 13 de julio de 2006; Que, en el artículo 3º del Estatuto, se establece que: “Son atribuciones del Consejo Nacional para la Autorización de Funcionamiento de Universidades: f) Reconocer a las comisiones organizadoras de las Universidades Públicas y Privadas...”; en concordancia con el artículo 10º del mismo cuerpo normativo, que establece: “Son atribuciones del Pleno del CONAFU: p) Pronunciarse sobre la vacancia de los miembros de las Comisiones Organizadoras por las causales especifi cadas en el Reglamento de la materia”; t) Cumplir las funciones que por Ley, Estatutos o Reglamentos corresponda al Pleno del CONAFU”; Que, en el artículo 19º del Reglamento de Funcionamiento, Evaluación y Certifi cación Institucional de Universidades y Escuelas de Postgrado bajo competencia del CONAFU (En adelante el Reglamento), aprobado por Resolución Nº 100-2005-CONAFU de fecha 23 de marzo de 2005, se establece que: “Para organizar la Universidad y dar inicio a sus actividades, la Promotora propone ante el CONAFU a los integrantes de la Comisión Organizadora, conformada por tres miembros: a) Un Presidente, que asume la dirección de la Comisión con las funciones y responsabilidades que corresponden al Rector de la Universidad; ejerce las funciones de Representante Legal.; Que, en el artículo 20º del Reglamento, se establece que: “Para el reconocimiento por el CONAFU, los miembros propuestos para una Comisión Organizadora deben cumplir los requisitos establecidos en los artículos 34º, 35º y 36º de la Ley Nº 23733 - Ley Universitaria, la Ley Nº 26302 del 14 de mayo de 1994 que sustituye los artículos 35º y 36º de la Ley Universitaria...”; Que, en el artículo 21º del Reglamento, se establece que: “El cargo de miembro de Comisión Organizadora exige dedicación exclusiva y es incompatible con el desempeño de cualquier otra función o actividad pública o privada”; Que, por Resolución Nº 079-2009-CONAFU de fecha 12 de febrero de 2009, resuelve en su artículo cuarto: Establecer que la Universidad Peruana de Arte Orval, inicie sus actividades académicas a partir del día siguiente de la publicación de la presente Resolución en el Diario Ofi cial El Peruano, como Persona Jurídica de Derecho Privado, bajo el Régimen del Decreto Legislativo Nº 882 y la Ley de Creación del Consejo Nacional para la Autorización de Funcionamiento de Universidades, sus disposiciones modifi catorias y los reglamentos aprobados por el CONAFU; Que, con Ofi cio Nº 005-2010-GG-UORVAL recibida en fecha 3 de marzo de 2010, el ingeniero Martial Borzee Robert, Gerente General de la Promotora de la Universidad Peruana de Arte Orval; presenta la propuesta de los integrantes quienes conformaran la Comisión Organizadora de la referida Universidad, proponiendo para el cargo de: Presidente al doctor Ernesto Néptalí Ríos Montenegro; Vicepresidente Académico al doctor Luis Humberto Ludeña Saldaña; Gerente General al ingeniero Martial Borzée Robert; asimismo actuará como Secretario General el abogado Jhon Carlos Reyes Regalado; Que, por Ofi cio Nº 221-2010-CONAFU-CDAA de fecha 11 de marzo de 2010, el Consejero de Asuntos Académicos informa que el Gerente General de la Promotora de la Universidad Peruana de Arte Orval, solicita el reconocimiento de su Comisión Organizadora, al respecto se opina que es procedente el reconocimiento de la Comisión Organizadora de la Universidad Peruana de Arte Orval, ya que por Resolución Nº 079-2010-CONAFU de fecha 12 de febrero de 2010 se aprueba su PDI, y una vez reconocida dicha comisión, la Universidad inicará sus actividades académicas con normalidad; asimismo se hace de conocimiento que el abogado Jhon Carlos Reyes Regalado actuará como Secretario General; Que, de conformidad con la Resolución Nº 268-2006- CONAFU de fecha 21 de agosto de 2006, el Pleno del CONAFU autoriza al Presidente, a expedir Resoluciones de trámite, dentro de sus atribuciones, y con cargo a dar cuenta al Pleno del CONAFU, a efectos de agilizar los procedimientos administrativos en curso; y en mérito a tales atribuciones: Reconoce a los integrantes de la Comisión Organizadora de la Universidad Peruana de Arte Orval, quedando la referida Comisión integrada de la siguiente manera: Presidente al doctor Ernesto Néptalí Ríos Montenegro; Vicepresidente Académico al doctor Luis Humberto Ludeña Saldaña; Gerente General al ingeniero Martial Borzée Robert; asimismo actuará como Secretario General el abogado Jhon Carlos Reyes Regalado; En atención a lo expuesto en los considerándoos precedentes, y en cumplimiento del artículo 38º incisos d) y e) del Estatuto del CONAFU; SE RESUELVE: Artículo Primero.- RECONOCER a los integrantes de la Comisión Organizadora de la Universidad Peruana de Arte Orval, quedando la referida Comisión integrada de la siguiente manera: Doctor Ernesto Néptalí Ríos Montenegro Presidente Doctor Luis Humberto Ludeña Saldaña Vicepresidente Académico Ingeniero Martial Borzée Robert Gerente General Jhon Carlos Reyes Regalado Secretario General Artículo Segundo.- HACER de conocimiento a la Asamblea Nacional de Rectores la presente Resolución para los trámites administrativos correspondientes. Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese. LUÍS ENRIQUE CARPIO ASCUÑA Presidente KARINA LUZ MIÑANO PAREDES Secretaria General 482561-4