Norma Legal Oficial del día 12 de agosto del año 2010 (12/08/2010)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 74

423656

NORMAS LEGALES
VISTO:

El Peruano MORDAZA, jueves 12 de agosto de 2010

siguiente: Primero: Que, mediante Resolucion Nº 09282010-UNHEVAL-R, de fecha 13.JUL.2010, se ha resuelto exonerar el MORDAZA de Adjudicacion Directa Selectiva, de contratacion para el servicio de ampliacion de ancho de banda Internet a 10 MBPS para la Universidad Nacional MORDAZA Valdizan de MORDAZA, cuando el MORDAZA de MORDAZA que debia realizarse es el MORDAZA de Seleccion por concurso Publico, tal como consta en el Oficio Nº 02762010-J-OL/UNHEVAL y no el de Adjudicacion Directa Selectiva, como erroneamente consigno la Oficina de Asesoria Legal al momento de emitir el Informe Nº 4732010-UNHEVAL-AL. Segundo: Que, de conformidad al articulo 14,1 de la Ley de Procedimiento Administrativo General que establece: "Cuando el vicio del acto administrativo por el incumplimiento a sus elementos de validez no MORDAZA trascendente, prevalece la conservacion del acto, procediendose a su enmienda por la propia autoridad emisora" la misma que debera ser concordada con lo dispuesto en el articulo 14,2.1 de la MORDAZA legal acotada que establece: "El acto cuyo contenido sea impreciso o incongruente con las cuestiones surgidas en la motivacion"; de lo que se establece que al haberse consignado erroneamente el MORDAZA de MORDAZA de seleccion, la mencionada Resolucion requiere ser enmendada en su parte resolutiva. En consecuencia, OPINA: Modificar la Resolucion Nº 0928-2010-UNHEVAL-R, de fecha 13.JUL.2010, debiendo quedar de la siguiente manera: 1. Que, se exonere el MORDAZA de Seleccion por Concurso Publico, de Contratacion para el Servicio de Ampliacion de Ancho de Banda Internet a 10 MBPS para la Universidad Nacional MORDAZA Valdizan, debiendo disponerse la contratacion de la Empresa Telefonica del Peru SAA; Que el Rector remite el caso a Secretaria General con el Proveido N° 3878-2010-UNHEVAL-R, para que se emita la Resolucion correspondiente; Estando a las atribuciones conferidas al Rector, por la Ley Universitaria Nº 23733 y por el Estatuto de la UNHEVAL; SE RESUELVE: 1. MODIFICAR solamente el numeral 1. de la Resolucion Nº 0928-2010-UNHEVAL-R, de fecha 13.JUL.2010, debiendo quedar de la siguiente manera: EXONERAR el MORDAZA de Seleccion por Concurso Publico, de Contratacion para el Servicio de Ampliacion de Ancho de Banda Internet a 10 MBPS para la Universidad Nacional MORDAZA Valdizan, debiendo disponerse la contratacion de la Empresa Telefonica del Peru SAA, por lo expuesto en los considerandos de la presente Resolucion. 2. DISPONER que el Vicerrectorado Administrativo y demas organos internos adopten las acciones complementarias. 3. DAR A CONOCER esta Resolucion a los organos correspondientes. Registrese, comuniquese y archivese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Rector 529129-2

El acta del Consejo Regional de Huancavelica de Sesion Ordinaria celebrada el 12 de MORDAZA del ano 2010, con el MORDAZA mayoritario de sus integrantes; y, CONSIDERANDO: Que, los Gobiernos Regionales tienen autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia, conforme al Articulo 191º de la Constitucion Politica del Estado modificado por Ley Nº 27680 ­ Ley de Reforma Constitucional, del Capitulo XIV del Titulo IV, sobre Descentralizacion, concordante con el Articulo 31º de la Ley Nº 27783 ­ Ley de Bases de la Descentralizacion y con el Articulo 2º de la Ley Nº 27867 ­ Ley Organica de Gobiernos Regionales. Que, los Articulos 188º y 192º de la Ley Nº 27680 ­ Ley de Reforma Constitucional, Capitulo XIV del Titulo IV, sobre Descentralizacion, establecen que el objetivo fundamental de la descentralizacion como forma de organizacion democratica y de politica permanente del Estado, es el desarrollo integral del pais; debiendo los Gobiernos Regionales asumir competencias para promover el desarrollo social, politico y economico en el ambito regional; Que, conforme dispone el Inciso a) del Articulo 20º del Decreto Legislativo Nº 1017 ­ Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, asi como el Decreto Supremo Nº 184-2008-EF ­ Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, se encuentran exonerados de MORDAZA de seleccion las adquisiciones y contrataciones que se realicen entre Entidades, siempre que en razon de costo oportunidad resulten masa eficientes y tecnicamente viables para satisfacer la necesidad y no se contravenga lo senalado en el Articulo 60º de la Constitucion Politica del Peru. Que, la Gerencia Sub Regional de Angaraes requiere la contratacion inmediata de un Tractor Oruga D7R, de MORDAZA generacion, perteneciente a la Municipalidad Distrital de Anchonga, para la ejecucion de la Obra: "Mejoramiento y Construccion de la Carretera MORDAZA MORDAZA ­ Cullupite ­ pampahuasi", de los Distritos de Secclla ­ San MORDAZA de Antaparco, ello segun la causal establecida en el punto sustentatorio anterior. Que, conforme dispone el Articulo 21º del Decreto Legislativo Nº 1017 ­ Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, las exoneraciones de procesos de seleccion se realizaran de manera directa, previa aprobacion mediante resolucion del Titular de la Entidad, Acuerdo del Directorio, del Consejo Regional o del Concejo Municipal segun corresponda en funcion a los informes tecnicos y legal previos obligatorios. Que, mediante Informe Tecnico Nº 001-2010GRH/RWSD/RO, el Residente de Obra, Ing. MORDAZA MORDAZA Duenas, mediante el cual consideran pertinente la Exoneracion del MORDAZA de Seleccion para la contratacion inmediata de un Tractor Oruga D7R, de MORDAZA generacion, perteneciente a la Municipalidad Distrital de Anchonga, para la ejecucion de la Obra: "Mejoramiento y Construccion de la Carretera MORDAZA MORDAZA ­ Cullupite ­ pampahuasi", de los Distritos de Secclla ­ San MORDAZA de Antaparco, ello segun la causal establecida en el punto sustentatorio anterior. Que, mediante Informe Legal Nº 054-2010-GOB.REG. HVCA/GSRA-OSRAJ, de fecha 11 de MORDAZA del ano 2010, Asesor Legal de la Gerencia Sub Regional de Angaraes, opina que resulta procedente la exoneracion del MORDAZA de seleccion para la contratacion de un Tractor Oruga D7R, de MORDAZA generacion, perteneciente a la Municipalidad Distrital de Anchonga, para la ejecucion de la Obra: "Mejoramiento y Construccion de la Carretera MORDAZA MORDAZA ­ Cullupite ­ pampahuasi", de los Distritos de Secclla ­ San MORDAZA de Antaparco, ello segun la causal establecida en los puntos sustentatorios anteriores. Que, conforme dispone el Articulo 39º de la Ley Nº 27867 ­ Ley Organica de Gobiernos Regionales, los Acuerdos de Consejo Regional expresan la decision de este organo sobre asuntos internos del Consejo Regional, de interes publico, ciudadano o institucional o declara la voluntad de practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o MORDAZA institucional. En uso de sus atribuciones conferidas por la Ley Organica de los Gobierno Regionales el Consejo Regional;

GOBIERNOS REGIONALES GOBIERNO REGIONAL DE HUANCAVELICA
Exoneran de MORDAZA de seleccion la contratacion de maquinaria pesada para obra de mejoramiento y construccion de la Carretera MORDAZA MORDAZA - Cullupite - Pampahuasi"
ACUERDO DE CONSEJO REGIONAL Nº 058-2010-GOB.REG.-HVCA/CR Huancavelica, 12 de MORDAZA de 2010

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.