Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 12 DE AGOSTO DEL AÑO 2010 (12/08/2010)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 72

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 12 de agosto de 2010 423654 VISTA: La solicitud presentada por Financiera Edyfi car para que se le autorice el cierre de cinco (05) Ofi cinas Especiales bajo la modalidad de local compartido con el Banco de la Nación, de acuerdo con el detalle descrito en la parte resolutiva y; CONSIDERANDO: Que, la citada empresa ha cumplido con presentar la documentación pertinente para el cierre de dichas Ofi cinas Especiales; Estando a lo informado por el Departamento de Supervisión Bancaria “A” mediante el Informe Nº 143 - 2010-DSB “A”; De conformidad con lo dispuesto por el artículo 32º de la Ley Nº 26702 – Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros y la Resolución Nº 775-2008; y, en uso de las facultades delegadas mediante la Resolución SBS Nº 12883-2009 y Memorándum Nº 385-2010-SABM. RESUELVE: Artículo Único.- Autorizar a Financiera Edyfi car el cierre de cinco (05) Ofi cinas Especiales bajo la modalidad de local compartido con el Banco de la Nación según el siguiente detalle: • Dos de Mayo 260-264, distrito de San Pedro de Lloc, provincia de Pacasmayo y departamento de La Libertad. • Jr. Arequipa s/n y 28 de Julio – Plaza de Armas, distrito de Huallanca, provincia de Bolognesi y departamento de Ancash. • Jr. Ancash s/n, distrito de Chacas, provincia de Asunción y departamento de Ancash. • Calle Simón Bolívar Nº 204, distrito de Chalaco, provincia de Morropón y departamento de Piura. • Av. Independencia Nº 477, distrito de Lagunas, provincia de Chiclayo y departamento de Lambayeque. Regístrese, comuníquese y publíquese. PATRICIA SALAS CORTÉS Intendente General de Banca (a.i.) 529583-1 UNIVERSIDADES Otorgan duplicado de diploma de título profesional de la Universidad Nacional del Centro del Perú UNIVERSIDAD NACIONAL DEL CENTRO DEL PERÚ SECRETARIA GENERAL RESOLUCIÓN Nº 00454-CU-2010 Huancayo, 28 de mayo de 2010 EL CONSEJO UNIVERSITARIO DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DEL CENTRO DEL PERU Visto, el expediente Nº 195124 de fecha 23.03.2010, por medio el cual don Edison Suarez Buitrón, solicita Duplicado de Diploma de Título Profesional de Médico Cirujano por extravío. CONSIDERANDO: Que, don Edison Suarez Buitrón, solicita duplicado de diploma de Título Profesional de Médico Cirujano, por extravío; el diploma de Título Profesional de Médico Cirujano fue expedido el 03.09.1999, Diploma registrado con el Nº 008, registrado a Fojas 054 del Tomo 021-T, para el efecto, adjunta los documentos consignados en el item 4 de la Directiva Nº 001-2006-SG-UNCP; Que, mediante la Resol. Nº 01304-CU-2007 del 19.01.2007, la Universidad aprueba la “Directiva para otorgar Duplicado de Diplomas de Grados Académicos y Títulos Profesionales expedidos por la Universidad Nacional del Centro del Perú”; Que, con Resoluciones Nº 1525-2006-ANR y 1895- 2006-ANR, la Asamblea Nacional de Rectores, reglamenta la expedición de Duplicados de Diplomas de Grados Académico y Títulos Profesionales en cumplimiento a la Ley Nº 28626, por medio del cual faculta a las universidades públicas y privadas expedir duplicados de diplomas de Grados Académicos y Títulos Profesionales por pérdida, deterioro o mutilación; y, De conformidad a las atribuciones conferidas por los dispositivos legales vigentes, al cumplimiento de la Directiva Nº 001-SG-2006-UNCP., y al acuerdo de Consejo Universitario de fecha 19 de mayo de 2009. RESUELVE: 1º.- OTORGAR EL DUPLICADO DE DIPLOMA DE TITULO PROFESIONAL DE MEDICO CIRUJANO, a don EDISON SUAREZ BUITRÓN, de acuerdo al siguiente detalle : Diploma Nº 008, registrado a Fojas 054 del Tomo 021-T. 2º.- DAR CUENTA de la presente Resolución a la Asamblea Nacional de Rectores de conformidad a la Ley Nº 28626. 3º.- ENCARGAR el cumplimiento de la presente Resolución a Secretaria General y Facultad de Medicina Humana. Regístrese y comuníquese. CARLOS ANTONIO ADAUTO JUSTO Rector ROGER RAMOS REYMUNDO Secretario General 528585-1 Exoneran contrato de proceso de selección para el servicio de ampliación de ancho de banda internet de la Universidad Nacional Hermilio Valdizán de Huánuco UNIVERSIDAD NACIONAL HERMILIO VALDIZÁN - HUÁNUCO- PERÚ RESOLUCIÓN N° 0928-2010-UNHEVAL-R. Cayhuayna, 13 de julio de 2010 Vistos los documentos que se acompañan en un (01) expediente; CONSIDERANDO: Que, la Asesora Legal con Informe Nº 473-2010- UNHEVAL/AL, de fecha 12.JUL.2010, emite opinión legal respecto a la exoneración del Proceso de Selección de contratación para el servicio de ampliación de ancho de banda Internet a 10 MBPS, precisando lo siguiente: Primero: Que, mediante Ofi cio N° 0276-2010-J-OL- UNHEVAL, de fecha 05 de julio de 2010, el Jefe de la Ofi cina de Logística, precisa que se ha efectuado el Resumen Ejecutivo de Contratación para el Servicio de Ampliación de Ancho de Banda de Internet a 10MBPS, determinando que el único proveedor que nos puede ofrecer dicho servicio es la Empresa Telefónica del Perú S.A.A., debiendo tener en cuenta además que por razones técnicas o relacionadas con la protección de propiedad intelectual se ha establecido la exclusividad del proveedor, por lo que atendiendo a que existe un solo proveedor único corresponde emitir la resolución de exoneración. Segundo: Que, en el presente caso debe tenerse en consideraciòn que de conformidad al artículo 20º de la Ley de Contrataciones del Estado: “Están exoneradas de los procesos de selecciòn la contrataciòn que se realicen: c) Cuando existe un provedor único de bienes o servicios que no admiten sustitutos o cuando por razones técnicas o relacionadas con la protección de derechos, se haya