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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 22 de agosto de 2010 424259 dispositivos requieren obligatoriamente de registro sanitario; Que, el literal m) del artículo 8º de la Ley Nº 27657 – Ley del Ministerio de Salud permite la delegación de potestades administrativas de titularidad del Despacho Ministerial, en tanto, no sean facultades o atribuciones privativas de su función, pudiendo, en consecuencia, encargarse su ejercicio a cualquier funcionario del Ministerio de Salud; Que, actualmente el titular de la potestad de representación legal del Ministerio de Salud es el Despacho Ministerial, tal como viene preceptuado por el literal a) del artículo 8º de la Ley Nº 27657 – Ley del Ministerio de Salud; Que, mediante Informe Nº 132-2010-DIGEMID-DAS- ED/MINSA la Dirección General de Medicamentos, Insumos y Drogas sustenta la emisión del Proyecto de Resolución Ministerial que delega a favor de su Jefe de Equipo de Drogas la competencia del Despacho Ministerial de ejercitar la representación legal del Ministerio de Salud, para tramitar los procedimientos de inscripción y reinscripción de registros sanitarios de drogas y medicamentes que constituyen monopolio estatal, según lo establecido por el artículo 14º del Decreto Ley Nº 22095; Que, por convenir al interés público sanitario, resulta necesario emitir el acto resolutivo que disponga la delegación antes señalada; Estando a lo propuesto por la Dirección General de Medicamentos, Insumos y Drogas; Con el visado del Director General de la Dirección General de Medicamentos, Insumos y Drogas, del Director General de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica y del Viceministro de Salud y, De conformidad con lo dispuesto en el literal I) del artículo 8º de la Ley N° 27657 – Ley del Ministerio de Salud; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Disponer la delegación a favor del Jefe del Equipo de Drogas de la Dirección General de Medicamentos, Insumos y Drogas de la competencia del Despacho Ministerial para representar al Ministerio de Salud en el inicio y tramitación de los procedimientos de inscripción y reinscripción de registros sanitarios de drogas y medicamentos que constituyen monopolio estatal, según lo establecido por el artículo 14º del Decreto Ley Nº 22095. Artículo 2º.- Disponer que la Ofi cina General de Comunicaciones publique la presente Resolución Ministerial en el Portal de Internet del Ministerio de Salud: http://www.minsa.gob.pe/transparencia/dge_normas.asp. Regístrese, comuníquese y publíquese. OSCAR RAUL UGARTE UBILLUZ Ministro de Salud 533901-1 Aprueban Guía Técnica para la Implementación, Operación y Mantenimiento del “Sistema de Tratamiento Intradomiciliario de agua para consumo humano - MI AGUA” RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 647-2010/MINSA Lima, 19 de agosto del 2010 Visto, el expediente Nº 10-014701-001, que contiene los Informes Nº 255-2010/DSB/DIGESA y Nº 0751-2010/ DSB/DIGESA de la Dirección General de Salud Ambiental, y el Informe Nº 611-2010-OGAJ/MINSA de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica del Ministerio de Salud; CONSIDERANDO: Que, el artículo 150º de la Ley Nº 26842, Ley General de Salud, establece que corresponde a la Autoridad de Salud competente, dictar las medidas necesarias para minimizar y controlar los riesgos para la salud de las personas derivados de elementos, factores y agentes ambientales, de conformidad con lo que establece, en cada caso, la ley de la materia; Que, asimismo, el artículo 107º de la mencionada ley, estipula que el abastecimiento de agua, alcantarillado, disposición de excretas, reuso de aguas servidas y disposición de residuos sólidos quedan sujetos a las disposiciones que dicta la Autoridad de Salud competente, la que vigilará su cumplimiento; Que, de otro lado, el literal b) del artículo 51º del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Salud, aprobado por Decreto Supremo Nº 023-2005- SA, señala que la Dirección de Saneamiento Básico de la Dirección General de Salud Ambiental tiene como una de sus funciones generales el establecer las normas técnicas sanitarias respecto del abastecimiento de agua para consumo humano; Que, la Dirección General de Salud Ambiental ha propuesto para su aprobación la Guía Técnica para la Implementación, Operación y Mantenimiento del “Sistema de Tratamiento Intradomiciliario de agua para consumo humano – MI AGUA”, con la fi nalidad de proveer a la población de una tecnología de tratamiento de agua a nivel intradomiciliario que asegure que la calidad del agua para consumo humano no represente un riesgo para la salud; Estando a lo propuesto por la Dirección General de Salud Ambiental; Con el visado del Director General de la Dirección General de Salud Ambiental, del Director General de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica, y del Viceministro de Salud; y, De conformidad con lo dispuesto en el literal l) del artículo 8° de la Ley N° 27657 - Ley del Ministerio de Salud; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Aprobar la Guía Técnica para para la Implementación, Operación y Mantenimiento del “Sistema de Tratamiento Intradomiciliario de agua para consumo humano – MI AGUA”, que en documento adjunto forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial. Artículo 2º.- La Dirección General de Salud Ambiental, las Direcciones de Salud de Lima y las Direcciones Regionales de Salud, o las que hagan sus veces, son los responsables de la difusión, implementación, supervisión y aplicación de la presente Guía Técnica, dentro del ámbito de sus respectivas jurisdicciones. Artículo 3º.- Disponer que la Ofi cina General de Comunicaciones del Ministerio de Salud publique la presente Resolución Ministerial en la dirección electrónica http://www.minsa.gob.pe/portada/transparencia/normas. asp del Portal de Internet del Ministerio de Salud. Regístrese, comuníquese y publíquese. OSCAR RAUL UGARTE UBILLUZ Ministro de Salud 533901-2 FE DE ERRATAS RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 620-2010/MINSA Mediante Oficio Nº 1912-2010-SG/MINSA, el Ministerio de Salud solicita se publique Fe de Erratas de la Resolución Ministerial Nº 620-2010/MINSA, publicada en nuestra edición del día 16 de agosto de 2010. DICE: Artículo 1º.- Designar al médico cirujano Douglas Enrique HORNA CHICCHÓN, en el cargo de Director de Sistema Administrativo I, de la Ofi cina de Logística, Nivel F-3, del Hospital de Emergencias “José Casimiro Ulloa” de la (...)”