Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 22 DE AGOSTO DEL AÑO 2010 (22/08/2010)

CANTIDAD DE PAGINAS: 92

TEXTO PAGINA: 71

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 22 de agosto de 2010 424257 Estado en el ámbito local, regional, nacional, supranacional e internacional, en sede judicial, militar, arbitral, Tribunal Constitucional, órganos administrativos e instancias de similar naturaleza, arbitrajes y conciliaciones; Que, se encuentra vacante el cargo de Procurador Público Adjunto Especializado en Delitos de Lavado de Activos y Procesos de Pérdida de Dominio; Que, el artículo 7º del Decreto Legislativo Nº 1068 establece que es atribución del Consejo de Defensa Jurídica del Estado, entre otras, proponer la designación de los Procuradores Públicos del Poder Ejecutivo; Que, conforme al ofi cio de visto, el Secretario Técnico del Consejo de Defensa Jurídica del Estado informa que dicho Consejo ha propuesto designar al señor abogado Héctor Aníbal Bejarano Lira como Procurador Público Adjunto Especializado en Delitos de Lavado de Activos y Procesos de Pérdida de Dominio, por lo que resulta pertinente emitir el acto administrativo correspondiente; De conformidad con lo dispuesto en el artículo 47º de la Constitución Política del Perú, el Decreto Ley Nº 25993 - Ley Orgánica del Sector Justicia, el Decreto Legislativo Nº 1068 por el cual se crea el Sistema de Defensa Jurídica del Estado y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 017-2008-JUS; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Designar al señor abogado Héctor Aníbal Bejarano Lira como Procurador Público Adjunto Especializado en Delitos de Lavado de Activos y Procesos de Pérdida de Dominio. Artículo 2º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros, el Ministro del Interior y el Ministro de Justicia. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República JAVIER VELASQUEZ QUESQUÉN Presidente del Consejo de Ministros OCTAVIO SALAZAR MIRANDA Ministro del Interior VÍCTOR GARCÍA TOMA Ministro de Justicia 534046-11 Designan Procurador Público Adjunto del Ministerio de Educación RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 164-2010-JUS Lima, 21 de agosto de 2010 VISTO, el Ofi cio Nº 1510-2010-JUS/CDJE del Secretario Técnico del Consejo de Defensa Jurídica del Estado; CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Legislativo Nº 1068 se crea el Sistema de Defensa Jurídica del Estado con la fi nalidad de fortalecer, unifi car y modernizar la defensa jurídica del Estado en el ámbito local, regional, nacional, supranacional e internacional, en sede judicial, militar, arbitral, Tribunal Constitucional, órganos administrativos e instancias de similar naturaleza, arbitrajes y conciliaciones; Que, el artículo 7º del Decreto Legislativo Nº 1068 establece que es atribución del Consejo de Defensa Jurídica del Estado, entre otras, proponer la designación de los Procuradores Públicos del Poder Ejecutivo; Que, se encuentra vacante el cargo de Procurador Público Adjunto del Ministerio de Educación; Que, conforme al ofi cio de visto, el Secretario Técnico del Consejo de Defensa Jurídica del Estado informa que dicho Consejo ha propuesto designar al señor abogado José Mario Prada Córdova como Procurador Público Adjunto del Ministerio de Educación; Que, en tal sentido, resulta pertinente emitir el acto correspondiente; De conformidad con lo dispuesto en el artículo 47º de la Constitución Política del Perú, el Decreto Ley Nº 25993 - Ley Orgánica del Sector Justicia, el Decreto Legislativo Nº 1068 por el cual se crea el Sistema de Defensa Jurídica del Estado y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 017-2008-JUS; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Designar al señor abogado José Mario Prada Córdova como Procurador Público Adjunto del Ministerio de Educación. Artículo 2º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros, por el Ministro de Justicia y por el Ministro de Educación. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República JAVIER VELASQUEZ QUESQUÉN Presidente del Consejo de Ministros VÍCTOR GARCÍA TOMA Ministro de Justicia JOSÉ ANTONIO CHANG ESCOBEDO Ministro de Educación 534046-12 RELACIONES EXTERIORES Modifican circunscripción de la Oficina Consular del Perú en Rotherdam, Holanda DECRETO SUPREMO N° 105-2010-RE EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Suprema Nº 172-88-RE, del 28 de abril de 1988 se establece la circunscripción de las Ofi cinas Consulares del Perú en Holanda, Reino de los Países Bajos, fi jándose para el Consulado en Rotterdam circunscripción sobre las Provincias de Holanda del Sur, Zeeland, Bravante Norte y Limburgo; Que, a través de la Resolución Suprema Nº 307-96- RE, del 14 de agosto de 1996, se crea el Consulado Ad Honórem del Perú en Eindhoven, Reino de los Países Bajos, con circunscripción en las Provincias de Zeeland, Bravante del Norte y Limburg; Que, es prioridad del Gobierno del Perú mantener una activa labor de protección y promoción de los intereses y derechos de los peruanos, a través de un constante apoyo y asistencia consular a las comunidades peruanas en el exterior así como promover los intereses del país, especialmente en el ámbito económico y cultural; Que, la Embajada del Perú en La Haya ha solicitado establecer una Sección Consular con circunscripción en la ciudad de La Haya; Con la opinión favorable de la Subsecretaría de Comunidades Peruanas en el Exterior del Ministerio de Relaciones Exteriores y de la Embajada del Perú en La Haya, Reino de los Países Bajos; De conformidad con lo dispuesto en el artículo 118º inciso 11) de la Constitución Política del Perú en los artículos 37º y 38º del Reglamento Consular del Perú, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 076-2005-RE