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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 28 de agosto de 2010 424623 la realidad económica, social, cultural y ambiental, seguido de la definición y aprobación de los criterios de Priorización y en un segundo momento la identificación y Priorización de Proyectos Propuestos para el ejercicio fiscal 2011. Artículo 16º Evaluación Técnica de Proyectos La evaluación de los proyectos estará a cargo del Equipo Técnico, el cual emitirá opinión sobre la evaluación técnica y fi nanciera de los proyectos priorizados en los Talleres de Trabajo de acuerdo al cronograma establecido, concluido esta etapa presentará los resultados en el Taller de Formalización de Acuerdos. Artículo 17º Taller de Priorización de Proyectos de Inversión En base a los proyectos presentados por el Alcalde, los agentes participantes proceden a la priorización de proyectos de acuerdo a los problemas identificados en los talleres de identificación de problemas. Los proyectos priorizados son incluidos en el Acta de Acuerdos y Compromisos del proceso. CAPÍTULO III FASE DE COORDINACION ENTRE NIVELES DE GOBIERNO Artículo 18º.- La Municipalidad Distrital de La Punta, a través de sus respectivas autoridades, efectúa las coordinaciones que sean necesarias para defi nir acciones de intervención en el ámbito de sus competencias, a fi n de armonizar políticas en base a intereses de desarrollo de la población punteña. CAPÍTULO IV FASE DE FORMALIZACION Artículo 19º.- Comprende la inclusión de proyectos de inversión priorizados y con fi nanciamiento previstos en el Presupuesto Institucional de Apertura del ejercicio correspondiente, así como la Rendición de Cuentas respecto del cumplimiento de los acuerdos y compromisos asumidos en el año anterior. Artículo 20º Inclusión de Proyectos en el Presupuesto Institucional Los proyectos de inversión priorizados en el proceso y que constituyen parte del Acta de Acuerdos y Compromisos son incluidos en el Presupuesto Institucional del Pliego Municipalidad Distrital de La Punta. El Acta de Acuerdos y Compromisos suscrita y el Documento del Presupuesto Participativo para el año que corresponda son presentados al Consejo de Coordinación Local Distrital para su aprobación. Artículo 21º Rendición de Cuentas La Rendición de Cuentas constituye un mecanismo de transparencia en el cual el titular del pliego informa a los agentes participantes sobre el cumplimiento de los acuerdos y compromisos asumidos en el año anterior por la entidad y la Sociedad Civil. CAPÍTULO V DEL EQUIPO TECNICO Artículo 22º.- Conformación del Equipo Técnico Son considerados como miembros del Equipo Técnico: • Director de Planeamiento y Presupuesto, quién lo presidirá. • Director de Calidad del Servicio e Imagen Institucional. • Gerente Central de Desarrollo Local. • Gerente Central de Desarrollo Humano. • Gerente Central de Servicios a la Ciudad. • Dos integrantes de la Sociedad Civil. Artículo 23º.- Responsabilidades del Equipo Técnico • Capacitar a los agentes sobre las distintas fases del proceso y con especial énfasis en la identifi cación de problemas para priorizar los más urgentes. • Preparar y suministrar la información para el debate en los talleres de trabajo. • Apoyar en la organización y ejecución de los talleres de trabajo. • Elaborar el documento del Presupuesto Participativo para el año fiscal 2011, donde se refleje de manera diferenciada e integrada los compromisos y acuerdos establecidos entre los agentes participantes. • Elabora el Acta de Acuerdos y Compromisos. CAPÍTULO VI DEL COMITÉ DE VIGILANCIA Artículo 24º.- Del Comité de Vigilancia y Control El comité de Vigilancia y Control del Presupuesto Participativo 2011, realiza acciones de vigilancia ciudadana del proceso participativo. Se encuentra conformado por 04 Agentes Participantes elegido como parte del Taller de Priorización y Formalización de Acuerdos. Los requisitos para poder ser elegido como miembro del Comité de Vigilancia del Presupuesto Participativo son los siguientes: • Ser representante de la Sociedad Civil Organizada con sede en el distrito de La Punta. • Radicar en el Distrito de la Punta. • No haber sido condenado por delitos o faltas. Artículo 25º.- Funciones del Comité de Vigilancia El Comité de Vigilancia del Proceso de Presupuesto Participativo tiene las siguientes funciones: • Vigilar el cumplimiento de los acuerdos del Proceso del Presupuesto Participativo. • Vigilar que la Municipalidad de La Punta cuente con un cronograma aprobado de ejecución de obras, de los proyectos de inversión priorizados en el proceso participativo. • Vigilar que los recursos municipales destinados al Presupuesto Participativo sean invertidos de conformidad con los acuerdos y compromisos asumidos. • Vigilar que la Sociedad Civil cumpla con los compromisos asumidos en el cofi nanciamiento de los proyectos de inversión incluidos en el Proceso de Presupuesto Participativo • Solicitar formalmente al Alcalde, de acuerdo a las normas de transparencia, la información que requiera para desarrollar las tareas de vigilancia. • Informar semestralmente al Consejo de Coordinación Local Distrital sobre los resultados de la vigilancia. • Presentar un reclamo o denuncia al Concejo Municipal, a la Contraloría General de la República, al Ministerio Público o a la Defensoría del Pueblo, en caso encuentren indicios o pruebas de alguna irregularidad en el Proceso de Presupuesto participativo o en la implementación de los acuerdos adoptados en éste. CAPÍTULO VIII DE LAS SANCIONES Artículo 25º.- Constituyen sanciones: a. Inasistencia injustifi cada a un (01) taller, perderá derecho a voto en los Talleres de Trabajo. b. Intervenir como orador sin inscribirse previamente: Se le inhabilitara como orador en el siguiente Taller. c. Agresión física y/o verbal que pudiera haber a otro Agente Participante. Será retirado del taller y quedará inhabilitado para participar en todo el proceso.