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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 28 DE AGOSTO DEL AÑO 2010 (28/08/2010)

CANTIDAD DE PAGINAS: 100

TEXTO PAGINA: 76

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 28 de agosto de 2010 424614 CONCEDENTE, previa opinión favorable de EL SUPERVISOR. Las Ampliaciones que requieran ser ejecutadas utilizando un área adicional al área de la Concesión, se decidirán de común acuerdo entre las partes, y se ejecutarán previa suscripción de una addenda al Contrato en la que se indicarán las condiciones de entrega del área adicional de terreno Los planos y la información técnica y económica de las Ampliaciones autorizadas o acordadas según lo establecido en la presente defi nición, se incorporarán al Proyecto Defi nitivo, pasando a formar parte del nuevo proyecto Defi nitivo Aprobado. Año de la Concesión: Es el período anual computado desde la fecha de suscripción del presente contrato, contado de fecha a fecha, concluyendo un día igual al del año en el que se inició el cómputo. Área de la Concesión: Es el Área que se encuentra ubicado en la Manzana comprendida por las calles John F. Kennedy; Túpac Amaru; López Albujar y Mariano Melgar en el distrito de Villa María del Triunfo, en la provincia de Lima. Con un área de 11,189.43 m2 sobre la cual se desarrollará el proyecto objeto de concesión conocido como Estadio Héctor Chumpitaz del distrito de Villa María del Triunfo. Bases: Es el documento denominado “Bases del Concurso de Proyectos Integrales u Oferta Pública” a convocarse de ser el caso Bienes afectados a la Concesión: Es la construcción, instalación y equipamiento del Centro Deportivo Héctor Chumpitaz en el distrito , así como, todos los elementos que la integran, que será construida e implementada por EL CONCESIONARIO y transferida a EL CONCEDENTE a la fecha de conclusión o caducidad de la Concesión, bajo los términos y condiciones establecidos en el Contrato, Caducidad de la Concesión: Referida a la terminación especial de la Concesión por algunas de las causales previstas en el Contrato, Concesión: Acto administrativo plasmado en el presente Contrato, mediante el cual el Concedente encarga al Concesionario, EL DESARROLLO DEL PROYECTO INICIATIVA DE INVERSION PRIVADA PARA EL MEJORAMIENTO DE LA EDUCACION, CULTURA, DEPORTES, RECREACION Y DESARROLLO ECONOMICO LOCAL EN EL AREA DE ESPACIO FISICO EN EL DISTRITO DE VILLA MARIA DEL TRIUNFO DE LA PROVINCIA DE LIMA – PERU. Contrato: Es el contrato de concesión, sus anexos, iniciativa privada, evaluaciones previas a la aprobación del Concejo por parte del órgano designado, Bases (de ser el caso) y demás documentos que forman parte del mismo, celebrado entre EL CONCEDENTE y EL CONCESIONARIO, que rige las relaciones entre ellos durante la vigencia de la Concesión. Convenio de Estabilidad Jurídica: Convenio aprobado mediante Acuerdo de Concejo, suscrito entre EL CONCESIONARIO y la Municipalidad Distrital de Villa María del Triunfo, a través del cual ésta última asume una serie de compromisos que garantizan la estabilidad jurídica del marco legal dictado por ella en los temas y áreas de su competencia, vigente a la fecha de suscripción del Convenio. EL CONCEDENTE: Es la Municipalidad Distrital de Villa María del Triunfo. EL CONCESIONARIO: Es la sociedad constituida por el adjudicatario del Concurso o de la iniciativa aprobada con quien EL CONCEDENTE suscribe el Contrato de Concesión. Endeudamiento Permitido: Son las obligaciones fi nancieras asumidas por EL CONCESIONARIO con cualquier Acreedor Permitido ( los cuales incluyen pero no están limitadas al principal, intereses compensatorios e intereses moratorios) o cualquier otra obligación o modalidad crediticia autorizada y aprobada por EL CONCEDENTE, para fi nanciar el desarrollo del proyecto, incluyendo cualquier renovación, ampliación, refi nanciamiento o reestructuración de tales obligaciones. Los términos fi nancieros principales del préstamo u obligación, incluyendo el monto del principal, tasa o tasas de interés, disposiciones sobre amortización y demás términos o condiciones deberán ser aprobados por EL CONCEDENTE. Estudio de Impacto Ambiental: Es el conjunto de estudios que tienen como objetivo identifi car, predecir, interpretar y comunicar los impactos ambientales que el proyecto podría ocasionar en los diversos componentes del ambiente, proponiendo las medidas correctivas y/o preventivas apropiadas para evitar que la ocurrencia de impactos ambientales perjudique la salud y el bienestar de las personas. Estudio de Impacto Vial: Es el conjunto de estudios que tienen como objetivo identifi car, predecir, interpretar y comunicar los impactos en el orden vial urbano, que el proyecto podría ocasionar, proponiendo las medidas correctivas y/o preventivas apropiadas para evitar que la ocurrencia de impactos. Fecha de Cierre o Fecha de Suscripción del Contrato: Es el día y hora en que se suscribe el Contrato de Concesión. Garantía de Fiel Cumplimiento del Proyecto: Carta Fianza otorgada para asegurar el cumplimiento de todas y cada una de las obligaciones establecidas en el Contrato en relación a la ejecución de obras y desarrollo del proyecto. Inversión proyectada: Es aquella establecida de acuerdo a la Propuesta Técnica del Adjudicatario y cuyo monto asciende a la suma de S/. 7’978,019.13 Siete millones novecientos setenta y ocho y diecinueve y 13/100 nuevos soles monto al que se le agregará el importe correspondiente al Impuesto General a las Ventas u otros de corresponder. Obra: Es el conjunto de trabajos de construcción, implementación, mantenimiento y mejoras que sean ejecutados durante la vigencia de la Concesión. Partes: Son EL CONCEDENTE y EL CONCESIONARIO conjuntamente. Retribución: Es la contraprestación que EL CONCESIONARIO deberá pagar mensualmente a favor del CONCEDENTE, por el objeto materia de concesión. Supervisor del Contrato: Es el funcionario u organismo designado por la Municipalidad Distrital de Villa María del Triunfo, encargado de la supervisión del cumplimiento de los derechos y obligaciones contenidos en el Contrato de Concesión. Supervisor de Obra: Son las personas naturales y/o entidades públicas o privadas que EL SUPERVISOR, o EL CONCEDENTE, a solicitud del anterior, está (n) facultado (s) a contratar para llevar a cabo la inspección de determinadas obligaciones de EL CONCESIONARIO en la etapa de ejecución de obra, en la forma y oportunidad que se establezca, a costo del CONCESIONARIO. Suspensión: Es la paralización temporal de las actividades relacionadas con la ejecución del Contrato, como resultado de la ocurrencia de cualquier causal de Suspensión, de acuerdo a lo previsto por este Contrato o por las Leyes Aplicables. Toma de Posesión: Es el acto mediante el cual EL CONCESIONARIO toma posesión del área de la concesión, dejando constancia de ello en el Acta de Toma de Posesión. También consideramos como elementos esenciales del contrato su OBJETO DE LA CONCESIÓN, explicado en la iniciativa privada presentada, que el Contrato es de naturaleza unitaria y responde a una única causa, sin perjuicio de la multiplicidad de actividades y prestaciones en que se divide su objeto, que el otorgamiento de la concesión, se realiza bajo la modalidad a título gratuito, sin gasto de la Municipalidad Distrital de Villa María del Triunfo, que el CONCESIONARIO no podrá transferir su derecho a la Concesión ni ceder su posición contractual, en los tres años siguientes contados desde el inicio de operaciones, cumplido dicho plazo, EL CONCESIONARIO podrá transferir su derecho a la Concesión o ceder su posición contractual solamente con la autorización expresa y previa de EL CONCEDENTE, la cual deberá tener en consideración la opinión técnica que previamente debe emitir el Supervisor del Contrato. Al vencimiento del plazo antes estipulado, EL CONCESIONARIO tendrá derecho preferencial para celebrar un nuevo contrato de concesión, por un plazo similar al establecido en la cláusula precedente, de acuerdo a lo en el Contrato. A la conclusión del contrato, todas las obras serán transferidas en propiedad de EL CONCEDENTE en buen estado de conservación, de acuerdo al valor, términos y condiciones señalados en el presente Contrato. Asimismo, el contrato debe contener esencialmente una SECCION de DERECHOS Y OBLIGACIONES DE LAS PARTES, que involucre presentar dentro de los 60 (sesenta) días hábiles posteriores a la suscripción del Contrato los siguientes documentos que se incorporarán al presente Contrato como partes integrantes del mismo, después de se aprobados, Expediente Técnico de obra Contratar el Concesionario un seguro contra daños ocasionados a la obra y a terceros durante su etapa de ejecución y explotación. Efectuar el Concesionario los pagos por concepto de tributos a que hubiera lugar. También tiene que existir una SECCION de RÉGIMEN ECONÓMICO, en la cual se establezca que el valor de la retribución a ser pagada a EL CONCEDENTE (Municipalidad Distrital de Villa María del Triunfo) será ajustada semestralmente de acuerdo a la variación del Índice General de Precios al por Mayor (IPM) y Cláusulas que regule el CIERRE FINANCIERO y RÉGIMEN DE GARANTÍAS Y SEGUROS. También debe de existir una Sección de INCUMPLIMIENTO DEL CONTRATO y PENALIDADES y otra Sección de SECCION VIII: SOLUCION DE CONTROVERSIAS, que indique que todo litigio, controversia, desavenencia, reclamación resultante, relacionada o derivada de la ejecución o interpretación del contrato que se suscriba o que guarde relación con él, incluidas las relativas a su validez, efi cacia o