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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 28 DE AGOSTO DEL AÑO 2010 (28/08/2010)

CANTIDAD DE PAGINAS: 100

TEXTO PAGINA: 75

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 28 de agosto de 2010 424613 los vecinos u otros. Que, a través del Memorando Nº 003- 2010-MVMT-CEPRI, el Comité especial de Promoción de Inversión Privada como Organismos de Promoción Promotor de la Inversión Privada indica que se ha elaborado la evaluación correspondiente y propone que se eleve al Concejo Municipal a efector de dar tramite. Estando a lo expuesto en uso de las facultades conferidas por la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, el Concejo Municipal de Villa María del Triunfo, con voto aprobatorio de la mayoría de los miembros del Concejo con diez (10) votos a favor (Tarazona Fernadez, Vara Franco, Patiño Alata, Carbonell Coronado, Orreaga Vivanco, Testino Samanez, Barriga Velazco, Quispe Perez, Barrera Vasquez y Merino Quiroz y con una abstención (Izarra Palomino), y con dispensa de tramite y lectura y aprobación del Acta; ACORDÓ: Artículo Primero.- DECLARAR DE INTERÉS LA INICIATIVA PRIVADA DE INVERSIÓN de la empresa Goal Inversiones Sociedad Anónima Cerrada, para el mejoramiento de la educación, cultura, deportes, recreación y desarrollo económico local en el área de espacio físico en el distrito de Villa María del Triunfo de la Provincia de Lima – Perú de acuerdo a la siguiente estructura : A) Un Resumen del proyecto contenido en la Iniciativa de Inversión Privada para el Mejoramiento de La Educación, Cultura, Deportes, Recreación Y Desarrollo Económico Local en el Área de Espacio Físico en el Distrito de Villa María del Triunfo de La Provincia de Lima – Perú Presentada Por La Empresa Goal Inversiones S.A.C. I) OBJETO Y ALCANCE DEL PROYECTO DE INVERSIÓN.- El Proyecto tiene por objeto dar solución de manera adecuada a la necesidad de equipamiento e infraestructura para realizar actividades físicas deportivas y de recreo que son necesidad de las familias del distrito de Villa María del Triunfo que se encuentra dentro del objetivo de la Municipalidad distrital, así como en su Plan de Desarrollo Concertado del 2007al 2017 del distrito. Siendo el Área de la Concesión que se encuentra ubicado en la Manzana comprendida por las calles John F. Kennedy; Túpac Amaru; López Albujar y Mariano Melgar en el distrito de Villa María del Triunfo, en la provincia de Lima. Con un área de 11,189.43 m2 sobre la cual se desarrollará el proyecto conocido como Estadio Héctor Chumpitaz del distrito de Villa María del Triunfo para benefi cio de las familias del distrito. Indicando que el proyecto contiene dentro de su desarrollo la construcción y/o edifi cación de un Centro Deportivo dirigido al público en general, con un área de 11,189.43 m2 de administración municipal para su gestión, desarrollo y efi ciente uso. Debemos indicar en cuanto a la probabilidad de la forma de retribución propuesta (ingresos) durante los 30 años que señala la propuesta, benefi ciara a la Comuna, resumiéndose desde los cinco primeros años, $ 500.00 dólares/mes, del sexto al décimo año en $800.00 dólares/mes, del once al decimo quinto año en $1,000.00 dólares/mes, decimo sexto al vigésimo año de $1,200.00 dólares/mes, del vigésimo primero al vigésimo quinto de $1,500.00 dólares/mes, del vigésimo sexto al trigésimo de $2,000.00 dólares/mes, siendo un valor total a favor del Municipio de $ 420,000.00 dólares (S/. 2.80 por $ 420,000 a valor total de S/. 1’176,600.00 nuevos soles) II) BIENES Y/O SERVICIOS PÚBLICOS SOBRE LOS CUALES SE DESARROLLARÁ EL PROYECTO.- La Empresa propone ejecutar su Iniciativa de Inversión Privada para el Mejoramiento De La Educación, Cultura, Deportes, Recreación y Desarrollo Económico Local en el Área de Espacio Físico en el Distrito de Villa María del Triunfo de la Provincia de Lima – Perú, bien de administración de la Municipalidad Distrital de Villa María del Triunfo, con un área de 11,189.43 m2 antes mencionado en el punto I). III) MODALIDAD CONTRACTUAL Y PLAZO DEL CONTRATO.- La Modalidad contractual es la Concesión. Plazo de duración contractual propuesta es de treinta (30) años. IV) MONTO REFERENCIAL DE LA INVERSIÓN.- El monto referencial inversión de la iniciativa es de S/. 7’978,019.13 (Siete millones novecientos setenta y ocho y diecinueve y 13/100 nuevos soles, su ejecución constructiva se estima en 8 meses. V) CRONOGRAMA TENTATIVO DEL PROYECTO DE INVERSIÓN. Conforme se aprecia de fs. de la iniciativa, el desarrollo del proyecto se realizara la ejecución integral de la obra a favor de las familias de Villa María del Triunfo en un periodo de 08 meses después de suscripción de contrato y sus respectivas autorizaciones. VI) FORMA DE RETRIBUCIÓN PROPUESTA (CON INDICACIÓN DE SI EL PROYECTO REQUIERE INCREMENTO DE TARIFA). La Municipalidad recibirá pagos por valor total de S/. 1’176,600.00 nuevos soles en los 30 años y la Municipalidad se benefi ciara al otorgar la Concesión de una Infraestructura Valorizada en S/. 7’978,019.13 Siete millones novecientos setenta y ocho y diecinueve y 13/100 nuevos soles que pasara a ser parte de su Margesí de Bienes Inmuebles dentro de sus activos; A su vez el proponente asumirá la responsabilidad del gasto dentro de su administración, de limpieza pública del área concedida y alrededores primarios, así como de su iluminación y dar seguridad a su visitantes o clientes, costo que ha presentado en un valor anual de S/. 361,158 por cada año, que en 30 años es 10’834,740 nuevos soles. B) INDICADORES DE CALIDAD DEL SERVICIO A PRESTARSE, DE SER EL CASO. Dentro de los indicadores de calidad se presentan el Estudio de Impacto Ambiental y el Estudio de Impacto Vial para su desarrollo sostenible. Los Impactos ambientales negativos a generarse con el proyecto no son muy signifi cativos, son controlables durante la etapa de construcción del proyecto estableciendo Planes de Medidas de Mitigación y Planes de la ejecución de su Proyecto de Estudio de Impacto Vial que tiene como objetivo evitar las posibles afectaciones al tránsito y prever el movimiento seguro rápido y efi ciente para el ingreso y salida de la mencionada Centro Deportivo a favor de las familias de Villa María del Triunfo para su desarrollo sostenible. C) ELEMENTOS ESENCIALES DEL PROYECTO DE CONTRATO, DE CONTRATO DE CONCESION DE ACUERDO A LOS CRITERIOS QUE ESTABLEZCA EL ORGANISMO PROMOTOR DE LA INVERSIÓN PRIVADA: La introducción con su consignación de poderes de representación. Las normas legales aplicables: Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades. Decreto Legislativo Nº 1012. Decreto Legislativo que aprueba la Ley Marco de Asociaciones Público – Privada para la Generación de Empleo Productivo y Dicta Normas para la Agilización de los Procesos de Promoción de la Inversión Privada, Decreto Supremo Nº 146-2008-EF Reglamento del Decreto Legislativo Nº 1012. Ley Nº 28059. Ley Marco de Promoción de la Inversión Descentralizada (EN LO QUE RESULTE APLICABLE PARA EL PROBLABLE CONCURSO), D.S. Nº 015-2004-PCM, Reglamento de la Ley Marco de Promoción de la Inversión Descentralizada. (EN LO QUE RESULTE APLICABLE PARA EL PROBLABLE CONCURSO), D.S. Nº 059-96-PCM, TUO de las normas con rango de Ley que regulan la entrega en concesión al sector privado de las obras públicas de infraestructura y de servicios públicos, D. S. Nº 060-96-PCM. Reglamento del D.S. Nº 059-96-PCM, Antecedentes y defi niciones, como Acta de Toma de Posesión: Es el documento suscrito por EL CONCEDENTE y EL CONCESIONARIO mediante el cual se deja constancia que esta última ha tomado posesión del área destinada a la ejecución del Contrato, debidamente saneada y sin cargas ni gravámenes. Acreedores Permitidos: Son las instituciones, organismos, personas jurídicas o personas naturales, nacionales o extranjeras titulares de un Endeudamiento Permitido, cuyas acreencias están debidamente autorizadas por EL CONCEDENTE conforme a lo dispuesto en el Contrato. Acta (s) de Conformidad de las Obras: Son los documentos elaborados por el Supervisor de Obras. La (s) Acta (s) será (n) suscrita (s) por EL SUPERVISOR, EL CONCESIONARIO y EL CONCEDENTE. Mediante ésta (s) Acta (s) se dejará constancia de la conclusión de las Obras conforme al Proyecto Defi nitivo Aprobado, el cronograma y las etapas respectivas. Adjudicatario: Es la persona jurídica o Consorcio ganador de la Buena Pro del Concurso Público o titular de la iniciativa presentada, Ampliaciones: Obra no contemplada en el Proyecto Defi nitivo Aprobado, destinada a incrementar la capacidad la infraestructura a instalarse, cuya ejecución será solicitada y autorizada por escrito por EL