TEXTO PAGINA: 78
NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 28 de agosto de 2010 424616 y Siete Mil con 00/100 nuevos soles), valor que el interesado deberá adjuntar en su carta fi anza bancaria (Formato según SBS) de fi el cumplimiento de cobranza inmediata o de realización automática, irrevocable, incondicional y sin benefi cio de excusión por una vigencia de plazo de 120 días a nombre del presentante de la Iniciativa de Inversión Privada GOAL INVERSIONES S.A.C. , con R.U.C. Nº 20536549758, renovable de ser necesario, que se custodiara por la Municipalidad en el Área de Tesorería de acuerdo a ley. 8) Declaración jurada que la información proporcionada completa según letra E) REQUISITOS DE PRECALIFICACIÓN DE LA OFERTA PÚBLICA es fi dedigna, en caso de comprobarse cualquier incorrección, en cualquiera de las instancias que se encuentre el proceso, tiene derecho a invalidar nuestra participación de forma inmediata de manera unilateral, sin más constancia. Atentamente, (Nombre, Cargo, Firma y DNI del representante legal, debidamente legalizado) Artículo Segundo.- AUTORIZAR se realice las Bases del Concurso de Proyectos Integrales u ofertas públicas y se convoque por parte de la Municipalidad Distrital de Villa María del Triunfo de Acuerdo a Ley, el proceso público de Proyectos Integrales se convocaran de existir Un Segundo Interesado o Más , que Cumplan con los requisitos y la Precalifi cación Solicitada. Artículo Tercero.- AUTORIZAR que vencido el plazo de presentación de Un Segundo Interesado y/o tercer interesado o más se otorgue la Concesión Directa o Adjudicación Directa y la Suscripción de Contrato entre las partes, Municipalidad Distrital de Villa María del Triunfo con la Empresa Goal Inversiones S.A.C, por ser el único interesado y/o titular de la Iniciativa de Inversión Privada para el Mejoramiento de la Educación, Cultura, Deportes, Recreación y Desarrollo Económico Local en el Área de Espacio Físico en el Distrito de Villa María del Triunfo de la Provincia de Lima – Perú por ser el Único Interesado y Titular de la Iniciativa Artículo Cuarto.- AUTORIZAR que los reajustes y/o modifi caciones de acuerdo a ley efectuadas por la Gerencia Asesoría Jurídica, se consideran como condición para la validez del acto administrativo y como parte del presente Acuerdo. Artículo Quinto.- PUBLICAR el presente Acuerdo en el Diario Ofi cial El Peruano y en otro diario de circulación nacional. Artículo Sexto.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal, y a la Gerencia de Asesoría Jurídica el cumplimiento del presente Acuerdo. Artículo Septimo.- Dispensar el presente Acuerdo del trámite de lectura y aprobación del Acta. POR TANTO: Mando se registre, comunique y cumpla. JUAN JOSÉ CASTILLO ANGELES Alcalde 536167-1 PROVINCIAS MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CALLAO Aprueban cambio de zonificación de terreno de zona mixta de densidad media a comercio provincial en la Provincia Constitucional del Callao ORDENANZA MUNICIPAL Nº 000039 Callao, 24 de julio de 2010 EL ALCALDE DEL LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CALLAO: POR CUANTO: El Concejo Municipal Provincial del Callao, en Sesión fecha 24 de julio de 2010: Aprobó la siguiente; Ordenanza Municipal: CONSIDERANDO: Que, la Constitución Política del Perú, en el artículo 194, establece que los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, en el artículo 9 inciso 5 faculta al Concejo Municipal a aprobar el Plan de Desarrollo Urbano, el Plan de Desarrollo Rural, el Esquema de Zonifi cación de áreas urbanas, el Plan de Desarrollo de Asentamiento Humano y demás planes específi cos sobre la base del Plan de Acondicionamiento Territorial; Que, mediante Decreto Supremo Nº 027-2003- VIVIENDA, modifi cado por el Decreto Supremo Nº 012- 2004-VIVIENDA publicado el 18 de junio de 2004, se aprobó el Reglamento de Acondicionamiento Territorial y Desarrollo Urbano, cuyo artículo 37 señala que los cambios de zonifi cación serán tramitados ante la Municipalidad Provincial por sus propietarios o promotores, adjuntando los documentos que acrediten la propiedad, el plano de ubicación y memoria descriptiva suscrita por un Arquitecto o Ingeniero Civil colegiado que sustente el cambio solicitado; Que, mediante Ordenanza Municipal Nº 000018 del 05 de octubre de 1995, se aprueba el Plan Urbano Director de la Provincia Constitucional del Callao para el período 1995-2010, el cual contempla la zonifi cación y defi ne la clasifi cación de las vías y secciones viales; Que, en la sesión de la fecha se adoptó el Acuerdo de Concejo Nº 000184, el mismo que aprobó la Moción de Orden del Día presentada por el señor Regidor Provincial Dr. José Alberto Danós Rochabrun, en consecuencia, aprobar el cambio de zonifi cación del terreno ubicado en la Parcela 2-A Ex Fundo La Taboada – Valle de Bocanegra, distrito y provincia del Callao, de Zona Mixta de Densidad Media (MDM) a Comercio Provincial (CP), de acuerdo al Plano PZ – 02, el mismo que forma parte integrante de la presente Ordenanza, el cual tiene como antecedentes el Memorando Nº 2094-2010-MPC/GGDU de la Gerencia General de Desarrollo Urbano que hace suyo el Informe Nº 087-2010- MPC-GGDU-GPUC-CVA de la Gerencia de Planeamiento Urbano y Catastro, asimismo, el Informe Nº 134-2010- MPC/GGAJC de la Gerencia General de Asesoría Jurídica y Conciliación, opinando que el cambio de zonifi cación solicitado es procedente al encontrarse de acuerdo a Ley; Estando a lo expuesto y de conformidad con lo dispuesto en la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, el Concejo Provincial del Callao, ha dado la siguiente: ORDENANZA QUE APRUEBA EL CAMBIO DE ZONIFICACIÓN DEL TERRENO UBICADO EN LA PARCELA 2-A EX FUNDO LA TABOADA – VALLE DE BOCANEGRA, DISTRITO Y PROVINCIA DEL CALLAO, DE ZONA MIXTA DE DENSIDAD MEDIA (MDM) A COMERCIO PROVINCIAL (CP) Artículo 1º.- Apruébase el cambio de zonifi cación del terreno ubicado en la Parcela 2-A Ex Fundo La Taboada – Valle de Bocanegra, distrito y provincia del Callao, de Zona Mixta de Densidad Media (MDM) a Comercio Provincial (CP), de acuerdo al Plano PZ – 02, el mismo que forma parte integrante de la presente Ordenanza. Artículo 2º.- Modifícase en lo pertinente el Plan Urbano Director de la Provincia Constitucional del Callao 1995 al 2010 aprobado por Ordenanza Municipal Nº 000018 de fecha 5 de octubre de 1995. Artículo 3º.- Encárgase a la Gerencia Municipal y a la Gerencia General de Desarrollo Urbano, el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Ordenanza. Artículo 4º.- La presente Ordenanza entrará en vigencia al día siguiente de su publicación. POR TANTO: Mando se publique y cumpla. PIO SALAZAR VILLARAN Alcalde del Callao