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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 28 DE AGOSTO DEL AÑO 2010 (28/08/2010)

CANTIDAD DE PAGINAS: 100

TEXTO PAGINA: 70

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 28 de agosto de 2010 424608 Política del Distrito de Ate; asimismo, en su Art. 2° se establece como pago por derecho de Matrimonio Civil Comunitario la suma de S/. 20.00 (Veinte con 00/100 Nuevos Soles) por pareja; indicando los requisitos exigibles; en su Art. 3° se exonera la publicación de los Edictos Matrimoniales de los contrayentes, en virtud de lo señalado por el Art. 252° del Código Civil y en su Art. 4° se señala el cronograma de inscripción y se indica como fecha de Celebración del Matrimonio Civil Comunitario, el día domingo 29 de Agosto de 2010, a horas 12:00 del mediodía en la Plaza de Armas del Distrito de Ate. Que, en mérito al Informe N° 029-2010-MDA/SG- OREC-HMHV la Ofi cina de Registros Civiles, dependiente de la Secretaría General, informa que a la fecha se cuenta con 690 parejas inscritas para contraer nupcias en la próxima celebración del Matrimonio Civil Comunitario 2010, por lo que sugiere que dicha celebración por ser de tal magnitud en asistentes y por la seguridad de dicho evento, el mismo se realice en las instalaciones del Estadio Municipal Andrés Bedoya Díaz, por lo que se hace necesario la aprobación correspondiente mediante modifi cación del Decreto de Alcaldía N° 008-2010. Estando a los fundamentos expuestos en la parte considerativa y en uso de las facultades conferidas en el inciso 6) del artículo 20º de Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, con el visto bueno de la gerencia municipal, ofi cina general de asesoría jurídica; SE DECRETA: Artículo 1°.- MODIFICAR el artículo 4° del Decreto de Alcaldía N° 008 de fecha 11 de junio de 2010, en cuanto al lugar donde se llevará a cabo la Ceremonia del Matrimonio Civil Comunitario 2010; quedando establecido su redacción, según el siguiente detalle: “Artículo 4°.- ESTABLECER … CEREMONIA: - Celebración del Matrimonio Civil Comunitario, domingo 29 de Agosto del 2010, a horas 12:00 del mediodía en el Estadio Municipal Andrés Bedoya Díaz.”. Artículo 2°.- Ratifi car todo lo demás establecido en el Decreto de Alcaldía N° 008 de fecha 11 de junio de 2010. Artículo 3º.- ENCARGAR el cumplimiento del presente Decreto a la Gerencia Municipal, Secretaría General, Ofi cina de Registro Civil, Ofi cina de Informática y a la Secretaría de Imagen Institucional; la coordinación, divulgación general y otras acciones que sean necesarias. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. JUAN ENRIQUE DUPUY GARCÍA Alcalde 536425-2 MUNICIPALIDAD DE MAGDALENA DEL MAR Convocan a la población debidamente organizada y a las organizaciones públicas y privadas del distrito para que participen en el proceso de elaboración del Presupuesto Participativo 2011 DECRETO DE ALCALDÍA N° 006-2010-MDMM Magdalena del Mar, 27 de agosto del 2010 LA ALCALDESA DEL DISTRITO DE MAGDALENA DEL MAR CONSIDERANDO: Que, los artículos 197° y 199º de la Constitución Política del Perú, modifi cada por la Ley N° 27680, Ley de Reforma Constitucional establecen que las municipalidades promueve, apoyan y reglamentan la participación vecinal en el desarrollo local; Que, mediante la Ley Nº 27783 se aprobó la Ley de Bases de la Descentralización estableciendo en el numeral 1) de su artículo 17º que los gobiernos locales están obligados a promover la participación ciudadana en la formulación de debate y concertación de sus planes de desarrollo y presupuestos y en la gestión pública; Que, la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades establece que las municipalidades se rigen por presupuestos participativos anuales como instrumentos de administración y gestión, los cuales se formulan, aprueban y ejecutan conforme a la ley de la materia y en concordancia con los planes de desarrollo concertado de su jurisdicción; Que, mediante Ordenanza Nº 219-MDMM, se aprobó el instrumento normativo que aprueba el Reglamento del Proceso de Elaboración del Presupuesto Participativo en el distrito de Magdalena del Mar, la misma que fue modifi cada por Ordenanza Nº 408-MDMM, en donde se señala a través de los artículos 10° y 11° que mediante Decreto de Alcaldía se convocará a la población debidamente organizada y a las organizaciones públicas y privadas del distrito al proceso para la elaboración del presupuesto participativo, la misma que incluirá el cronograma del proceso y los requisitos para la inscripción de los agentes participantes, debiendo publicarse en la página WEB de la municipalidad, vitrinas de información de la municipalidad y los medios de comunicación necesarios; Estando a las consideraciones expuestas y en uso de las atribuciones conferidas en el artículo 20º inciso 6 de la Ley 27972, Ley Orgánica de las Municipalidades; DECRETA: Artículo Primero.- CONVOCAR a la población debidamente organizada y a las organizaciones públicas y privadas del distrito para que participe en el proceso de elaboración del Presupuesto Participativo 2011 en el distrito de Magdalena del Mar a realizarse en el Complejo Deportivo Aldo Chamuchumbi ubicado en el Jr. Comandante Espinar S/N. Magdalena del Mar. Artículo Segundo.- Los requisitos para la inscripción en el Registro de los Agentes Participantes son los siguientes: - Llenar el formato de inscripción - Presentar: 1. Copia fedateada del acta de reunión de su organización en la que se le designa como representante para el proceso de presupuesto participativo 2011. 2. Constancia de inscripción en los registros públicos o municipales. 3. Copia del documento nacional de identidad del representante. Para ello tendrán que acercarse al Departamento de Participación Vecinal de la Municipalidad. Artículo Tercero.- APROBAR el Cronograma del Proceso de Elaboración del Presupuesto Participativo 2011 en el distrito de Magdalena del Mar, que en anexo adjunto forma parte integrante del presente Decreto. Artículo Cuarto.- ENCARGAR a la Secretaría General la publicación del presente Decreto de Alcaldía en el Diario Ofi cial El Peruano; al Departamento de Informática y Estadística en la página web de la Municipalidad, y; al Departamento de Imagen Institucional su difusión en el distrito. Artículo Quinto.- ENCARGAR el cumplimiento del presente Decreto a la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto, a la Gerencia de Desarrollo Social y Económico, al Departamento de Participación Vecinal y al Departamento de Imagen Institucional según lo establecido en la Ordenanza Nº 219-MDMM, modifi cado con Ordenanza Nº 408-MDMM. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase ROSA ELVIRA QUARTARA CARRIÓN DE RUAS Alcaldesa