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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 11 de diciembre de 2010 430753 - Un acta de constatación notarial, la cual señala los bienes con los que cuenta cada local de La Empresa; así como los registros fotográfi cos de sus locales y su fl ota vehicular. - Vigencia de poder del Gerente General actualizada. Que, el numeral 207.2 del artículo 207º de La Ley Nº 27444, señala que el plazo para resolver los recursos administrativos es de 30 días; Que, el artículo 60º de El Reglamento establece que la autorización como Escuela de Conductores, así como su modifi cación suspensión o caducidad, para surtir efectos jurídicos, serán publicadas en el Diario Ofi cial El Peruano; Que, a través del Informe Nº 1415 -2010-MTC/15.03 que forma parte integrante de la presente Resolución Directoral, la Dirección de Circulación y Seguridad Vial, concluye que la Empresa cumple con presentar los requisitos establecidos en el Reglamento, por lo que resulta procedente emitir el acto administrativo correspondiente; De conformidad a lo dispuesto en el Reglamento Nacional de Licencias de Conducir Vehículos Automotores y no Motorizados de Transporte Terrestre, aprobado por Decreto Supremo Nº 040-2008-MTC; la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General; y la Ley Nº 29370, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Declarar fundado el Recurso de Reconsideración interpuesto por La Empresa ESCUELA DE CONDUCTORES INTEGRAL Y ESPECIALIZADA EL NORTEÑO SOCIEDAD COMERCIAL DE RESPONSABILIDAD LIMITADA, contra lo dispuesto en la Resolución Directoral Nº 2566-2010-MTC/15, en consecuencia, otorgar a favor de la citada empresa autorización para funcionar como una Escuela de Conductores Integrales con el objetivo de impartir los conocimientos teóricos – prácticos requeridos para conducir vehículos motorizados de transporte terrestre, propugnando una formación orientada hacia la conducción responsable y segura, a los postulantes para obtener una licencia de conducir de la Clase A Categoría II y III, en consecuencia, procédase a su inscripción en el Registro Nacional de Escuelas de Conductores, en los siguientes términos: Denominación de la Escuela : ESCUELA DE CONDUCTORES INTEGRAL Y ESPECIALIZADA EL NORTEÑO SOCIEDAD COMERCIAL DE RESPONSABILIDAD LIMITADA Clase de Escuela : Escuela de Conductores Integrales Ubicación del Establecimiento : Ofi cinas administrativas: Jr. Amazonas Nº 250 – Cajamarca. Aulas de enseñanza: Jr. Las Casuarinas F-3, Urb. El Ingenio – Cajamarca. Taller de instrucción teórico – práctico de mecánica: Pasaje El Parque Nº 111, Urb. Santa Mercedes – Cajamarca. Plazo de Autorización : Cinco (5) años, computados a partir del día siguiente de la publicación de la presente Resolución Directoral en el Diario Ofi cial El Peruano. FLOTA VEHICULAR: Nº Marca Modelo Clase Nº Chasis Nº de Motor Año Fab. Placa 1 TOYOTA PROBOX STAT. WAGON (M-1) NCP510121185 1NZC003798 2006 A5C-624 2 VOLVO F-12 REMOLCADOR (N-2) YV2H2A3A8FA045302 TD121F328103235 1985 YD-2145 3 FONTAINE T-15540SL SEMIREMOLQUE (N-3) 21641 - 1973 ZG-2035 4 VOLVO FH12 6X2 CAMION (N - 3) YV2A4B1C58B131788 D12020987 1995 WGD-314 5 MERCEDES BENZ LO 915/42,5 OMNIBUS (M - 3) 9BM6882767B500783 904924U0699178 2006 UL-1335 HORARIO DE ATENCION: Lunes a Domingo de 8:00 hrs. a 21:00 hrs. PROGRAMA DE ESTUDIOS.- Cursos generales: a) Enseñanza de las normas del Reglamento Nacional de Tránsito. b) Técnicas de conducción a la defensiva, lo que incluye las habilidades y destrezas necesarias para la conducción de un vehículo correspondiente a la licencia de conducir por la que va a optar el postulante, considerando las distintas condiciones en la que debe operar, tales como: clima, tipo de camino, geografía, entre otros aspectos. c) Funcionamiento y mantenimiento del vehículo motorizado que corresponda a la respectiva clasifi cación de licencia de conducir. d) Sensibilización sobre accidentes de tránsito, que debe de incluir la información estadística sobre accidentalidad, los daños que estos ocasionan y la forma de prevenirlos así como la proyección fílmica o documental de casos sobre accidentes de tránsito y sus secuelas. e) Primeros auxilios y protocolo de actuación en casos de accidente de tránsito. f) Mecánica automotriz básica. g) Normas sobre límites máximos permisibles de emisiones de gases contaminantes en vehículos. Cursos específi cos para realizar el servicio de transporte de personas: a) Urbanidad y trato con el usuario. b) Principios de Salud ocupacional aplicados al transporte. c) Enseñanza de las normas de seguridad y calidad que regulan la prestación del servicio de transporte de personas. d) Enseñanza de las normas sobre clasifi cación vehicular, características y requisitos técnicos vehiculares relativos a los vehículos del servicio de transporte de personas. e) Pesos y dimensiones vehiculares máximos permitidos para vehículos de transporte de personas, tolerancias en el pesaje, bonifi caciones y régimen de infracciones y sanciones por excesos en los pesos y dimensiones vehiculares. f) Mecánica Automotriz avanzada según la categoría del vehículo que corresponda. g) Uso de la tecnología aplicable al transporte de personas. Cursos específi cos para realizar el transporte de mercancías: a) Urbanidad y trato con el público. b) Principios de salud ocupacional aplicados al transporte. c) Enseñanza de las normas que regulan la prestación de los servicios de transporte de mercancías. d) Enseñanza de las normas básicas sobre clasifi cación vehicular; así como características y requisitos técnicos vehiculares relativos a los vehículos del transporte de mercancías. e) Pesos y dimensiones vehiculares máximos permitidos para vehículos de transporte de mercancías, tolerancias en el pesaje, bonifi caciones y régimen de infracciones y sanciones por excesos en los pesos y dimensiones vehiculares. f) Manejo correcto de la carga. g) Mecánica Automotriz avanzada según la categoría del vehículo que corresponda. h) Enseñanza de normas tributarias sobre el uso de la guía de remisión del transportista. i) Uso de tecnología aplicable al transporte de mercancías.