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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 6 de enero de 2010 410473 Establecen tramitación y emisión gratuita del DNI en la modalidad de inscripción por primera vez, para los beneficiarios mayores y menores de edad del Programa Nacional de Apoyo Directo a los más Pobres - JUNTOS RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 916-2009/JNAC/RENIEC Lima, 30 de diciembre de 2009 VISTOS: El Ofi cio Nº 1741-2009/GRIAS/RENIEC (14DIC2009) e Informe Nº 040-2009-GRIAS/RENIEC (14DIC2009) ambos de la Gerencia de Restitución de la Identidad y Apoyo Social, el Ofi cio Nº 3334-2009/GPP/RENIEC (28DIC2009) emitido por la Gerencia de Planifi cación y Presupuesto, el Informe Nº 2232-2009/SGP/GPP/RENIEC (28DIC2009) de la Sub Gerencia de Presupuesto y, el Informe Nº 1600-2009/GAJ/RENIEC (29DIC2009) de la Gerencia de Asesoría Jurídica; CONSIDERANDO: Que, conforme lo dispuesto en el artículo 183 de la Constitución Política del Estado corresponde al RENIEC emitir los documentos que acrediten la identidad de las personas, habiendo implementado con tal propósito una política social de acercamiento a la ciudadanía orientada a atender las necesidades de documentación de la población menos favorecida y en situación de vulnerabilidad; Que, en el marco del Plan Nacional para la Superación de la Pobreza, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 032-2005-PCM, modifi cado por Decreto Supremo Nº 062- 2005-PCM, se creó el Programa Nacional de Apoyo Directo a los Más Pobres-JUNTOS, con la fi nalidad de ejecutar transferencias directas en benefi cio de las familias más pobres de las zonas rurales y urbanas; Que, a través de la Resolución Jefatural Nº 043-2009/ JNAC/RENIEC (23ENE2009) se estableció la tramitación y emisión gratuita del DNI en la modalidad de inscripción por primera vez para los benefi ciarios mayores y menores de edad del Programa Nacional de Apoyo Directo a los más Pobres - JUNTOS, de acuerdo a la información que brinde dicha Entidad;. Que, la Gerencia de Restitución de la Identidad y Apoyo Social solicita con el objeto de benefi ciar a la población en situación de vulnerabilidad, la ampliación de diversas Resoluciones Jefaturales, entre otras, la señalada en el párrafo que antecede; Que, se hace necesario hacer de conocimiento la presente Resolución Jefatural a los ciudadanos; De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 26497, Orgánica del Registro Nacional de Identifi cación y Estado Civil, el Reglamento de Organización y Funciones vigente; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Establecer la tramitación y emisión gratuita del DNI en la modalidad de inscripción por primera vez, para los benefi ciarios mayores y menores de edad del Programa Nacional de Apoyo Directo a los más Pobres - JUNTOS, de acuerdo a la información que brinde dicha Entidad. Artículo Segundo.- Los gastos relacionados con la ejecución de la presente resolución serán afectados con cargo a los recursos transferidos mediante Donaciones y Transferencias. Artículo Tercero.- Disponer de manera excepcional, para la atención de menores de edad la admisión de copia autenticada por el Registrador del RENIEC del Acta de Nacimiento del respectivo titular, así como del DNI del declarante que se encuentre caduco o que no cuente con el holograma de sufragio o la dispensa correspondiente. Artículo Cuarto.- Encargar a las Gerencias de Restitución de la Identidad y Apoyo Social, de Informática y Planifi cación y Presupuesto, la implementación de la ejecución de las acciones necesarias para el cumplimiento de lo dispuesto en la presente resolución. Regístrese, publíquese y cúmplase. EDUARDO RUIZ BOTTO Jefe Nacional 441533-8 Aprueban Campaña de tramitación y expedición gratuita del DNI a personas adultas mayores que habitan en albergues u hospicios y que se encuentren en situación de pobreza y abandono RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 002-2010-JNAC/RENIEC 4 de enero de 2010 VISTOS: El Ofi cio N° 1741 e Informe N° 040-2009-GRIAS/ RENIEC (ambos de fecha 14DIC2009) de la Gerencia de Restitución de la Identidad y Apoyo Social, el Ofi cio Nº 3334-2009/GPP/RENIEC (28DIC2009) emitido por la Gerencia de Planifi cación y Presupuesto, el Informe Nº 2232-2009/SGP/GPP/RENIEC (28DIC2009) de la Sub Gerencia de Presupuesto y, el Informe N° 1600-2009/ GAJ/RENIEC (29DIC2009) de la Gerencia de Asesoría Jurídica; CONSIDERANDO: Que, por Ley Nº 26497 se creó el Registro Nacional de Identifi cación y Estado Civil, con arreglo a los artículos 177º y 183º de la Constitución Política del Perú, como organismo con personería jurídica de derecho público interno, que goza de atribuciones en materia registral, técnica, administrativa, económica y fi nanciera; Que, el Registro Nacional de Identifi cación y Estado Civil es un organismo constitucionalmente autónomo encargado de organizar y actualizar el Registro Único de Identifi cación de las Personas Naturales, así como entre otros, de emitir los documentos que acreditan la identidad de las personas; Que, mediante Resolución Jefatural Nº 1199-2005- JEF/RENIEC (12DIC2005) se aprobó la campaña de tramitación y expedición gratuita del DNI a las personas adultas mayores que habitan en albergues u hospicios y que se encuentran en situación de pobreza y abandono; Que, en ese contexto, la Gerencia de Restitución de la Identidad y Apoyo Social, a través del informe del visto, solicita la ampliación de dicha campaña comprendiendo diversas provincias a nivel nacional; Que, al respecto, la Gerencia de Planifi cación y Presupuesto, a través de su Ofi cio del visto, informó que existe disponibilidad presupuestal para atender la propuesta efectuada por la Gerencia de Restitución de la Identidad y Apoyo Social, por la Fuente de Recursos Directamente Recaudados; Que, se hace necesario hacer de conocimiento la presente Resolución Jefatural a los ciudadanos; Estando a la propuesta de la Gerencia de Restitución de la Identidad y Apoyo Social y, al Informe de la Gerencia de Asesoría Jurídica, y de conformidad con lo dispuesto con el Reglamento de Organización y Funciones vigente; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Aprobar la Campaña de tramitación y expedición gratuita del DNI a las personas adultas mayores que habitan en albergues u hospicios y que se encuentran en situación de pobreza y abandono, ampliándola al ámbito nacional, la cual será cubierta con Recursos Directamente Recaudados. Artículo Segundo.- Los adultos mayores que habitan en hospicios u albergues, acreditarán tal residencia con