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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 22 de enero de 2010 411703 órganos de gobierno, dictan las normas pertinentes a través de Ordenanzas Regionales, las mismas que, norman asuntos de carácter general, la organización y la administración del Gobierno Regional y reglamentan materias de su competencia; Estando a lo expuesto y de conformidad con la Constitución Política del Estado, en uso de las atribuciones conferidas por la Ley 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y sus modifi catorias Leyes 27902, 28968 y 29053; Ha dado la Ordenanza Regional siguiente: Artículo Primero.- CREAR EL PROGRAMA REGIONAL DE MANEJO SOSTENIBLE DE LOS BOSQUES SECOS – NORBOSQUE – TUMBES, adscrito a la Gerencia Regional de Recursos Naturales y Gestión del Medio Ambiente del Gobierno Regional Tumbes, cuyo documento constitutivo es parte de la presente Ordenanza Regional. Artículo Segundo.- Encárguese a la Gerencia Regional de Recursos Naturales y Gestión del Medio Ambiente, en coordinación con la Gerencia Regional de Desarrollo Económico, realizar el seguimiento, supervisión, aplicación y cumplimiento de la presente Ordenanza y a la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial gestionar la asignación presupuestaria anual correspondiente, para la implementación de la presente Ordenanza. Artículo Tercero.- Encárguese a la Gerencia Regional de Recursos Naturales y Gestión del Medio Ambiente conformar el Comité Directivo para implementar el Programa Regional. Artículo Cuarto.- La Presente Ordenanza entrará en Vigencia al día siguiente de su publicación conforme a lo establecido en el artículo 42º de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales. Comuníquese al señor Presidente del Gobierno Regional de Tumbes para su promulgación. DIEGO ALEMÁN RAMÍREZ Consejero Delegado POR TANTO: Regístrese, publíquese y cúmplase. WILMER F. DIOS BENITES Presidente 448309-1 GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD DE LINCE Amplían plazo de vigencia de amnistía tributaria y administrativa aprobada mediante la Ordenanza Nº 257-MDL DECRETO DE ALCALDÍA Nº 001-2010-ALC-MDL Lince, 14 de enero de 2010 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DE LINCE VISTO: El Memorándum Nº 012-2010-MDL-OAT de la Ofi cina de Administración Tributaria, el Informe Nº 023-2010- MDL-OAJ y el VºBº de la Gerencia Municipal; CONSIDERANDO: Que mediante Ordenanza Nº 257-MDL de fecha 30 de noviembre del 2009, publicada en el Diario Ofi cial El Peruano con fecha 08 de diciembre de 2009, se aprobó la Ordenanza “Ponte al Día… Amnistía Tributaria y Administrativa... Es tu Oportunidad”, hasta el 31 de diciembre de 2009; Que, asimismo en mérito a la Segunda Disposición Final de la Ordenanza Nº 257-MDL que faculta al Alcalde para que mediante Decreto de Alcaldía dicte las medidas necesarias para la adecuada aplicación de la citada Ordenanza, asimismo para establecer la prórroga de este Benefi cio de ser el caso; Que, se aprobó el Decreto de Alcaldía Nº 012-2009- ALC-MDL de fecha 28 de diciembre de 2009 publicado en el Diario Ofi cial El Peruano con fecha 31 de diciembre de 2009, de ampliación del plazo de vigencia de la Ordenanza Nº 257-MDL hasta el 16 de enero de 2010; Que, al haber recibido innumerables pedidos de contribuyentes, solicitando ampliación de los plazos establecidos, a efecto de que cumplan con la cancelación de sus deudas tributarias y no tributarias, y siendo política de la actual Administración Municipal, otorgar a sus contribuyentes las máximas facilidades para el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y no tributarias; Que, estando a lo expuesto y conforme a las atribuciones conferidas por el numeral 6) del Artículo 20 de la Ley Nº 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades; DECRETA: Artículo Primero.- Ampliar el plazo de vigencia de la Ordenanza Nº 257-MDL hasta el 30 de enero de 2010. Artículo Segundo.- Encargar a la Ofi cina de Administración Tributaria, Ofi cina de Administración y Finanzas, Ofi cina de Tecnología de Información Proceso y a la Ofi cina de Imagen Institucional, el cumplimiento del presente Decreto de Alcaldía. Regístrese, comuníquese y cúmplase. MARTIN PRINCIPE LAINES Alcalde 448857-1 MUNICIPALIDAD DE SAN JUAN DE MIRAFLORES Sancionan con cese temporal sin goce de remuneraciones a Auxiliares Coactivos de la Municipalidad RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA N° 000036-2010-MDSJM-A San Juan de Mirafl ores, 21 de Enero del 2010 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DE SAN JUAN DE MIRAFLORES: Visto, el Informe No. 0001-2010-CPPAD/MDSJM, emitido por la Comisión Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios de la Municipalidad Distrital de San Juan de Mirafl ores; y, CONSIDERANDO: Que, Mediante Resolución de Alcaldía Nº 000480- 2009-MDSJM-A, del 01 de Diciembre del 2009, publicada en el diario Ofi cial el Peruano, se resolvió instaurar proceso administrativo disciplinario, a los Auxiliares Coactivos Yolanda Rocío Calderón Olazábal, Ricardo Ronny Chapoñan Camarena, Aldo Zubiate Ángeles, por los siguientes casos; PRIMER CASO.- PROCEDIMIENTO DE EJECUCIÓN COACTIVO SEGUIDO CONTRA EDILBERTO ZAVINO PAZCE PAYANO, DISPUESTA POR LA RESOLUCIÓN Nº 001021, DEL CINCO DE JUNIO DEL DOS MIL