Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 22 DE ENERO DEL AÑO 2010 (22/01/2010)

CANTIDAD DE PAGINAS: 110

TEXTO PAGINA: 94

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 22 de enero de 2010 411708 Fijan tasa por emisión mecanizada de los recibos del Impuesto Predial y Arbitrios para el Ejercicio 2010 ORDENANZA N° 130 EL ALCALDE DISTRITAL DE SANTA MARÍA DEL MAR POR CUANTO: El Concejo Distrital de Santa María del Mar, en Sesión Ordinaria de Concejo del día quince del mes de enero del año 2010, ha dado la siguiente: ORDENANZA QUE FIJA TASAS POR EMISIÓN MECANIZADA DE LOS RECIBOS DEL IMPUESTO PREDIAL Y ARBITRIOS PARA EL EJERCICIO 2010 Artículo 1°.- Aplíquese para el Ejercicio Fiscal del año 2010, los montos de las tasas que fueron fi jadas para el Ejercicio Fiscal del año 2009, los mismos que se encuentran basados en la Ordenanza Nº 80, ratifi cada por Acuerdo de Concejo Metropolitano Nº 449, ambos publicados en el Diario Ofi cial El Peruano, con fecha 29 de diciembre del 2006, debiendo cobrarse por los servicios administrativos de actualización de valores determinación de tributos y distribución de formularios como sigue: 1. Impuesto Predial.- Siete nuevos soles (S/. 7.00) por la Hoja Resumen (HR) y el primer formulario de Predio Urbano (PU). Cinco nuevos soles (S/. 5.00) por cada formulario de Predio Urbano (PU) adicional. 2. Arbitrios.- Siete nuevos soles (S/. 7.00) por todos los recibos. Los derechos establecidos se cobrarán una sola vez, en la oportunidad del pago de la primera cuota del Impuesto Predial y del primer trimestre de arbitrios. Artículo 2º.- Encargar a la Ofi cina de Administración Tributaria el cumplimiento de la presente Ordenanza. POR TANTO: La promulgo en Santa María del Mar a los 18 días del mes de enero del 2010. ANGEL RAUL ABUGATTAS NAZAL Alcalde 448166-3 Prohíben instalación de campamentos y colocación de carpas y toldos cerrados en las playas del distrito ORDENANZA Nº 131 EL ALCALDE DISTRITAL DE SANTA MARIA DEL MAR POR CUANTO: El Concejo Distrital de Santa María del Mar, en sesión de fecha 15 de enero del dos mil diez, ha dado la siguiente: ORDENANZA QUE PROHÍBE LA INSTALACIÓN DE CAMPAMENTOS Y LA COLOCACIÓN DE CARPAS Y TOLDOS CERRADOS EN LAS PLAYAS DEL DISTRITO Artículo 1°. - OBJETO: La presente ordenanza tiene por objeto prohibir la instalación de campamentos y la colación de carpas y toldos cerrados en las playas del distrito de Santa María del Mar. Artículo 2º.- FINALIDADES: La presente ordenanza se expide con la fi nalidad de a) Cautelar el saneamiento, salubridad y orden de las playas del distrito. b) Proteger la seguridad y tranquilidad de los vecinos del distrito. c) Promover la cultura de la prevención, evitando que el uso indebido de las playas del distrito atente contra los valores cívicos, éticos y culturales de la comunidad y el respeto a la propiedad privada, d) Promover el respeto a los bienes comunales y facilitar las tareas de mantenimiento, limpieza, conservación y mejora del ornato local. Artículo 3°. – PROHIBICIÓN DE INSTALACIÓN DE CAMPAMENTOS Y LA COLOCACIÓN DE CARPAS O TOLDOS CERRADOS EN LA PLAYA: Queda terminantemente prohibida la instalación de campamentos y la colocación de carpas y toldos cerrados en las playas del distrito de Santa María del Mar. Artículo 4°. – SANCIONES La inobservancia de lo dispuesto en esta ordenanza será sancionada en la forma siguiente: 4.1 Instalación de campamentos: a) Multa de monto equivalente a una (1) UIT. b) Remoción de las instalaciones y retención de los bienes en el depósito municipal. 4.2 Instalación de carpas y toldos cerrados a) Multa de monto equivalente a media (0,5) UIT b) Remoción de las instalaciones y retención de los bienes en el depósito municipal. Los bienes incautados serán devueltos a sus propietarios previa la presentación de la constancia de pago de la multa correspondiente. Artículo 5º. - ÓRGANO COMPETENTE: Corresponde a la Gerencia Municipal disponer y adoptar las acciones dirigidas al cumplimiento de la presente ordenanza para lo cual, en el caso que sea necesario, recurrirá al apoyo de la Policía Nacional. POR TANTO: La promulgo en Santa María del Mar, a los 18 días del mes de enero de 2010 y mando que se registre, publique y cumpla. ANGEL RAUL ABUGATTAS NAZAL Alcalde 448166-4 Aprueban Tarifario de Servicios de la Municipalidad RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA Nº 075-2009 Santa María del Mar, 07 de diciembre de 2009 Visto, el Informe N° 46-2009-OAJ-MSMM, emitido por la Ofi cina de Asesoría Jurídica, sobre aprobación del Tarifario de Servicios no exclusivos de la Municipalidad; CONSIDERANDO: Que, mediante Informe N° 46-2009-OAJ-MSMM de fecha 4 de diciembre de 2009, la Ofi cina de Asesoría Jurídica señala la necesidad de aprobar el tarifario de servicios que consolide todos los servicios que no son prestados en exclusividad por la Municipalidad; Que, el artículo VIII de la Ley Orgánica de Municipalidades – Ley N° 27972, en su Título Preliminar – APLICACIÓN DE LEYES GENERALES Y POLÍTICAS Y PLANES NACIONALES, señala: Los Gobiernos Locales están sujetos a las leyes y disposiciones que, de manera general, y de conformidad con la Constitución Política del Perú, regulan las actividades y funcionamiento del Sector Público, así como a las normas técnicas referidas a los Servicios y Bienes Públicos, y a los sistemas