Norma Legal Oficial del día 27 de enero del año 2010 (27/01/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 33

El Peruano MORDAZA, miercoles 27 de enero de 2010

NORMAS LEGALES

412207

ORGANISMOS TECNICOS ESPECIALIZADOS INSTITUTO GEOLOGICO MINERO METALURGICO
Aprueban montos recaudados por concepto de pago del Derecho de Vigencia y Penalidad de derechos mineros y petitorios mineros correspondientes al mes de diciembre de 2009
RESOLUCION DE PRESIDENCIA Nº 012-2010-INGEMMET/PCD
MORDAZA, 19 de enero del 2010 Visto; el Informe Nº 001-2010-INGEMMET/DDV/D de la Direccion de Derecho de Vigencia de fecha 19 de enero del 2010, respecto a la distribucion de los ingresos registrados por Derecho de Vigencia y Penalidad de derechos mineros vigentes formulados al MORDAZA del Decreto Legislativo Nº 708 y legislaciones anteriores; asi como, los montos recaudados por los pagos efectuados en el ano 2009 por Derecho de Vigencia en la formulacion de petitorios mineros durante el mes de diciembre, conforme el referido Decreto Legislativo; CONSIDERANDO: Que, por Ley Nº 29169, publicada en el Diario Oficial El Peruano, el 20 de diciembre del 2007, se modifico el articulo 57º del Texto Unico Ordenado de la Ley General de Mineria, aprobado por Decreto Supremo Nº 014-92-EM, precisando los porcentajes para la distribucion de los montos recaudados por los pagos efectuados por concepto de Derecho de Vigencia y Penalidad entre las Municipalidades Distritales, Gobiernos Regionales e Instituciones del Sector Energia y Minas; Que, el articulo 3º de la citada MORDAZA dispone que los Gobiernos Regionales recibiran los porcentajes de los ingresos que correspondan a los pagos efectuados por los Pequenos Productores Mineros y los Productores Mineros Artesanales; a partir de los pagos realizados desde el siguiente mes de su publicacion, esto es a partir de los pagos realizados en el mes de enero; Que, la Direccion de Derecho de Vigencia, informa que el monto total a distribuir correspondiente al mes de diciembre del 2009, es de US$ 571,071.42 (Quinientos Setenta y Un Mil Setenta y Uno y 42/100 Dolares Americanos) y S/. 71,900.80 (Setenta y Un Mil Novecientos y 80/100 Nuevos Soles), efectuandose a este compensaciones por un monto ascendente a US$ 13,812.33 (Trece Mil Ochocientos Doce y 33/100 Dolares Americanos); resultando un importe neto a distribuir de US$ 557,259.09 (Quinientos Cincuenta y Siete Mil Doscientos Cincuenta y Nueve y 09/100 Dolares Americanos) y S/. 71,900.80 (Setenta y Un Mil Novecientos y 80/100 Nuevos Soles); Que, en atencion a las consideraciones precedentes, y a lo dispuesto en el articulo 92º del Decreto Supremo Nº 0394-EM, procede autorizar la distribucion de lo recaudado por Derecho de Vigencia y Penalidad durante el mes de diciembre del 2009, a las Municipalidades Distritales, Gobiernos Regionales e Instituciones del Sector Energia y Minas; De conformidad con el articulo 3º inciso 24) del Reglamento de Organizacion y Funciones del Instituto Geologico, Minero y Metalurgico ­ INGEMMET, aprobado por Decreto Supremo Nº 035-2007-EM; Con los visados de la Oficina de Asesoria Juridica y la Direccion de Derecho de Vigencia; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Asignar los montos recaudados por concepto de pago del Derecho de Vigencia y Penalidad de derechos mineros formulados durante la vigencia del Decreto Legislativo Nº 708 y legislaciones anteriores; asi como, los montos recaudados por los pagos efectuados en

el ano 2009 por concepto de Derecho de Vigencia en la formulacion de petitorios mineros correspondiente al mes de diciembre, al MORDAZA del Decreto Legislativo Nº 708, de la siguiente manera:
Entidades DISTRITOS INGEMMET MEM GOBIERNOS REGIONALES TOTAL Total a Distribuir Deducciones Neto a Distribuir

US$ S/. US$ 428,303.56 53,925.60 -6,285.34 110,837.52 14,380.16 -6,021.59 27,709.38 3,595.04 -1,505.40 4,220.96 0.00 0.00

S/. US$ S/. 0.00 422,018.22 53,925.60 0.00 104,815.93 14,380.16 0.00 26,203.98 3,595.04 0.00 4,220.96 0.00

571,071.42 71,900.80 -13,812.33

0.00 557,259.09 71,900.80

(*) Ver Anexos Nº 1 y Nº 2

Articulo 2º.- Transcribir la presente Resolucion a la Oficina de Administracion del INGEMMET, para que ejecute las acciones pertinentes a fin de proceder con las transferencias a las Municipalidades Distritales, Gobiernos Regionales e Instituciones del Sector Energia y Minas. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA T. CASQUINO Presidente del Consejo Directivo INGEMMET

ANEXO Nº 1 GOBIERNOS LOCALES DISTRITALES: DERECHO DE VIGENCIA Y PENALIDAD
De conformidad con el articulo 92º del Reglamento de los Titulos pertinentes del Texto Unico Ordenado de la Ley General de Mineria, aprobado por Decreto Supremo Nº 0394-EM y lo senalado en el literal "a" del Art. 57º del Texto Unico Ordenado de la Ley General de Mineria, modificado por la Ley Nº 29169, se determina que la distribucion de lo recaudado por Derecho de Vigencia y Penalidad durante el mes de diciembre del 2009, a las Municipalidades Distritales es el siguiente:
DPTO. / PROV. / DISTRITO AMAZONAS/BAGUA BAGUA AMAZONAS/CONDORCANQUI EL CENEPA AMAZONAS/UTCUBAMBA CUMBA EL MORDAZA YAMON ANCASH/AIJA AIJA ANCASH/BOLOGNESI AQUIA MORDAZA ANCASH/CASMA BUENA VISTA ALTA COMANDANTE MORDAZA YAUTAN ANCASH/HUARI SAN MORDAZA SAN MORDAZA DE CHANA ANCASH/HUARMEY HUARMEY ANCASH/HUAYLAS PAMPAROMAS PUEBLO LIBRE ANCASH/OCROS SAN MORDAZA ANCASH/PALLASCA TAUCA ANCASH/RECUAY CATAC RECUAY ANCASH/SANTA CHIMBOTE MACATE NEPENA MORDAZA CHIMBOTE SAMANCO S/. 0.00 U.S. $ 750.00

0.00

21,825.00

0.00 0.00 0.00

1,108.16 11,887.50 2,100.00

0.00

216.00

0.00 0.00

150.00 31.79

0.00 0.00 0.00

450.00 4,050.00 450.00

27,690.00 0.00

37.50 37.50

0.00

1,800.00

0.00 0.00

1,012.50 1,012.50

0.00

900.00

0.00

900.00

0.00 186.37

225.00 216.00

0.00 0.00 0.00 0.00 0.00

2,137.50 918.88 2,475.00 4,725.00 225.00

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