Norma Legal Oficial del día 30 de enero del año 2010 (30/01/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 33

El Peruano MORDAZA, sabado 30 de enero de 2010

NORMAS LEGALES

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cortas ofrecidos; ha programado la ejecucion de la Encuesta "Estadistica Mensual de Turismo 2010 para Establecimientos de Hospedaje"; Que, resulta necesario autorizar la ejecucion de la Encuesta "Estadistica Mensual de Turismo 2010 para Establecimientos de Hospedaje", dirigida a las personas naturales y juridicas ubicadas en el territorio nacional que se dediquen a prestar servicios de alojamiento colectivo para estancias cortas, asi como aprobar el formulario respectivo y establecer el plazo MORDAZA para la MORDAZA de la informacion solicitada; Con la opinion tecnica de la Direccion Nacional de Censos y Encuestas y la visacion de la Sub - Jefatura de Estadistica y de la Oficina Tecnica de Asesoria Juridica; De conformidad con lo dispuesto en los articulos 81º y 83º del Decreto Supremo Nº 043-2001-PCM, Reglamento de Organizacion y Funciones del Instituto Nacional de Estadistica e Informatica, y ; En uso de las atribuciones conferidas por el articulo 6º del Decreto Legislativo Nº 604, "Ley de Organizacion y Funciones del Instituto Nacional de Estadistica e Informatica". SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar la realizacion de la Encuesta "Estadistica Mensual de Turismo 2010 para Establecimientos de Hospedaje" a nivel nacional, la que sera ejecutada por el Ministerio de Comercio Exterior y Turismo y las Direcciones Regionales de Comercio Exterior, Turismo y Artesania, la misma que esta dirigida de forma exhaustiva en MORDAZA Metropolitana, Region MORDAZA y Region Callao, a todos los establecimientos de hospedaje Clasificados y Categorizados - por la autoridad competente de Turismo - como de cinco (5), cuatro (4) y tres (3) estrellas; a los Albergues, a los Resort, y a los Ecolodge; y a una muestra aleatoria seleccionada de las categorias dos (2) estrellas, una (1) MORDAZA y del estrato de hospedajes No Clasificados, cuya relacion se encuentra en la pagina Web del MINCETUR (http:// www.mincetur.gob,pe). En las otras Regiones del MORDAZA, la Encuesta se dirige a la totalidad de establecimientos de hospedaje. Articulo 2º.- Aprobar el formulario de la mencionada Encuesta, el que forma parte integrante de la presente Resolucion, que sera aplicado en el trabajo de MORDAZA durante los meses de enero a diciembre del 2010, a las personas naturales y juridicas que desarrollen actividades de alojamiento colectivo para estancias cortas en el territorio nacional. Articulo 3º.- Las unidades informantes o establecimientos seleccionados a que se refiere el Articulo 1º de la presente Resolucion, preferentemente accederan al formulario electronico disponible en la pagina Web de MINCETUR (http://mincetur.gob.pe) o solicitaran gratuitamente el formulario impreso en Lima: en la sede central del Ministerio, ubicado en MORDAZA Uno Oeste Nº 050, Urbanizacion Corpac ­ San Isidro; y en otras ciudades del MORDAZA, en las Direcciones Regionales, Sub Regionales y Zonales de Comercio Exterior, Turismo y Artesania. Articulo 4°.- Establecer como plazo MORDAZA para la MORDAZA de los formularios diligenciados con la informacion solicitada en la Encuesta "Estadistica Mensual de Turismo 2010 para Establecimientos de Hospedaje", hasta el octavo dia habil de concluido cada mes a informar. La entrega y recepcion de los formularios no tienen ningun costo. Articulo 5º Las empresas naturales y juridicas que incumplan con la MORDAZA de la Encuesta "Estadistica Mensual de Turismo 2010 para Establecimientos de Hospedaje", en el plazo mensual establecido, seran multadas conforme a lo dispuesto por los Arts. 87º, 89º y 90º del D. S. Nº 043-2001-PCM. Registrese y comuniquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Jefe 452031-1

PODER JUDICIAL CORTES SUPERIORES DE JUSTICIA
Disponen el funcionamiento de diversos organos jurisdiccionales de emergencia en el periodo vacacional en la Corte Superior de Justicia de MORDAZA
CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE MORDAZA Presidencia Oficina de Coordinacion Administrativa y de Asuntos Juridicos RESOLUCION ADMINISTRATIVA Nº 116-2010-P-CSJLI/PJ MORDAZA, 29 de enero del 2010 VISTOS Y CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Administrativa Nº 3882009- CE-PJ, de fecha 30 de noviembre del ano proximo pasado, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, resuelve disponer las vacaciones correspondientes al Ano Judicial 2010, para magistrados y personal auxiliar, las mismas que se haran efectivas desde el 01 de febrero al 02 de marzo del ano en curso. Que, tal como lo establece el tercer articulo de la citada Resolucion, durante el mes de vacaciones funcionaran organos jurisdiccionales de emergencia, propuestos por los Presidentes de las Cortes Superiores, los mismos que seguiran conociendo todos los procesos a su cargo y atenderan exclusivamente las siguientes materias de los organos jurisdiccionales que saldran de vacaciones: Penal : Habeas MORDAZA, calificacion de denuncias con detenido, tramite de libertades, apelacion de mandato de detencion, tramite de procesos con reos en carcel, homonimias y rehabilitaciones. Civil: Acciones de garantia y medidas cautelares fuera de proceso; Familia: Consignaciones de alimentos, autorizacion de viaje de menores, violencia familiar, tutela de menores en abandono y menores infractores; asi como medidas cautelares de regimen provisional de visitas, anotacion de demanda, visitas reguladas por el Equipo Multidisciplinario y ampliacion de regimen de visitas, entrega de menores en forma de ejecucion anticipada, tenencia provisional; y procesos sobre interdiccion civil tramitados ante los juzgados de familia en materia tutelar y en las MORDAZA Superiores; Laboral: Consignaciones laborales; y Contencioso Administrativo, Previsional y Constitucional. Que, el Presidente de la Corte Superior de Justicia, es la MORDAZA autoridad administrativa en el Distrito Judicial a su cargo y dirige la politica interna de su Distrito Judicial, dictando las medidas administrativa internas para el mejor funcionamiento del Despacho administrativo. Que, en uso de las facultades conferidas en los incisos 3° y 9° del articulo 90° de la Ley Organica del Poder Judicial; SE RESUELVE: Articulo Primero.- DISPONER el funcionamiento de los siguientes organos jurisdiccionales de emergencia, en el periodo vacacional comprendido entre el 01 de febrero al 02 de marzo del ano 2010. MORDAZA SUPERIORES SALA CIVIL DE VACACIONES : MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA (T) MORDAZA MORDAZA Ubillus Fortini (T) Presidente

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