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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 04 DE FEBRERO DEL AÑO 2010 (04/02/2010)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 67

El Peruano 412809 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 055-2010-MTC/03 Lima, 29 de enero de 2010. CONSIDERANDO: Que, el artículo 75 del Texto Único Ordenado de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-93-TCC, establece que el Ministerio de Transportes y Comunicaciones fi ja la política de telecomunicaciones a seguir y controla sus resultados; Que, los artículos 57 y 60 del citado Texto Único Ordenado de la Ley de Telecomunicaciones, establecen que el espectro radioeléctrico es un recurso natural de dimensiones limitadas que forma parte del patrimonio de la Nación y su utilización dará lugar al pago de un canon, cuyo monto y forma de pago, serán establecidos en un Reglamento a ser aprobado mediante Decreto Supremo; Que, la Dirección General de Regulación y Asuntos Internacionales de Comunicaciones mediante Informe Nº 404-2009-MTC/26 de fecha 30 de diciembre de 2009, recomienda la publicación del proyecto de norma que aprueba el Reglamento del Canon por el Uso del Espectro Radioeléctrico Aplicable a los Servicios Públicos: Móvil por Satélite y Móvil de Datos Marítimo por Satélite, por un plazo de quince (15) días calendario, de conformidad a lo señalado en el artículo 19 del Título I “Lineamientos para Desarrollar y Consolidar la Competencia y la Expansión de los Servicios de Telecomunicaciones en el Perú”, incorporado por Decreto Supremo Nº 003-2007- MTC a los Lineamientos de Política de Apertura del Mercado de Telecomunicaciones del Perú aprobados por Decreto Supremo Nº 020-98-MTC; Que, en tal sentido, es necesario disponer la publicación del referido proyecto de norma, en el Diario Ofi cial El Peruano y en la página Web del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, a efecto de recibir las respectivas sugerencias y comentarios de la ciudadanía en general; De conformidad con el Texto Único Ordenado de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por el Decreto Supremo Nº 013-93-TCC, el Texto Único Ordenado de su Reglamento General, aprobado por el Decreto Supremo Nº 020-2007-MTC, y los Decretos Supremos Nos. 020-98- MTC y 003-2007-MTC; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Disponer la publicación del proyecto de Decreto Supremo que aprueba el Reglamento del Canon por el Uso del Espectro Radioeléctrico Aplicable a los Servicios Públicos: Móvil por Satélite y Móvil de Datos Marítimo por Satélite, en el Diario Ofi cial El Peruano y en la página Web del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, www.mtc.gob.pe, a efectos de recibir las respectivas sugerencias y comentarios de la ciudadanía en general, dentro del plazo de quince (15) días calendario, contados a partir de la publicación de la presente Resolución. Artículo 2º.- Encargar a la Dirección General de Regulación y Asuntos Internacionales de Comunicaciones, la recepción, procesamiento y sistematización de los comentarios que se presenten al citado proyecto de norma. Regístrese, comuníquese y publíquese. ENRIQUE CORNEJO RAMÍREZ Ministro de Transportes y Comunicaciones PROYECTO TRANSPORTES Y COMUNICACIONES PROYECTO DE NORMA QUE APRUEBA EL REGLAMENTO DEL CANON POR EL USO DEL ESPECTRO RADIOELÉCTRICO APLICABLE A LOS SERVICIOS PÚBLICOS: MÓVIL POR SATÉLITE Y MÓVIL DE DATOS MARÍTIMO POR SATÉLITE El Ministerio de Transportes y Comunicaciones, pone a consideración del público interesado el contenido del proyecto de norma, a fi n que remitan sus opiniones y sugerencias por escrito a la Dirección General de Regulación y Asuntos Internacionales de Comunicaciones, Jr. Zorritos Nº 1203-Lima 1, vía fax al 615-7479 o vía correo electrónico a emendoza@mtc.gob.pe, dentro del plazo máximo de quince (15) días calendario, de acuerdo al formato siguiente: Formato para la presentación de comentarios al proyecto de norma que aprueba el “Reglamento del Canon por el Uso del Espectro Radioeléctrico aplicable al Servicio Público Móvil por Satélite y al Servicio Público Móvil de Datos Marítimo por Satélite”, Artículo del Proyecto Comentarios 1º 2º Comentarios Generales DECRETO SUPREMO DECRETO SUPREMO QUE APRUEBA EL REGLAMENTO DEL CANON POR EL USO DEL ESPECTRO RADIOELÉCTRICO APLICABLE A LOS SERVICIOS PÚBLICOS: MÓVIL POR SATÉLITE Y MÓVIL DE DATOS MARÍTIMO POR SATÉLITE EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, el artículo 75 del Texto Único Ordenado de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-93-TCC, establece que el Ministerio de Transportes y Comunicaciones fi ja la política de telecomunicaciones a seguir y controla sus resultados; Que, los artículos 57 y 60 del citado Texto Único Ordenado de la Ley de Telecomunicaciones, establecen que el espectro radioeléctrico es un recurso natural de dimensiones limitadas que forma parte del patrimonio de la Nación y su utilización dará lugar al pago de un canon, cuyo monto y forma de pago, serán establecidos en un Reglamento a ser aprobado mediante Decreto Supremo; Que, el numeral 2 del artículo 231 del Texto Único Ordenado del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 020-2007-MTC, prevé que el canon anual que deben abonar los titulares de concesiones o autorizaciones por el uso del espectro radioeléctrico, se calcula aplicando determinados porcentajes sobre la Unidad Impositiva TRANSPORTES Y COMUNICACIONES Proyecto de Decreto Supremo que aprueba el Reglamento del Canon por el uso del Espectro Radioeléctrico aplicable a los Servicios Públicos: Móvil por Satélite y Móvil de Datos Marítimos por Satélite PROYECTO Lima, jueves 4 de febrero de 2010