Norma Legal Oficial del día 04 de febrero del año 2010 (04/02/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 55

El Peruano MORDAZA, jueves 4 de febrero de 2010

NORMAS LEGALES

412797

bajo la supervision y control del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil. Articulo 3°.- El RENIEC, a traves de la Sub Gerencia de Gestion Tecnica de Registros Civiles, proporcionara los libros de nacimiento y defuncion, a la Oficina de Registro de Estado Civil que funciona en la Comunidad MORDAZA cuya delegacion de facultades registrales se aprueba con la presente Resolucion; correspondiendo asimismo a la Jefatura Regional a cuya jurisdiccion pertenece, orientar e impartir instrucciones a esta, a fin que los procedimientos registrales que realicen MORDAZA efectuados en concordancia con las normas legales, reglamentarias y administrativas, que regulan las inscripciones en los Registros de Estado Civil. Articulo 4°.- Asimismo, la Sub Gerencia de Gestion Tecnica de Registros Civiles proveera del respectivo libro de matrimonio, a la Oficina de Registro de Estado Civil que funciona en la Comunidad MORDAZA NUEVA MORDAZA, cuando esta cumpla con remitir MORDAZA del Acta de Asamblea Comunal, mediante la cual se acredite debidamente la conformacion del Comite Especial, a que hace referencia el Articulo 262° del Codigo Civil. Registrese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA BOTTO Jefe Nacional Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil 454171-1 RESOLUCION JEFATURAL N° 040 -2010-JNAC/RENIEC MORDAZA, 29 de enero de 2010 VISTOS: el Informe N° 0021-2010/SGIRC/GRC/ RENIEC (21ENE2010) emitido por la Sub Gerencia de Integracion de Registros Civiles y el Informe N° 0011-2010GRC/RENIEC (22ENE2010), emitido por la Gerencia de Registros Civiles; CONSIDERANDO: Que, a traves del Decreto Supremo N° 015-98-PCM, se aprobo el Reglamento de Inscripciones del RENIEC, el cual precisa que el Sistema Registral lo conforma el conjunto de organos y personas del Registro, que tienen a su cargo la ejecucion de los procedimientos administrativos de inscripcion y que las Oficinas Registrales se encuentran encargadas del procedimiento registral y demas funciones inherentes al Registro de Estado Civil, facultandose a la Jefatura Nacional la creacion y autorizacion de las que fueren necesarias; Que, el Articulo 20° del Decreto Ley N° 22175, establece que en cada una de las Comunidades Nativas debe haber una Oficina de Registro de Estado Civil. Asimismo, en cuanto al matrimonio civil en las Comunidades Nativas, el Articulo 262° del Codigo Civil senala que este se tramita y celebra ante un Comite Especial, el que debe estar constituido por la autoridad educativa e integrado por los dos directivos de mayor jerarquia de la respectiva comunidad, el cual sera presidido por el directivo de mayor jerarquia; Que, la Sub Gerencia de Integracion de Registros Civiles, a traves del Informe del visto, senala que la Comunidad MORDAZA MORDAZA SAN MORDAZA, Distrito de Masisea, Provincia de MORDAZA Portillo, Departamento de Ucayali, no ha presentado completa el Acta de Conformacion de Comite Especial a que se refiere el considerando precedente, por lo que debera ser subsanada; Que, sin perjuicio de lo indicado en el parrafo anterior, la Oficina Registral que funciona en la Comunidad MORDAZA MORDAZA SAN MORDAZA, ha formalizado su respectivo expediente de regularizacion de Oficina Registral, el cual ha sido calificado positivamente por la Sub Gerencia de Integracion de Registros Civiles, y por la Gerencia de Registros Civiles, organo tecnico normativo en materia registral; Que, atendiendo a lo expuesto corresponde aprobar la delegacion referida, a fin de establecer la vinculacion funcional, cuya difusion debe garantizar el acceso de la generalidad de usuarios a los diferentes servicios registrales, dado el caracter publico del registro; y,

Estando a lo opinado por la Gerencia de Registros Civiles y en uso de las facultades conferidas por Ley Nº 26497, y el Reglamento de Organizacion y Funciones de la Institucion; SE RESUELVE: Articulo 1°.- Autorizar, en via de regularizacion, la delegacion de las funciones registrales establecidas en los literales a, b, c, i, l, m, n, o y q del Articulo 44° de la Ley N° 26497, asi como las acciones administrativas que correspondan, para llevar adelante la delegacion a que se refiere la parte considerativa de la presente Resolucion, a la Oficina de Registro de Estado Civil que funciona en la Comunidad MORDAZA MORDAZA SAN MORDAZA, Distrito de Masisea, Provincia de MORDAZA Portillo, Departamento de Ucayali. Articulo 2°.- El Jefe de la Oficina de Registro de Estado Civil que funciona en la Comunidad MORDAZA mencionada en el articulo precedente, queda encargado de las funciones registrales cuya delegacion se autoriza; asi como de las acciones administrativas que correspondan, para llevar adelante la delegacion funcional dispuesta, cenida a la normatividad sustantiva y registral vigente, bajo la supervision y control del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil. Articulo 3°.- El RENIEC, a traves de la Sub Gerencia de Gestion Tecnica de Registros Civiles, proporcionara los libros de nacimiento y defuncion, a la Oficina de Registro de Estado Civil que funciona en la Comunidad MORDAZA cuya delegacion de facultades registrales se aprueba con la presente Resolucion; correspondiendo asimismo a la Jefatura Regional a cuya jurisdiccion pertenece, orientar e impartir instrucciones a esta, a fin que los procedimientos registrales que realicen MORDAZA efectuados en concordancia con las normas legales, reglamentarias y administrativas, que regulan las inscripciones en los Registros de Estado Civil. Articulo 4°.- Asimismo, la Sub Gerencia de Gestion Tecnica de Registros Civiles proveera del respectivo libro de matrimonio, a la Oficina de Registro de Estado Civil que funciona en la Comunidad MORDAZA MORDAZA SAN MORDAZA, cuando esta cumpla con remitir MORDAZA del Acta de Asamblea Comunal, mediante la cual se acredite debidamente la conformacion del Comite Especial, a que hace referencia el Articulo 262° del Codigo Civil. Registrese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA BOTTO Jefe Nacional 454171-2

MINISTERIO PUBLICO
Destacan magistrada al Despacho de la Primera Fiscalia Suprema Penal y designan fiscal en el Pool de Fiscales de MORDAZA, destacandola en el Despacho de la Primera Fiscalia Superior Especializada Contra la Criminalidad Organizada
RESOLUCION DE LA FISCALIA DE LA NACION Nº 220-2010-MP-FN MORDAZA, 2 de febrero de 2010 VISTO Y CONSIDERANDO: Que, por necesidad de servicios y estando a las facultades concedidas por el Articulo 64º del Decreto Legislativo Nº 052, Ley Organica del Ministerio Publico; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Dejar sin efecto el Articulo Primero de la Resolucion Nº189-2010-MP-FN, de fecha 29 de enero del 2010, en el extremo que se destaca a la doctora

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