Norma Legal Oficial del día 04 de febrero del año 2010 (04/02/2010)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 52

412794

NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, jueves 4 de febrero de 2010

que permita desarrollar la potencialidad de los recursos humanos de cada una de las partes. b) Difundir la educacion y la cultura, promoviendo el intercambio de conocimientos y desarrollo de los miembros de MORDAZA entidades. c) Fomentar el desarrollo profesional y tecnico del potencial humano de MORDAZA entidades. d) Mejorar la calidad de los servicios brindados por las partes. e) Cooperar en el desarrollo de otras actividades que se determinen conjuntamente y que conlleven al mejoramiento de la formacion integral del potencial humano de MORDAZA instituciones. f) Establecer actividades preventivo ­ promocionales, en temas de prevencion de incendios y atencion de primeros auxilios y emergencias, para lograr una eficiente preparacion y poder actuar en equipo ante las urgencias/ emergencias que se presenten. CLAUSULA SEXTA: COMPROMISOS DE LAS PARTES. LA ANR se compromete a: 1. Auspiciar y promover el desarrollo de charlas, y/o programas de capacitacion, coordinando con las autoridades de cada universidad miembro de la ANR. 2. Auspiciar y promover en el MORDAZA de la autonomia de cada universidad publica y privada, el establecimiento de escalas excepcionales para estudiantes de EL CGBVP, hijos, conyuges y dependientes. 3. Auspiciar y promover en el MORDAZA de la autonomia de cada universidad publica y privada, becas de estudios para el CGBVP, en beneficio de aquellos miembros activos que hayan sufrido accidentes y/o lesiones como consecuencia del ejercicio de sus funciones. 4. Propiciar y promover el establecimiento de politicas de colaboracion mutua con la participacion de las autoridades de cada universidad miembro de la ANR. Por su parte EL CGBVP se compromete a: 1. Desarrollar charlas de capacitacion en materia de prevencion de desastres y accidentes, en cada una de las universidades miembros de la ANR, dirigidas al personal docente y administrativo. 2. Realizar la revision preventiva de las instalaciones, contra incendios, en los inmuebles propiedad de LA ANR, a fin de calificar adecuadamente en las evaluaciones que realiza el Instituto Nacional de Defensa Civil ­ INDECI. 3. Desarrollar simulacros de incendios, desastres naturales y accidentes. 4. Capacitar a los estudiantes, docentes, trabajadores administrativos y todo personal de la ANR, en materia de primeros auxilios. CLAUSULA SETIMA: DEL FINANCIAMIENTO. El presente Convenio MORDAZA no genera ningun MORDAZA de compromiso financiero para las partes, por lo que de requerirse recursos para financiar algunas actividades dentro del MORDAZA del presente convenio, se suscribiran los respectivos convenios especificos. CLAUSULA OCTAVA: DE LA COORDINACION INTERINSTITUCIONAL. Para efectos de la ejecucion del presente Convenio y de los convenios especificos, cada una de las partes designara a un Coordinador, como responsable de la supervision y de su correcta ejecucion, quienes deberan realizar las coordinaciones respectivas orientadas al seguimiento y supervision del presente convenio. La designacion del Coordinador surtira efecto a los 3 (tres) dias habiles de recibida la comunicacion por la otra parte. Todo cambio en la designacion del coordinador debera ser comunicado obligatoriamente a la otra parte por escrito en un plazo de cinco (5) dias, contados desde el dia siguiente en que la Entidad dispuso el mencionado cambio. Los Coordinadores no podran delegar las funciones encomendadas. Para los efectos de las coordinaciones a que se refiere la presente Clausula, asi como para las demas comunicaciones que bajo el presente Convenio se cursen

las partes, se designa a los siguientes Coordinadores, y sus MORDAZA de comunicacion: · EL CGBVP nombra a los siguientes coordinadores: - Capitan CBP MORDAZA MORDAZA Dunker MORDAZA, Jefe de la Oficina de Asesoria Juridica. Correo electronico: wdunker@bomberosperu.gob.pe - Mayor CBP MORDAZA MORDAZA MORDAZA Fournier Correo electronico: bombero_arcefournier@hotmail. com · LA ANR, nombra al siguiente coordinador: - Dr. MORDAZA Negip Jaguande D' Anjoy, Director de la Oficina de Relaciones. Universitarias de la Universidad MORDAZA Palma. Correo electronico: runi@urp.edu.pe CLAUSULA NOVENA: PLAZO El presente convenio tiene vigencia de cinco (05) anos, contados a partir de la fecha de su suscripcion, y sera prorrogado automaticamente, por periodos iguales. CLAUSULA CONVENIO DECIMA: MODIFICACION DEL

Si en la ejecucion del Convenio se detectaran vacios relacionados con los compromisos asumidos por las partes, o si fuera necesario definir criterios o mecanismos para su mejor ejecucion, o si las partes acordaran la modificacion o variacion de los compromisos o terminos o prorroga del paso del presente Convenio MORDAZA, se suscribiran los acuerdos respectivos, que recibiran el nombre de Addenda o clausula adicional. Dichas modificaciones se efectuaran MORDAZA de su vencimiento. CLAUSULA SEPARACION DECIMA PRIMERA: DE LIBRE

Cualquiera de las partes podra resolver el presente Convenio, sin que medie causal de resolucion alguna, siendo suficiente para ello la comunicacion de la decision de darlo por concluido, por escrito, con una anticipacion no menor a tres (03) meses, en los domicilios senalados en la parte introductoria del presente documento. CLAUSULA DECIMA SEGUNDA: RESOLUCION DEL CONVENIO. DE LA

El incumplimiento, total o parcial, de alguno de los compromisos asumidos por el presente Convenio sera causal de resolucion del mismo, para cuyo efecto sera suficiente su invocacion por cualquiera de las partes, para lo cual deberan comunicarlo por escrito a la otra parte, remitiendo la corresponde carta notarial con tres (03) dias calendario de anticipacion, cursada a los domicilios senalados en la parte introductoria del presente documento. En cuyo caso, la parte requerida podra levantar las observaciones en un plazo que no debera de exceder de cinco (05) dias habiles, contados a partir del dia siguiente de recibida la comunicacion, luego de lo cual y en caso se persistiera en el incumplimiento, operara la resolucion automaticamente. El presente Convenio podra ser resuelto por mutuo acuerdo, por caso fortuito o fuerza mayor que imposibilite el cumplimiento de los compromisos pactados. La resolucion del presente Convenio MORDAZA, en cualquier caso, no afectara la culminacion de las obligaciones o compromisos pendientes a la fecha de su resolucion. CLAUSULA DECIMA TERCERA: DE LA SOLUCION AMISTOSA. Las partes acuerdan que cualquier controversia relacionada con la interpretacion o ejecucion del presente Convenio MORDAZA sera resuelta mediante trato directo, utilizando para ello la normatividad vigente, asi como la apreciacion critica y razonada de los hechos que susciten la divergencia, dejando MORDAZA del acuerdo a traves de la suscripcion de un Acta de Entendimiento, que contendra el acuerdo de solucion y pasara a formar parte integrante del presente Convenio Marco.

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.