Norma Legal Oficial del día 04 de febrero del año 2010 (04/02/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 65

El Peruano MORDAZA, jueves 4 de febrero de 2010

NORMAS LEGALES

412807

Estando a lo expuesto y de conformidad con lo dispuesto en la Ley Organica de Municipalidades N° 27972, el Concejo Provincial del Callao, ha dado la siguiente: ORDENANZA MUNICIPAL QUE APRUEBA EL PLANEAMIENTO INTEGRAL DEL SECTOR DENOMINADO PACHACUTEC Y ASENTAMIENTOS HUMANOS COLINDANTES DEL DISTRITO DE VENTANILLA QUE INCLUYE EL ESQUEMA VIAL Y LA ZONIFICACION Articulo 1º.- Apruebase el Planeamiento Integral del Sector denominado Pachacutec y Asentamientos Humanos colindantes ubicados en el distrito de Ventanilla, que comprende el ordenamiento MORDAZA, los usos de la totalidad del area y el diseno de las redes y sus componentes viales, respetando el uso del suelo, conforme al Plano de Zonificacion signado con codigo PZ-01, al Plano de Corte de Vias signado con codigo V-01-2/2, y al Plano del Sistema Vial signado con codigo V-01-1/2, los mismos que como Anexo 1 forman parte integrante de la presente Ordenanza. Articulo 2º.- Apruebase como Anexo 2 de la presente Ordenanza el Reglamento para los predios calificados como MORDAZA de Reglamentacion Especial de acuerdo al Plano de Zonificacion signado con codigo PZ-01, el mismo que forma parte integrante de la presente Ordenanza.. Articulo 3º.- Apruebase la desafectacion de los predios que actualmente se encuentran consolidados con uso residencial e inscritos en los Registros Publicos como MORDAZA de Recreacion Publica ­ZRP, asignandose la zonificacion del entorno, Residencial de Densidad Media ­ RDM, detallados en el Anexo 3 el mismo que forma parte integrante de la presente Ordenanza. Articulo 4º.- Establezcase que el Planeamiento Integral aprobado tendra una vigencia de diez anos, teniendo el caracter obligatorio para las habilitaciones o formalizaciones futuras, debiendo ser inscrito obligatoriamente en los Registros Publicos, encargandose a la Gerencia General de Asentamientos Humanos el cumplimiento de la referida inscripcion registral. Articulo 5º.- Modificase en lo correspondiente el Plan MORDAZA Director de la Provincia Constitucional del Callao 1995 al 2010 aprobado por Ordenanza Nº 000018 de fecha 05 de octubre de 1995, encargando a la Gerencia General de Desarrollo MORDAZA incluir en el mismo el Planeamiento Integral del Sector denominado Pachacutec y Asentamientos Humanos colindantes ubicados en el distrito de Ventanilla asi como los cambios de zonificacion correspondientes a la presente Ordenanza. Articulo 6º.- Encargase a la Gerencia Municipal, a la Gerencia General de Desarrollo MORDAZA y a la Gerencia General de Asentamientos Humanos el cumplimiento de lo resuelto en la presente Ordenanza. Articulo 7º.- Publicase la presente Ordenanza Municipal en el Diario Oficial El Peruano y encargase a la Gerencia de Informatica la publicacion de la Ordenanza Municipal y anexos en el MORDAZA Institucional www.municallao.gob.pe. Articulo 8º.- La presente Ordenanza Municipal entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion. POR TANTO: Mando se publique y cumpla. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA del Callao 454167-1

El MORDAZA de la Municipalidad Provincial del Callao POR CUANTO: El Concejo Municipal Provincial del Callao, en Sesion de fecha 27 de enero de 2010; Aprobo la siguiente; Ordenanza Municipal; CONSIDERANDO: Que, la Constitucion Politica del Peru, en el articulo 194, establece que los gobiernos locales gozan de autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972, en el articulo 9 inciso 8, establece que es atribucion del Concejo Municipal aprobar, modificar o derogar las ordenanzas y dejar sin efecto los acuerdos; asimismo, en el inciso 9 senala que corresponde al Concejo Municipal crear, modificar, suprimir o exonerar de contribuciones, tasas, arbitrios, licencias y derechos, conforme a ley; y el articulo 40 MORDAZA parrafo, establece que mediante ordenanzas se crean, modifican, suprimen o exoneran los arbitrios, tasas, licencias, derechos y contribuciones, dentro de los limites establecidos en la ley; Que, la MORDAZA IV del Titulo Preliminar del TUO del Codigo Tributario, senala que los gobiernos locales, mediante ordenanza pueden crear, modificar y suprimir sus contribuciones, arbitrios, derechos y licencias o exonerar de ellos, dentro de su jurisdiccion y con los limites que senala la Ley; Que, en la sesion de la fecha se adopto el Acuerdo de Concejo Nº 0000XX, el mismo que aprobo la exoneracion del pago de la tasa por derecho de tramite de expedicion de Partida de Nacimiento para los menores inscritos en la Provincia Constitucional del Callao, nacidos entre el 1 de enero de 1993 al 31 de diciembre de 2004; asimismo, la exoneracion del pago de la tasa por derecho de tramite de otorgamiento de MORDAZA de No Inscripcion de Nacimiento, de personas nacidas en el Callao, tramites de exoneracion que se llevaran a cabo del 1 al 28 de febrero de 2010, el cual tiene como antecedentes el Informe Nº 338-2009-MPC/GGSSC-GRC de la Gerencia de Registros Civiles, adscrita a la Gerencia General de Servicios Sociales y Culturales, el Memorando Nº 14202009-MPC/GGPPR de la Gerencia General de Planeamiento, Presupuesto y Racionalizacion, asimismo, el Memorando Nº 2135-2009-MPC/GGAJC la Gerencia General de Asesoria Juridica y Conciliacion hace MORDAZA el Informe Nº 666-2009-MPCGGAJC-SGCA de la Sub Gerencia de Coordinacion y Apoyo, opinando todos ellos que las exoneraciones propuestas son procedentes al encontrarse de acuerdo a Ley; Estando a lo expuesto y de conformidad con lo dispuesto en la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972, el Concejo Provincial del Callao, ha dado la siguiente: ORDENANZA MUNICIPAL QUE EXONERA DEL PAGO DE LA TASA POR DERECHO DE TRAMITE POR LA EXPEDICION DE PARTIDA DE NACIMIENTO PARA LOS MENORES INSCRITOS EN LA PROVINCIA CONSTITUCIONAL DEL CALLAO NACIDOS ENTRE EL 1 DE ENERO DE 1993 AL 31 DE DICIEMBRE DE 2004 Y QUE EXONERA DEL PAGO DE LA TASA POR DERECHO DE TRAMITE POR OTORGAMIENTO DE MORDAZA DE NO INSCRIPCION DE NACIMIENTO DE PERSONAS NACIDAS EN EL CALLAO Articulo 1º.- Exonerase a partir del 1 al 28 de febrero de 2010 del pago de la tasa por derecho de tramite por la expedicion de Partida de Nacimiento para los menores inscritos en la Provincia Constitucional del Callao nacidos entre el 1 de enero de 1993 al 31 de diciembre de 2004, asimismo, del pago de la tasa por derecho de tramite por Otorgamiento de MORDAZA de No Inscripcion de Nacimiento de personas nacidas en el Callao. Articulo 2º.- Facultase al senorAlcalde de la Municipalidad Provincial del Callao, para que mediante Decreto de Alcaldia dicte las medidas complementarias necesarias para la adecuada aplicacion de la presente Ordenanza. Articulo 3º.- Encargase a la Gerencia Municipal y a la Gerencia General de Servicios Sociales y Culturales, el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Ordenanza. POR TANTO: Mando se publique y cumpla. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA del Callao 454165-1

Exoneran de pago de la tasa por derecho de tramite por la expedicion de partida de nacimiento para los menores inscritos en la Provincia Constitucional del Callao, nacidos entre enero de 1993 y diciembre de 2004 y de la tasa por derecho de tramite por otorgamiento de MORDAZA de no inscripcion de nacimiento de personas nacidas en el Callao
ORDENANZA MUNICIPAL Nº 000008 Callao, 27 de enero de 2010

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