Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 04 DE FEBRERO DEL AÑO 2010 (04/02/2010)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 65

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 4 de febrero de 2010 412807 Estando a lo expuesto y de conformidad con lo dispuesto en la Ley Orgánica de Municipalidades N° 27972, el Concejo Provincial del Callao, ha dado la siguiente: ORDENANZA MUNICIPAL QUE APRUEBA EL PLANEAMIENTO INTEGRAL DEL SECTOR DENOMINADO PACHACUTEC Y ASENTAMIENTOS HUMANOS COLINDANTES DEL DISTRITO DE VENTANILLA QUE INCLUYE EL ESQUEMA VIAL Y LA ZONIFICACION Artículo 1º.- Apruébase el Planeamiento Integral del Sector denominado Pachacutec y Asentamientos Humanos colindantes ubicados en el distrito de Ventanilla, que comprende el ordenamiento urbano, los usos de la totalidad del área y el diseño de las redes y sus componentes viales, respetando el uso del suelo, conforme al Plano de Zonifi cación signado con código PZ-01, al Plano de Corte de Vías signado con código V-01-2/2, y al Plano del Sistema Vial signado con código V-01-1/2, los mismos que como Anexo 1 forman parte integrante de la presente Ordenanza. Artículo 2º.- Apruébase como Anexo 2 de la presente Ordenanza el Reglamento para los predios califi cados como Zona de Reglamentación Especial de acuerdo al Plano de Zonifi cación signado con código PZ-01, el mismo que forma parte integrante de la presente Ordenanza.. Artículo 3º.- Apruébase la desafectación de los predios que actualmente se encuentran consolidados con uso residencial e inscritos en los Registros Públicos como Zona de Recreación Pública –ZRP, asignándose la zonifi cación del entorno, Residencial de Densidad Media – RDM, detallados en el Anexo 3 el mismo que forma parte integrante de la presente Ordenanza. Artículo 4º.- Establézcase que el Planeamiento Integral aprobado tendrá una vigencia de diez años, teniendo el carácter obligatorio para las habilitaciones o formalizaciones futuras, debiendo ser inscrito obligatoriamente en los Registros Públicos, encargándose a la Gerencia General de Asentamientos Humanos el cumplimiento de la referida inscripción registral. Artículo 5º.- Modifícase en lo correspondiente el Plan Urbano Director de la Provincia Constitucional del Callao 1995 al 2010 aprobado por Ordenanza Nº 000018 de fecha 05 de octubre de 1995, encargando a la Gerencia General de Desarrollo Urbano incluir en el mismo el Planeamiento Integral del Sector denominado Pachacútec y Asentamientos Humanos colindantes ubicados en el distrito de Ventanilla así como los cambios de zonifi cación correspondientes a la presente Ordenanza. Artículo 6º.- Encárgase a la Gerencia Municipal, a la Gerencia General de Desarrollo Urbano y a la Gerencia General de Asentamientos Humanos el cumplimiento de lo resuelto en la presente Ordenanza. Artículo 7º.- Publícase la presente Ordenanza Municipal en el Diario Ofi cial El Peruano y encárgase a la Gerencia de Informática la publicación de la Ordenanza Municipal y anexos en el Portal Institucional www.municallao.gob.pe. Artículo 8º.- La presente Ordenanza Municipal entrará en vigencia al día siguiente de su publicación. POR TANTO: Mando se publique y cumpla. FELIX MORENO CABALLERO Alcalde del Callao 454167-1 Exoneran de pago de la tasa por derecho de trámite por la expedición de partida de nacimiento para los menores inscritos en la Provincia Constitucional del Callao, nacidos entre enero de 1993 y diciembre de 2004 y de la tasa por derecho de trámite por otorgamiento de constancia de no inscripción de nacimiento de personas nacidas en el Callao ORDENANZA MUNICIPAL Nº 000008 Callao, 27 de enero de 2010 El Alcalde de la Municipalidad Provincial del Callao POR CUANTO: El Concejo Municipal Provincial del Callao, en Sesión de fecha 27 de enero de 2010; Aprobó la siguiente; Ordenanza Municipal; CONSIDERANDO: Que, la Constitución Política del Perú, en el artículo 194, establece que los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, en el artículo 9 inciso 8, establece que es atribución del Concejo Municipal aprobar, modifi car o derogar las ordenanzas y dejar sin efecto los acuerdos; asimismo, en el inciso 9 señala que corresponde al Concejo Municipal crear, modifi car, suprimir o exonerar de contribuciones, tasas, arbitrios, licencias y derechos, conforme a ley; y el artículo 40 segundo párrafo, establece que mediante ordenanzas se crean, modifi can, suprimen o exoneran los arbitrios, tasas, licencias, derechos y contribuciones, dentro de los límites establecidos en la ley; Que, la Norma IV del Título Preliminar del TUO del Código Tributario, señala que los gobiernos locales, mediante ordenanza pueden crear, modifi car y suprimir sus contribuciones, arbitrios, derechos y licencias o exonerar de ellos, dentro de su jurisdicción y con los límites que señala la Ley; Que, en la sesión de la fecha se adoptó el Acuerdo de Concejo Nº 0000XX, el mismo que aprobó la exoneración del pago de la tasa por derecho de trámite de expedición de Partida de Nacimiento para los menores inscritos en la Provincia Constitucional del Callao, nacidos entre el 1 de enero de 1993 al 31 de diciembre de 2004; asimismo, la exoneración del pago de la tasa por derecho de trámite de otorgamiento de Constancia de No Inscripción de Nacimiento, de personas nacidas en el Callao, trámites de exoneración que se llevarán a cabo del 1 al 28 de febrero de 2010, el cual tiene como antecedentes el Informe Nº 338-2009-MPC/GGSSC-GRC de la Gerencia de Registros Civiles, adscrita a la Gerencia General de Servicios Sociales y Culturales, el Memorando Nº 1420- 2009-MPC/GGPPR de la Gerencia General de Planeamiento, Presupuesto y Racionalización, asimismo, el Memorando Nº 2135-2009-MPC/GGAJC la Gerencia General de Asesoría Jurídica y Conciliación hace suyo el Informe Nº 666-2009-MPC- GGAJC-SGCA de la Sub Gerencia de Coordinación y Apoyo, opinando todos ellos que las exoneraciones propuestas son procedentes al encontrarse de acuerdo a Ley; Estando a lo expuesto y de conformidad con lo dispuesto en la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, el Concejo Provincial del Callao, ha dado la siguiente: ORDENANZA MUNICIPAL QUE EXONERA DEL PAGO DE LA TASA POR DERECHO DE TRÁMITE POR LA EXPEDICIÓN DE PARTIDA DE NACIMIENTO PARA LOS MENORES INSCRITOS EN LA PROVINCIA CONSTITUCIONAL DEL CALLAO NACIDOS ENTRE EL 1 DE ENERO DE 1993 AL 31 DE DICIEMBRE DE 2004 Y QUE EXONERA DEL PAGO DE LA TASA POR DERECHO DE TRÁMITE POR OTORGAMIENTO DE CONSTANCIA DE NO INSCRIPCIÓN DE NACIMIENTO DE PERSONAS NACIDAS EN EL CALLAO Artículo 1º.- Exonérase a partir del 1 al 28 de febrero de 2010 del pago de la tasa por derecho de trámite por la expedición de Partida de Nacimiento para los menores inscritos en la Provincia Constitucional del Callao nacidos entre el 1 de enero de 1993 al 31 de diciembre de 2004, asimismo, del pago de la tasa por derecho de trámite por Otorgamiento de Constancia de No Inscripción de Nacimiento de personas nacidas en el Callao. Artículo 2º.- Facúltase al señor Alcalde de la Municipalidad Provincial del Callao, para que mediante Decreto de Alcaldía dicte las medidas complementarias necesarias para la adecuada aplicación de la presente Ordenanza. Artículo 3º.- Encárgase a la Gerencia Municipal y a la Gerencia General de Servicios Sociales y Culturales, el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Ordenanza. POR TANTO: Mando se publique y cumpla. FELIX MORENO CABALLERO Alcalde del Callao 454165-1