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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 12 DE FEBRERO DEL AÑO 2010 (12/02/2010)

CANTIDAD DE PAGINAS: 84

TEXTO PAGINA: 74

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 12 de febrero de 2010 413772 organización y la administración del Gobierno Regional y reglamentan materias de su competencia. De conformidad con las facultades conferidas por la Constitución Política del Estado, Artículos 9º y 10º de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, Ley Nº 27867, modifi cado por la Leyes Nº 27902, Nº 28968 y el Reglamento Interno del Consejo Regional de Ucayali, el Consejo Regional de Ucayali en Sesión Extraordinaria de fecha 30 de diciembre del 2009, aprobaron la siguiente Ordenanza Regional. ORDENANZA: Artículo Primero.- APRUÉBESE el Plan Estratégico Regional Multisectorial 2010 - 2015 para la prevención y control de las ITS y VIH/SIDA el mismo que se anexa y forma parte de la presente Ordenanza Regional. Artículo Segundo.- ENCÁRGUESE a la Gerencia Regional de Desarrollo Social del Gobierno Regional de Ucayali, para que a través de la Dirección Regional de Salud – Ucayali, la COREMUSA – Ucayali y demás órganos pertinente ejecuten, implementen, desarrollen, coordinen y realicen el seguimiento del cumplimiento de los objetivos estratégicos mediante las actividades, metas e indicadores contenidos en el Plan Estratégico Regional Multisectorial 2010 -2015 para la prevención y control de las ITS y VIH /SIDA. Artículo Tercero.- ENCÁRGUESE a la Gerencia Regional de Desarrollo Social del Gobierno Regional de Ucayali la publicación de la presente Ordenanza regional en el Diario Ofi cial El Peruano, en un diario de circulación regional y en el portal web del Gobierno Regional de Ucayali (www.regionucayali.gob.pe)”. Artículo Cuarto.- DISPENSAR la presente Ordenanza Regional del Trámite de lectura y aprobación del Acta. Comuníquese al señor Presidente del Gobierno Regional de Ucayali, para su promulgación. En Ucayali, a los treinta días del mes de Diciembre del año dos mil nueve. JOSÉ LUIS RÍOS RAMÍREZ Consejero Delegado Consejo Regional POR TANTO: Regístrese, publíquese y cúmplase. Dado en la Sede del Gobierno Regional de Ucayali, a los treintiuno días del mes de Diciembre del año dos mil nueve. JORGE VELÁSQUEZ PORTOCARRERO Presidente Regional 456784-1 GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD DE CIENEGUILLA Amplían plazo de vigencia de la Ordenanza Nº 108-2009-MDC DECRETO DE ALCALDIA Nº 001-2010-A-MDC Cieneguilla, 26 de enero del 2010 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CIENEGUILLA. VISTO: El Informe Nº 009-2010/GDUR-MDC, de fecha 20 de enero del 2010 de la Gerencia de Desarrollo Urbano y Rural y el Informe Nº 10-2010-GAJ-MDC, de fecha 20 de enero del 2010 de la Gerencia de Asesoría Jurídica, sobre ampliación del plazo de la vigencia del benefi cio administrativo de regularización de licencia de construcción por obra nueva, ampliación, remodelación, demolición, refacción o modifi cación en los predios unifamiliares de la jurisdicción que cumplan con las normas de edifi cación vigentes. CONSIDERANDO: Que, conforme al artículo 42º de la Ley Orgánica de Municipalidades – Ley 27972, los Decretos de Alcaldía establecen normas reglamentarias y de aplicación de las ordenanzas, sancionan los procedimientos necesarios para la correcta y efi ciente administración municipal y resuelven o regulan asuntos de orden general y de interés para el vecindario, que no sean de competencia del Concejo Municipal. Que, mediante Ordenanza Nº 108-2009-MDC de fecha 12 de noviembre del 2009 se estableció el Benefi cio administrativo de regularización de licencia de construcción por obra nueva, ampliación, remodelación, demolición, refacción o modifi cación en los predios unifamiliares de la jurisdicción que cumplan con las normas de edifi cación vigentes. Que, el artículo Segundo de la Ordenanza Nº 108- 2009-MDC faculta al Sr. Alcalde para que mediante Decreto de Alcaldía reglamente y prorrogue el plazo de la Ordenanza si fuera necesario. Estando a lo expuesto y en uso de las facultades previstas en los artículos 20º inciso 6 y 42º de la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades; DECRETA: Artículo Primero.- Ampliar el plazo de vigencia previsto en el artículo segundo de la Ordenanza Nº 108-2009-MDC “Ordenanza que Establece el Benefi cio Administrativo de Regularización de Licencia de Construcción por Obra Nueva, Ampliación, Remodelación, Demolición, Refacción o Modifi cación en los Predios Unifamiliares de la jurisdicción que cumplan con las normas de edifi cación vigentes” plazo que se prorrogará por 60 días calendario. Artículo Segundo.- Encargar a la Gerencia Municipal, a la Gerencia de Desarrollo Urbano y Rural, el cumplimiento del presente Decreto. Artículo Tercero.- Encargar a Secretaría General disponga la publicación del presente Decreto de Alcaldía en el Diario Ofi cial El Peruano y en el Portal Institucional de la Municipalidad Distrital de Cieneguilla (www.municieneguilla.gob.pe), en el Portal de Servicios al Ciudadano y Empresas – PSCE (www. serviciosalciudadano.gob.pe). Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. MANUEL SCHWARTZ R. Alcalde 456780-1 MUNICIPALIDAD DE MIRAFLORES Establecen parámetros específicos para el uso y edificación de quintas en el distrito ORDENANZA Nº 322-MM Mirafl ores, 26 de enero de 2010 EL ALCALDE DE MIRAFLORES POR CUANTO: El Concejo Municipal de Mirafl ores en Sesión Ordinaria de la fecha; y,