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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 12 DE FEBRERO DEL AÑO 2010 (12/02/2010)

CANTIDAD DE PAGINAS: 84

TEXTO PAGINA: 63

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 12 de febrero de 2010 413761 TP-CME-PJ, del 17 de mayo de 2000 y modifi cada mediante Resolución Administrativa Nº 129-2006-CE-PJ, de fecha 4 de octubre de 2006. Artículo Quinto.- PONER la presente resolución en conocimiento de la Corte Suprema de Justicia de la República, Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, Ofi cina de Control de la Magistratura, Gerencia General, Ofi cina Desconcentrada de Control de la Magistratura, Ofi cina de Administración Distrital, Ofi cina de Servicios Judiciales y de los Magistrados designados para los fi nes pertinentes. Regístrese, publíquese, cúmplase y archívese. CÉSAR JAVIER VEGA VEGA Presidente de la Corte Superior de Justicia de Lima 456487-1 ORGANOS AUTONOMOS REGISTRO NACIONAL DE IDENTIFICACION Y ESTADO CIVIL Establecen la gratuidad de todos los procedimientos registrales previstos en el TUPA del RENIEC relativos a la emisión del DNI, que invoquen las personas con discapacidad RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 0079-2010/JNAC/RENIEC Lima, 08 de Febrero de 2010 VISTOS: El Ofi cio Nº 075-2010/GRIAS/RENIEC (15ENE2010), emitido por la Gerencia de Restitución de la Identidad y Apoyo Social y el Informe N° 133-2010/GAJ/RENIEC (19ENE2010) de la Gerencia de Asesoría Jurídica; CONSIDERANDO: Que, conforme a lo dispuesto en el Artículo 183 de la Constitución Política del Perú, corresponde al Registro Nacional de Identifi cación y Estado Civil emitir los documentos que acreditan la identidad de las personas, con tal propósito el RENIEC ha implementado una política social de acercamiento a la ciudadanía orientada a atender las necesidades de documentación de la población menos favorecida y en situación de vulnerabilidad; Que, mediante Resolución Legislativa Nº 29127, del 1 de noviembre de 2007, se aprobó la “Convención sobre los derechos de las personas con discapacidad y su protocolo facultativo”, instrumento que establece que los Estados parte deberán adecuar su legislación para garantizar el respeto y el pleno ejercicio de los derechos de las personas con discapacidad; Que, para el ejercicio de los derechos específi cos y benefi cios que nuestro ordenamiento jurídico establece para que las personas con discapacidad se desarrollen en un plano de igualdad de oportunidades, resulta necesario que cuenten con su respectivo DNI, para lo cual se requiere implementar medidas de acción positiva para que obtengan dicho documento, considerando la situación de indefensión de este grupo prioritario; Que, mediante Resolución Jefatural Nº 003-2010/JNAC/ RENIEC(04ENE2010), se precisa que continúa vigente la Resolución Jefatural Nº 599-2004/JEF/RENIEC, respecto al benefi cio de gratuidad en procedimientos orientados a la emisión del DNI a personas con discapacidad; Que, a través del documento del visto la Gerencia de Restitución de la Identidad y Apoyo Social, ha recomendado la implementación de facilidades para que las personas con discapacidad accedan al DNI en sus diversas modalidades; Canje de Libreta Electoral por DNI, Renovación por caducidad, Duplicado, Rectifi cación de datos, actualización de imágenes, para los niños, niñas y adolescentes y personas mayores de edad con discapacidad; Que, a fi n de hacer de conocimiento las disposiciones emitidas, se hace necesario publicar la presente Resolución Jefatural; De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 26497, Ley Orgánica del RENIEC, el Reglamento de Inscripciones del RENIEC, aprobado por Decreto Supremo Nº 015-98-PCM, y el Reglamento de Organización y Funciones del RENIEC, aprobado mediante Resolución Jefatural Nº 896-2009-JNAC/ RENIEC (30DIC2009), y Decreto Supremo N° 001-2009-JUS (15ENE2009); SE RESUELVE: Artículo Primero.- Establecer la gratuidad de todos los procedimientos registrales previstos en el Texto Único de Procedimientos Administrativos del RENIEC, relacionados con la emisión del DNI, que invoquen las personas con discapacidad, para tal efecto deberán presentar de manera opcional en original y copia simple cualquiera de los siguientes documentos; certifi cado de discapacidad en el formato aprobado por el Ministerio de Salud, Resolución de Inscripción o carné del CONADIS, Constancia o Certifi cado emitido por el Centro de Educación Básica Especial que señale la discapacidad o Constancia Médica de Discapacidad expedida por el médico tratante. Artículo Segundo.- Disponer de manera excepcional, para la atención de menores de 17 años de edad la admisión de copia autenticada por el Registrador del RENIEC del Acta de Nacimiento del respectivo titular, así como del DNI del declarante que se encuentre caduco o que no cuente con el holograma de sufragio o la dispensa correspondiente. Artículo Tercero.- Autorizar a los registradores del RENIEC para que de manera excepcional durante las campañas de documentación para las niñas, niños y adolescentes que se realicen en un Centro de Educación Básica Especial, consideren como referente de la dirección domiciliaria la consignada en la fi cha de matrícula o declaración jurada que para tal efecto suscribirá el declarante, y acepten que el profesor o director del referido Centro suscriba el formulario de inscripción en representación del padre o madre del menor a ser atendido, previa presentación de una carta poder simple expresamente otorgada a su favor, la misma que se adjuntará al expediente de inscripción. Artículo Cuarto.- Admitir de manera excepcional, la declaración jurada de parentesco para los trámites de emisión del DNI de las personas menores de 17 años cuyos declarantes sean sus familiares consanguíneos (hermanos mayores, ascendientes, tíos que no cuenten con el documento de sustento para acreditar dicho vínculo). Artículo Quinto.- Encargar a las Gerencias de Informática, Restitución de la Identidad y Apoyo Social, Operaciones Registrales, Registros de Identifi cación, la implementación de lo dispuesto por la presente Resolución. Artículo Sexto.- Dejar sin efecto la Resolución Jefatural N° 0003-2010-JNAC/RENIEC(04ENE2010). Regístrese, publíquese y cúmplase. EDUARDO RUIZ BOTTO Jefe Nacional 456741-5 Designan representantes del RENIEC ante el Comité de Coordinación Electoral para las nuevas Elecciones Municipales para elegir a Alcaldes y Regidores de los Concejos Provinciales y Distritales en diversas circunscripciones de la República, convocada mediante DD.SS. Nºs. 020 y 021-2010-PCM RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 082-2010/JNAC/RENIEC Lima, 9 de febrero 2010