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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 18 de febrero de 2010 414120 De conformidad con la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; los artículos 3º y 6º de la Ley Nº 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; el Decreto Ley Nº 25957, que establece el porcentaje límite del cual no podrá exceder el personal de confi anza; el Decreto Supremo Nº 269-95-RE, que fi ja el coefi ciente de remuneración; el artículo 18º de la Resolución Ministerial Nº 0533-2002-RE, Reglamento de Operaciones de las Ofi cinas Comerciales del Perú en el Exterior; y la Ley Nº 29357, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Designar a la licenciada en economía Carmen Ariela Ruiz-Caro Reyes, en el cargo de confi anza, Nivel F–4, para que desempeñe el cargo de Agregada para Asuntos Económicos, en la Embajada del Perú en la República Argentina, a partir del 01 de marzo de 2010. Artículo 2º.- La citada funcionaria de confi anza percibirá la remuneración por servicio exterior que corresponda a su nivel en dicha sede diplomática. Artículo 3º.- Aplicar el egreso que irrogue la presente Resolución a las partidas correspondientes al Pliego Presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores. Regístrese, comuníquese, y publíquese JOSÉ ANTONIO GARCÍA BELAÚNDE Ministro de Relaciones Exteriores 459026-2 Designan integrantes de la Comisión Consultiva ad hoc del Ministerio sobre Delimitación Marítima con Chile RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0144/RE Lima, 16 de febrero de 2010 CONSIDERANDO: Que, la Resolución Ministerial N° 0849-2007-RE de 13 de julio de 2007 constituyó la Comisión Consultiva ad-hoc del Ministerio de Relaciones Exteriores sobre Delimitación Marítima con Chile; Que, mediante Resolución Suprema 0357-2009-RE se dio término al nombramiento del Embajador en el Servicio Diplomático de la República Javier Pérez de Cuéllar, como Embajador en Misión Especial en representación del Estado Peruano en París, Francia; Que, en ese sentido, se ha visto por conveniente incorporar al Embajador en el Servicio Diplomático de la República Javier Pérez de Cuéllar como nuevo integrante de la Comisión Consultiva ad-hoc del Ministerio de Relaciones Exteriores sobre Delimitación Marítima con Chile; Que mediante Resoluciones Ministeriales N°115-2007- RE y N°0403-2008-RE se incorporaron nuevos integrantes a la Comisión Consultiva ad hoc; y, al mismo tiempo se aceptaron oportunamente renuncias presentadas por otros comisionados, por lo que resulta necesario establecer la nueva composición de los integrantes de la Comisión, quedando vigentes los demás términos de la Resolución Ministerial N° 0849-2007-RE; De conformidad con lo expuesto en los incisos 6 y 14 del artículo 6º de la Ley Nº29357, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Incorporar al Embajador en el Servicio Diplomático de la República Javier Pérez de Cuéllar como integrante de la Comisión Consultiva ad-hoc del Ministerio de Relaciones Exteriores sobre Delimitación Marítima con Chile. Artículo Segundo.- La Comisión Consultiva ad-hoc del Ministerio de Relaciones Exteriores sobre Delimitación Marítima con Chile, quedará constituida por los siguientes miembros: - Doctor Jorge Avendaño Valdez. - Doctor Ignacio Basombrío Zender. - Doctor Enrique Bernales Ballesteros. - Doctor Camilo Carrillo Gómez. - Embajador José De la Puente Radbill. - Doctor Alejandro Deustua Caravedo. - Embajador Hugo de Zela Hurtado. - Vicealmirante Carlos Gamarra Elías. - Doctor Diego García Sayán. - Doctor Farid Kahhat Kahatt. - Doctor Roberto Mac Lean Ugarteche. - Embajador Luis Marchand Stens. - Doctor Enrique Mendoza Ramírez. - Vicealmirante AP Jorge Montoya Manrique. - Embajador Javier Pérez de Cuéllar. - Doctor Aníbal Quiroga León. Artículo Tercero.- La presente resolución no irrogará gasto alguno al pliego presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores. Regístrese, comuníquese y publíquese. JOSÉ ANTONIO GARCÍA BELAÚNDE Ministro de Relaciones Exteriores 459026-3 TRANSPORTES Y COMUNICACIONES Aprueban texto del Contrato de Fideicomiso de Administración de la Concesión del Tramo Vial Óvalo Chancay/Dv. Variante Pasamayo - Huaral - Acos RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 086-2010-MTC/02 Lima, 12 de febrero de 2010 CONSIDERANDO: Que, con fecha 20 de febrero de 2009, el Estado Peruano, representado por el Ministerio de Transportes y Comunicaciones, en adelante el Concedente, suscribió el Contrato de Concesión para la Construcción, Conservación y Operación del Tramo Vial: Óvalo Chancay / Dv. Variante Pasamayo - Huaral - Acos, en adelante Contrato de Concesión, con el Consorcio Concesión Chancay - Acos S.A., en adelante el Concesionario; Que, en virtud de lo establecido en el Apéndice III del Anexo II.2, del Anexo II, del Contrato de Concesión el Concesionario se obligó a constituir un Fideicomiso de Administración; con el objetivo de administrar el adecuado y oportuno cumplimiento de las obligaciones derivadas del Contrato de Concesión; Que, el citado Contrato de Concesión establece obligaciones y responsabilidades para las partes intervinientes, encontrándose a cargo del Ministerio de Transportes y Comunicaciones en su calidad de Concedente, la aprobación del proyecto de Contrato de Fideicomiso de Administración; Que, el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones aprobado por Decreto Supremo Nº 021-2007-MTC, establece en los artículos 6 y 7 literal k), que el Ministro de Transportes y Comunicaciones es la más alta autoridad política del Sector, encontrándose facultado a delegar las facultades y atribuciones que no sean privativas de su cargo, disponiendo en el artículo 9, literal j), dentro de las atribuciones que correspondan a los Viceministros, aquellas que el Ministro les delegue en el ámbito de su competencia; Que, mediante Informe Nº 04-2010-MTC/25 del 06.01.2010, elaborado por la Dirección General de Concesiones en Transportes y el Informe Nº 360-2010- MTC/08, del 04.02.2010, de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica, se recomienda la suscripción del Contrato de Fideicomiso de Administración con el Concesionario;