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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 18 de febrero de 2010 414124 ACUERDA: 1. Dejar sin efecto el Acuerdo PROINVERSIÓN N° 317-01-2009 adoptado en la Sesión del Consejo Directivo de fecha 09 de diciembre de 2009, manteniéndose válido y subsistente el Acuerdo PROINVERSIÓN N° 301-01-2009 adoptado por el Consejo Directivo en sesión de fecha 14 de agosto de 2009. 2. Disponer, en virtud a lo expuesto en el numeral precedente y de conformidad con los fundamentos contenidos en el presente Acuerdo, la cancelación del proceso de la Iniciativa Privada denominada “Mega Proyecto de Techo Propio, Mi Hogar y Mi Vivienda Ciudad Sol de Collique” presentada por el Consorcio DHMont & CG & M S.A.C. 3. Instruir a la Dirección Ejecutiva a fi n que disponga el pago de costos dispuesto por el Sexto Juzgado en lo Constitucional de Lima mediante la Resolución N° 07. Transcribir el presente acuerdo al Director Ejecutivo, al Comité de PROINVERSIÓN en Activos, Inmuebles y Otros Proyectos del Estado – PRO VALOR, a la Dirección de Asuntos Técnicos, al Jefe de Proyecto en Asuntos Inmobiliarios, al Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, al Ministerio de Transportes y Comunicaciones, a la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales y al Consorcio DHMONT& CG & M S.A.C., para los fi nes consiguientes; publicándose; exonerándolo del trámite de lectura y aprobación de Acta.” PERCY VELARDE ZAPATER Secretario General PROINVERSIÓN 459155-1 SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE ADMINISTRACION TRIBUTARIA Dejan sin efecto designación de Auxiliar Coactivo de la Intendencia de Aduana de Tacna RESOLUCIÓN DE INTENDENCIA N° 0081 Tacna, 20 de enero de 2010 CONSIDERANDO: Que, conforme a lo establecido en el primer párrafo del Art. 114° del TUO del Código Tributario, aprobado mediante Decreto Supremo N° 135-99-EF, y sus modifi catorias, en concordancia con el segundo párrafo del art. 6º del Reglamento del procedimiento de Cobranza Coactiva, aprobado mediante Resolución de Superintendencia Nº 216-2004/SUNAT, el Ejecutor Coactivo actuará en el Procedimiento de Cobranza Coactiva con la colaboración de los Auxiliares Coactivos. Que, el artículo 4º del Reglamento del Procedimiento de Cobranza Coactiva, aprobado mediante Resolución de Superintendencia Nº 216-2004/SUNAT establece que el Intendente de la Aduana Marítima del Callao, Intendente de la Aduana Aérea del Callao, Intendente de Fiscalización y Gestión de Recaudación Aduanera, Intendente de Principales Contribuyentes Nacionales, los Intendentes de las Aduanas Desconcentradas y los Intendentes Regionales de la SUNAT; están facultados para designar, mediante Resoluciones de Intendencia, a los trabajadores que se desempeñarán como Auxiliares Coactivos dentro del ámbito de competencia de cada una de esas intendencias. Que, mediante Resolución de Intendencia Nº 172- 3G0000/2009-473 del 25 de Marzo del 2009, publicada en el Diario Ofi cial El Peruano con fecha 15 de Abril de 2009, se designó al servidor PAUL EMMERSON VARGAS HUILCA en el cargo de Auxiliar Coactivo de la Intendencia de Aduana de Tacna. Que por necesidad de servicio es necesario dejar sin efecto la designación del servidor PAUL EMMERSON VARGAS HUILCA en el cargo de Auxiliar Coactivo de la Intendencia de Aduana de Tacna. Por lo expuesto, en uso de las facultades contenidas en el Código Tributario y el Reglamento del procedimiento de Cobranza Coactiva, aprobado mediante Resolución de Superintendencia Nº 216-2004/SUNAT; y lo señalado en el numeral 5.4.2 de la Circular Nº 009-2005- SUNAT. SE RESUELVE: Artículo Primero.- DEJAR SIN EFECTO la designación del servidor PAUL EMMERSON VARGAS HUILCA en el cargo de Auxiliar Coactivo de la Intendencia de Aduana de Tacna. Regístrese, comuníquese y publíquese. HUGO BARRERA TELLO Intendente (e) Intendencia de Aduana de Tacna 458498-1 Dejan sin efecto designación y designan nuevos Auxiliares Coactivos de la Intendencia Regional Cusco INTENDENCIA REGIONAL CUSCO RESOLUCIÓN DE INTENDENCIA N° 090-024-0000115 Cusco, 15 de febrero de 2010. CONSIDERANDO: Que, es necesario dejar sin efecto la designación de Auxiliares Coactivos y designar a nuevos Auxiliares Coactivos de la Intendencia Regional Cusco para garantizar el normal funcionamiento de su cobranza coactiva; Que, el artículo 114° del Texto Único Ordenado del Código Tributario, aprobado mediante Decreto Supremo N° 135-99-EF y modifi catorias, establece los requisitos que deberán reunir los trabajadores para acceder al cargo de Auxiliar Coactivo; Que, el personal propuesto ha presentado Declaración Jurada manifestando reunir los requisitos antes indicados; Que, la Décimo Cuarta Disposición Final del Texto Único Ordenado del Código Tributario, establece que lo dispuesto en el numeral 7.1 del artículo 7° de la Ley N° 26979, no es de aplicación a los órganos de la Administración Tributaria cuyo personal ingresó mediante Concurso Público; Que, el artículo 4° de la Resolución de Superintendencia N° 216-2004/SUNAT ha facultado al Intendente de Aduana Marítima del Callao, Intendente de Aduana Aérea del Callao, Intendente de Fiscalización y Gestión de Recaudación Aduanera, Intendente de Principales Contribuyentes Nacionales, Intendentes de Aduanas desconcentradas y en los Intendentes Regionales de la SUNAT a designar, mediante Resoluciones de Intendencia, a los trabajadores que se desempeñarán como Auxiliares Coactivos dentro del ámbito de competencia de cada una de esas Intendencias; En uso de las facultades conferidas en la Resolución de Superintendencia N° 216-2004/SUNAT. SE RESUELVE: Artículo Primero.- Dejar sin efecto la designación como Auxiliar Coactivo de la Intendencia Regional Cusco, a la funcionaria que se indica a continuación: - Josefi na Bravo Ttito con Reg. 3408 Artículo Segundo.- Designar como Auxiliares Coactivos de la Intendencia Regional Cusco, a los funcionarios que se indican a continuación: