TEXTO PAGINA: 38
NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 16 de julio de 2010 422292 el Desarrollo Efi ciente de la Generación Eléctrica; en el Reglamento de Licitaciones de Suministro de Electricidad aprobado por Decreto Supremo Nº 052-2007-EM; en la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General; y en la norma “Procedimientos para Licitaciones de Largo Plazo de Suministros en el Marco de la Ley N° 28832”, aprobada mediante Resolución OSINERGMIN Nº 688-2008-OS/CD. SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar las Bases Integradas para la Segunda Convocatoria a Licitación de Suministro de Energía Eléctrica para las Empresas Concesionarias de Distribución Edelnor S.A.A., Luz del Sur S.A.A. y Sociedad Eléctrica del Sur Oeste S.A., denominada Licitación ED- 03-2009-LP-II, las mismas que como Anexo forman parte de la presente Resolución. Artículo 2°.- La presente Resolución deberá ser publicada en el diario ofi cial “El Peruano” y consignada, conjuntamente con su Anexo, en la página Web de OSINERGMIN: www.osinerg.gob.pe. ALFREDO DAMMERT LIRA Presidente del Consejo Directivo OSINERGMIN 519617-3 ORGANISMOS TECNICOS ESPECIALIZADOS COMISION NACIONAL SUPERVISORA DE EMPRESAS Y VALORES Aprueban nuevo texto del Reglamento de Fondos Mutuos de Inversión en Valores y sus Sociedades Administradoras a que se refiere el Título IX de la Ley del Mercado de Valores RESOLUCIÓN CONASEV Nº 068-2010-EF/94.01.1 Lima, 15 de julio de 2010 VISTOS: El Memorando Conjunto Nº 2495-2008- EF/94.06.2/94.04.1 de 21 de agosto de 2008 y el Informe Conjunto Nº 365-2010-EF/94.06.2/94.04.1 de fecha 15 de junio de 2010 de la Dirección de Patrimonios Autónomos y de la Ofi cina de Asesoría Jurídica con la opinión favorable de la Gerencia General. CONSIDERANDO: Que, el Título IX de la Ley del Mercado de Valores, Decreto Legislativo Nº 861, establece el marco normativo aplicable a los Fondos Mutuos de Inversión en Valores y sus Sociedades Administradoras; Que, mediante Decreto Legislativo Nº 1061, se modifi có la Ley del Mercado de Valores, Decreto Legislativo Nº 861, entre otros, en aspectos relacionados a los Fondos Mutuos de Inversión en Valores tales como la posibilidad de emitir diferentes series de cuotas para un mismo fondo mutuo; obligación de entregar el prospecto simplifi cado; permitir la constitución de fondos de fondos y fondos espejos; y fl exibilizar el traspaso de participaciones hacia otro fondo mutuo y la creación de las empresas proveedoras de precios; Que, en ese sentido, resulta necesario dictar un nuevo Reglamento de Fondos Mutuos de Inversión en Valores y sus Sociedades Administradoras, a fin de regular los aspectos mencionados en el considerando precedente, así como introducir mayores flexibilidades orientadas a facilitar la gestión de las Sociedades Administradoras y brindar mayores facilidades a los partícipes, así como normas orientada a brindar un mejor servicio y mayores niveles de transparencia y seguridad por parte de las Sociedades Administradoras; y, Estando a lo dispuesto por el Artículo 7 de la Ley del Mercado de Valores, Decreto Legislativo Nº 861, por el inciso a) del Artículo 2 e inciso b) del Artículo 11 del Texto Único Concordado de la Ley Orgánica de CONASEV, aprobado por Decreto Ley Nº 26126, así como a lo acordado por el Directorio de CONASEV reunido en su sesión del 14 de junio de 2010; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar el nuevo texto del Reglamento de Fondos Mutuos de Inversión en Valores y sus Sociedades Administradoras a que se refiere el Título IX de la Ley del Mercado de Valores, Decreto Legislativo Nº 861, cuyo texto y anexos forman parte de la presente Resolución y consta de seis (6) Títulos, ciento ochenta y tres (183) Artículos, ocho (8) Disposiciones Transitorias, cuatro (4) Disposiciones Finales y trece (13) Anexos. Artículo 2º.- Publicar la presente resolución en el Diario Ofi cial El Peruano, y el texto del Reglamento y sus anexos en el Portal de Servicios al Ciudadano y Empresas – PSCE (www.serviciosalciudadano.gob.pe) y en el portal institucional de CONASEV (www.conasev.gob.pe). Artículo 3º.- La presente resolución entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano. Artículo 4º.- Derogar el Reglamento de Fondos Mutuos de Inversión en Valores y sus Sociedades Administradoras, aprobado por Resolución CONASEV Nº 026-2000-EF/94.10 y sus modifi catorias, la Resolución CONASEV Nº 064-2002-EF/94.10, así como la Resolución Gerencia General Nº 093-2003-EF/94.11. Regístrese, comuníquese y publíquese, MICHEL CANTA TERREROS Presidente 519906-1 INSTITUTO NACIONAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA Y DE LA PROTECCION DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL Declaran fundada denuncia y sancionan a la Asociación Fondo contra Accidentes de Tránsito de la Región Junín con una multa de 10 UIT TRIBUNAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA Y DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL Sala de Defensa de la Competencia N° 2 RESOLUCIÓN 0779-2010/SC2-INDECOPI EXPEDIENTE Nº 006-2008/CPC-INDECOPI-JUN PROCEDENCIA : COMISIÓN DE PROTECCIÓN AL CONSUMIDOR – SEDE LIMA SUR DENUNCIANTE : ANA FLORINDA RÉVOLO PORRAS DENUNCIADA : ASOCIACIÓN FONDO CONTRA ACCIDENTES DE TRÁNSITO DE LA REGIÓN JUNÍN – AFOCAT JUNÍN