Norma Legal Oficial del día 23 de julio del año 2010 (23/07/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 29

El Peruano MORDAZA, viernes 23 de MORDAZA de 2010

NORMAS LEGALES

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del Litoral, a la Direccion General de Capitanias y Guardacostas del Ministerio de Defensa, y consignarse en el MORDAZA de la Pagina Web del Ministerio de la Produccion: www.produce.gob.pe. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA DE LA MORDAZA UGARTE SERVAT Director General de Extraccion y Procesamiento Pesquero 522555-3

Aprueban ampliacion de plazo de autorizacion de incremento de flota para la construccion de dos embarcaciones a favor de la empresa Ransa Comercial S.A.
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 434-2010-PRODUCE/DGEPP MORDAZA, 8 de MORDAZA del 2010 Visto los escritos de Registro Nº 00021918-2010 de fechas 15 y 24 de marzo del 2010 presentados por la empresa RANSA COMERCIAL S.A. CONSIDERANDO: Que, el numeral 37.1 del Articulo 37º del Decreto Supremo Nº 015-2007-PRODUCE, que modifica el Reglamento de la Ley General de Pesca, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE, establece que la autorizacion de incremento de flota para la construccion o adquisicion de embarcaciones pesqueras sera concedida por un plazo de veinticuatro (24) meses. Asimismo, los armadores pesqueros por razones de caracter economico o por motivos de fuerza mayor, debidamente acreditados, pueden, por unica vez, solicitar la ampliacion del plazo para ejecutar la construccion o adquisicion de la embarcacion pesquera por veinticuatro (24) meses improrrogables. La referida ampliacion debe ser solicitada dentro del plazo original; y, declarada, expresamente, por el Ministerio de la Produccion; Que, el Articulo 1º de la Resolucion Directoral Nº 1582008-PRODUCE/DGEPP, del 13 de marzo de 2008, otorga a la empresa RANSA COMERCIAL S.A., autorizacion de incremento de flota para la construccion de dos embarcaciones pesqueras de cerco, de MORDAZA MORDAZA con una capacidad de bodega de 500 m3 cada una, equipada con red de cerco con abertura minima de malla de 38 mm. (1 ½ pulgadas), con sistema de preservacion a bordo R.S.W., para la extraccion de los recursos jurel y caballa, con destino al consumo humano directo, asimismo, en su Articulo 2º resuelve sobre el mismo incremento de flota que la citada autorizacion tendra vigencia por un plazo de veinticuatro (24) meses, pudiendo por razones de caracter economico o motivos de fuerza mayor ampliar el plazo por veinticuatro (24) meses improrrogables, dicha ampliacion debera ser declarada expresamente por el Ministerio de la Produccion; Que, a traves de los escritos del visto la empresa RANSA COMERCIAL S.A., solicita ampliacion del plazo de la autorizacion de incremento de flota otorgada a traves de la Resolucion Directoral Nº 158-2008-PRODUCE/ DGEPP por razones de caracter economico o de fuerza mayor, senalando la dificil situacion financiera de la falta de liquidez, agravado como consecuencia de la crisis financiera internacional, ocasionando que las entidades financieras nacionales restrinjan el desembolso de creditos, como se demuestran en las cartas que presentan emitidas por distintas entidades financieras, a traves de las cuales se manifiesta que de la mejoria de la situacion financiera internacional, procederan a evaluar el proyecto de la empresa RANSA COMERCIAL S.A., y analizar la posibilidad de otorgarle lineas de credito, las misma que tienen como unico objetivo ejecutar la construccion de las embarcaciones pesqueras; Que, de la evaluacion efectuada al expediente administrativo del visto, se ha acreditado que la empresa RANSA COMERCIAL S.A. no ha ejecutado el incremento de flota por razones economicas o motivos de fuerza

mayor, asimismo, se ha verificado que ha cumplido con acreditar los requisitos establecidos en el procedimiento Nº 13 del MORDAZA del Ministerio de la Produccion, para la obtencion de ampliacion del plazo de autorizacion de incremento de flota, por lo que resulta procedente otorgar la ampliacion del plazo de autorizacion de incremento de flota, para la construccion de dos embarcaciones de cerco, para la extraccion de los recursos hidrobiologicos jurel y caballa, con destino al consumo humano directo; Estando a lo informado por la Direccion de Consumo Humano de la Direccion General de Extraccion y Procesamiento Pesquero, mediante el Informe Nº 3972010-PRODUCE/DGEPP, y con la opinion favorable de la instancia legal correspondiente; De conformidad con lo establecido por el Decreto Ley Nº 25977-Ley General de Pesca, su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE, modificado por Decreto Supremo Nº 015-2007-PRODUCE y el procedimiento Nº 13 del Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de la Produccion , aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2009-PRODUCE; y, En uso de las facultades conferidas por el Articulo 118º del Reglamento de la Ley General de Pesca, aprobado por Decreto Nº 012-2001-PE y por el Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de la Produccion, aprobado por Decreto Supremo Nº 010-2006-PRODUCE; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobar a favor de la empresa RANSA COMERCIAL S.A., la ampliacion del plazo de la autorizacion de incremento de flota para la construccion de dos embarcaciones pesqueras de cerco cuya autorizacion de incremento de flota fue otorgada a traves de la Resolucion Directoral Nº 158-2008-PRODUCE/ DGEPP por un plazo improrrogable de veinticuatro (24) meses, contados a partir de la fecha en que vencio el plazo otorgado por la referida Resolucion Directoral. Articulo 2º.- Transcribir la presente Resolucion Directoral a las Direcciones Regionales Sectoriales de la Produccion del Litoral y a la Direccion General de Seguimiento Control y Vigilancia del Ministerio de la Produccion y consignarse en el MORDAZA de la Pagina Web del Ministerio de la Produccion www.produce.gob.pe. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA DE LA MORDAZA UGARTE SERVAT Director General de Extraccion y Procesamiento Pesquero 522555-4

RELACIONES EXTERIORES
Autorizan viaje de funcionaria diplomatica para presidir la Delegacion del Peru en la Trigesima Cuarta Sesion del Comite del Patrimonio Mundial UNESCO
RESOLUCION SUPREMA N° 306-2010-RE MORDAZA, 22 de MORDAZA de 2010 CONSIDERANDO: Que, siendo el Peru miembro del Consejo Ejecutivo de la UNESCO para el periodo 2010 ­ 2013, en el MORDAZA de la IX Sesion Extraordinaria del Comite del Patrimonio Mundial, llevada a cabo el 14 de MORDAZA de 2010, se considero y aprobo el orden del dia y el calendario de la Trigesima Cuarta Sesion del Comite del Patrimonio Mundial-UNESCO, que se llevara a cabo en la MORDAZA de Brasilia, Republica Federativa del Brasil, del 25 de MORDAZA al 03 de agosto de 2010; Que, en dicha Sesion del Comite del Patrimonio Mundial ­ UNESCO se considerara la conservacion e implementacion de las recomendaciones emitidas por el Comite del Patrimonio Mundial respecto a la conservacion

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