Norma Legal Oficial del día 23 de julio del año 2010 (23/07/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 27

El Peruano MORDAZA, viernes 23 de MORDAZA de 2010

NORMAS LEGALES
CONSIDERANDO:

422693

Administrativos del Ministerio de la Produccion, aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2009-PRODUCE; y, En uso de las facultades conferidas por el Articulo 118º del Reglamento de la Ley General de Pesca aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE y el literal d) del Articulo 53º del Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de la Produccion, aprobado por Decreto Supremo Nº 010-2006-PRODUCE; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Otorgar a favor de la empresa INVERSIONES Y NEGOCIACIONES EMPRESARIALES S.A.C. el permiso de pesca para operar la embarcacion pesquera "LETIZIA" de matricula CE-6171-PM de 368.70 m3 de capacidad de bodega, via sustitucion de la embarcacion pesquera "PLEBEYO" de matricula CE2023-PM, para la extraccion del recurso hidrobiologico anchoveta y sardina con destino al consumo humano indirecto, utilizando red de cerco con tamano minimo de malla de ½ pulgada (13 mm), en el ambito del litoral peruano y fuera de las cinco (05) millas adyacentes a la costa. Articulo 2º.- Reservar por el plazo de 90 dias calendario el saldo de 2.91 m3 de capacidad de bodega del total autorizado por Resolucion Directoral Nº 3702010-PRODUCE/DGEPP, de fecha 31 de MORDAZA del 2010 a favor de la empresa INVERSIONES Y NEGOCIACIONES EMPRESARIALES S.A.C., para la extraccion de los recursos anchoveta y sardina para consumo humano indirecto. Articulo 3º.- Incluir el permiso de pesca otorgado a traves de la presente Resolucion, para operar la embarcacion pesquera "LETIZIA" de matricula CE-6171PM en el Anexo I de la Resolucion Ministerial Nº 0842007-PRODUCE. Articulo 4º.- Incorporar al listado los Porcentajes Maximos de Captura por Embarcacion PMCE de la MORDAZA Norte-Centro y PMCE de la MORDAZA Sur, a la embarcacion pesquera "LETIZIA" de matricula CE-6171-PM, con un PMCE de 0.10835% para la MORDAZA Norte-Centro y 0.004349% para la MORDAZA Sur. Articulo 5º.- Incorporar al listado los Limites Maximos de Captura por Embarcacion PMCE de la MORDAZA NorteCentro y LMCE de la MORDAZA Sur, a la embarcacion pesquera "LETIZIA" de matricula CE-6171-PM, con un LMCE de 2 708.94 TM para la MORDAZA Norte-Centro y 17.396 TM para la MORDAZA Sur. Articulo 6º.- Transcribir la presente Resolucion Directoral a la Direccion General de Seguimiento, Control y Vigilancia del Ministerio de la Produccion, a las Direcciones Regionales Sectoriales de la Produccion del Litoral y a la Direccion General de Capitanias y Guardacostas del Ministerio de Defensa, y consignarse en el MORDAZA Institucional del Ministerio de la Produccion, cuya direccion es : www.produce. gob.pe. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA DE LA MORDAZA UGARTE SERVAT Director General de Extraccion y Procesamiento Pesquero 522555-2

Aprueban cambio de titular de permiso de pesca para operar embarcacion pesquera a favor de persona natural
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 433-2010-PRODUCE/DGEPP MORDAZA, 8 de MORDAZA del 2010 Visto los escritos de registro Nº 00019890 de fecha 13 de marzo, adjunto Nº 6 de fecha 26 de noviembre y adjunto Nº 7 de fecha 01 de diciembre del 2009, adjunto Nº 8 de fecha 04 de febrero, adjunto Nº 9 de fecha 09 de MORDAZA y adjunto Nº 10 de fecha 28 de MORDAZA de 2010, asi como el escrito con registro Nº 00071984 de fecha 11 de septiembre de 2009, presentados por el senor MORDAZA EBERTH MORDAZA LLUMPO.

Que, el articulo 1º del Decreto Supremo Nº 004-2007PRODUCE del 20 de febrero del 2007, sustituye el articulo 9º del Decreto Supremo Nº 003-98-PE, estableciendo que las transferencias del permiso de pesca de embarcaciones sujetas al Regimen de la Ley Nº 26920, se efectuaran conforme a las disposiciones contenidas en el articulo 34º del Reglamento de la Ley General de Pesca; Que, el articulo 34º del Reglamento de la Ley General de Pesca, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001PE, modificado mediante Decreto Supremo Nº 0152007-PRODUCE, senala que "(...) El permiso de pesca es indesligable de la embarcacion pesquera a la que corresponde. La transferencia de la propiedad o posesion de las embarcaciones pesqueras de bandera nacional durante la vigencia del permiso de pesca conlleva a la transferencia de dicho permiso en los mismos terminos y condiciones en que se otorgaron. Solo realiza actividad extractiva el titular del permiso de pesca. (...)"; Que, el articulo 1º del Decreto Supremo Nº 0012002-PRODUCE de fecha 05 de septiembre del 2002, establece que los recursos sardina (Sardinops sagax sagax), jurel (Trachurus picturatus murphy) y caballa (Scomber japonicus peruanus), seran destinados al consumo humano directo; Que, a traves de la Resolucion Directoral Nº 084-2000CTAR-PIURA/DIREPE-DR del 30 de octubre de 2000, se otorgo permiso de pesca a favor de MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA E. MORDAZA MORDAZA para operar la embarcacion pesquera de MORDAZA "MI SAN MORDAZA II" con matricula PL-5900-BM de 34.67 m3 de volumen de bodega y 8.00 AN, con hielo en MORDAZA como medio de preservacion a bordo, equipada con redes de cerco de ½ pulgada (13 mm) y 1 ½ pulgadas (38 mm) de longitud minima de abertura de malla, para la extraccion de los recursos anchoveta y sardina con destino al consumo humano directo e indirecto, en aguas jurisdiccionales peruanas fuera de las 5 millas de la costa; Que, por Resolucion Directoral Nº 339-2009PRODUCE/DGEPP del 12 de MORDAZA del 2009, se declaro la caducidad del permiso de pesca de la embarcacion pesquera de MORDAZA MI SAN MORDAZA II con matricula PL5900-BM de 34.67 m3 de volumen de bodega, otorgado por Resolucion Directoral Nº 084-2000-CTAR-PIURA/ DIREPE-DR del 30 de octubre del 2000; Que, mediante Resolucion Vice Ministerial Nº 3582009-PRODUCE/DVP de fecha 13 de noviembre del 2009, se declaro fundado en parte el recurso de apelacion interpuesto por MORDAZA Eberth MORDAZA Llumpo en el extremo referido a la vulneracion al debido MORDAZA, declara nulo el Oficio Nº 2537-2009-PRODUCE/ DGEPP-Dchi, y en consecuencia nula la Resolucion Directoral Nº 339-2009-PRODUCE/DGEPP reponiendo el procedimiento administrativo al momento en que el vicio se produjo, es decir MORDAZA de la emision del Oficio Nº 2537-2009-PRODUCE/DGEPP-Dchi que comunico el inicio del procedimiento de caducidad; Que, asimismo en el articulo 2º de la referida Resolucion Viceministerial, se dispuso remitir los actuados a la Direccion General de Extraccion y Procesamiento Pesquero a fin de que continue con el tramite pendiente; evaluando los documentos presentados por el administrado asi como las comunicaciones de la Direccion General de Capitanias y Guardacostas y de la Direccion Regional de la Produccion del Gobierno Regional de MORDAZA obrantes en el expediente; Que, mediante los escritos del visto, el senor MORDAZA EBERTH MORDAZA LLUMPO solicita el cambio de titular del permiso de pesca de la embarcacion pesquera MI SAN MORDAZA II de matricula actual PL-29686-CM y la modificacion de resolucion autoritativa por cambio de matricula de PL-5900-BM a PL-29686-CM, en virtud al Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de la Produccion, aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2009-PRODUCE; Que, de la verificacion del expediente administrativo y luego de la evaluacion efectuada por la Oficina de Asesoria Juridica, se advierte que el administrado puso en conocimiento de la administracion (a traves de la Direccion Regional de la Produccion de Chimbote) que la embarcacion habia sufrido siniestro con perdida total, asimismo, se aprecia que en su recurso de apelacion el administrado senala que el deterioro que sufrio la embarcacion pesquera MI SAN MORDAZA II fue

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