Norma Legal Oficial del día 23 de julio del año 2010 (23/07/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 24

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, viernes 23 de MORDAZA de 2010

Decreto Supremo Nº 009-99-JUS y las disposiciones legales pertinentes. Segunda.- Modifiquense los anexos I y II del Reglamento del Concurso de Meritos para el Ingreso a la Funcion Notarial aprobado por Decreto Supremo No. 0152008- JUS segun el siguiente texto: «ANEXO I CUADRO PARA CALIFICACION DEL CURRICULUM VITAE
1 Abogado: De 5 a 10 anos Mas de 10 anos Grado Academico: Maestro o Magister en Derecho Doctor Experiencia Laboral: Practicas PRE - profesionales en notaria o registro publico (minimo 1 ano) Experiencia laboral notarial o registral (minimo 1 ano) Aplicable tambien a notarios en ejercicio Haber pertenecido a comision u organo del Colegio de Notarios, Colegio de Abogados o de la Administracion Publica dedicada a asuntos notariales, registrales, civiles y/o societarios Juez o Fiscal o Docente Universitario (Solo uno da el puntaje) 4 Capacitacion: Capacitacion en materia juridica diplomados, postgrados, postitulos, seminarios, talleres, forum y similares otorgados por universidades, colegios profesionales y entidades de la administracion publica. (0.10 por cada uno, MORDAZA 10) Libros en materia juridica: Tiraje minimo de 1000 ejemplares TOTAL
NOTA: El titulo de abogado y los MORDAZA academicos de Magister y Doctor deberan ser otorgados por universidad reconocida por la Asamblea Nacional de Rectores, debidamente registrado ante dicho organismo. Ademas debe acreditar no tener sanciones en el colegio de abogados al cual pertenece y encontrarse activo y habilitado para ejercer la profesion. En caso de grado academicos obtenidos en el extranjero, debe estar debidamente registrado en la Asamblea Nacional de Rectores. Juez o Fiscal, debera acreditar con la resolucion de designacion del cargo, ademas debera acreditar no tener sanciones durante el ejercicio de su funcion. Docente universitario, acreditar no tener sanciones en la universidad en la cual labora. Las certificacion de practicas PRE-profesionales y experiencia labor en registro publicos, deberan estar expedida por el representante legal de la institucion o el jefe del area de recursos humanos que certifique su desempeno. La certificacion por haber pertenecido a comision u organo del colegio de notarios, colegio de abogados o de la administracion publica dedicada a asuntos notariales, registrales, civiles y/o societarios, debera ser expedida por autoridad competente del colegio respectivo o la institucion de la Administracion Publica que corresponda. Para el puntaje por libros se presentara un ejemplar que debe contar con cubierta, deposito legal, numero de edicion, editorial, introduccion, indice, bibliografia y documentacion que acredite tiraje minimo. No se consideran como libros los empastados, copias empastadas, machotes, anillados y similares.

Esta disposicion se aplicara inclusive a concursos en tramite, en los que aun no se MORDAZA iniciado la evaluacion del curriculum vitae. Tercera.- Modifiquese el primer parrafo del articulo 7º del Reglamento del Concurso Publico de Meritos para el ingreso a la Funcion Notarial aprobado por Decreto Supremo Nº 015-2008-JUS, el cual quedara redactado de la siguiente manera: "El Colegio de Notarios que convoca debera informar de la convocatoria al Consejo del Notariado, a la Junta de Decanos de los Colegios de Notarios del Peru y al Colegio de Abogados del Distrito Notarial en el que se convoca, dentro del plazo senalado en el inciso d) del articulo precedente. (...)". Cuarta.- La interconexion telematica a que alude el inciso g) del articulo 130º del Decreto Legislativo, se implementara de manera gradual. En una primera etapa correspondera a la interconexion entre notarios y su correspondiente colegio. En una MORDAZA etapa se efectuara la interconexion entre los colegios de notarios entre si, y finalmente entre estos y la Junta de Decanos de los Colegios de Notarios del Peru. A efectos de lo anterior, los notarios estan obligados a brindar todas las facilidades necesarias la interconexion. Quinta.- Deroguese el Decreto Supremo Nº 05-94JUS, el Decreto Supremo Nº 16 -94-JUS y demas normas complementarias y reglamentarias que se opongan al presente Reglamento. 523129-2

11 +1 +1 + 1.5 + 0.5

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Designan Director de Sistema Administrativo II de la Oficina de Desarrollo y Cooperacion Tecnica de la Oficina General de Economia y Desarrollo del Ministerio
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 0166-2010-JUS MORDAZA, 20 de MORDAZA de 2010 CONSIDERANDO: Que, el articulo 38º del Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Justicia, aprobado por Decreto Supremo Nº 019-2001-JUS, establece que la Oficina de Desarrollo y Cooperacion Tecnica es la encargada de la formulacion y evaluacion de los planes y programas de desarrollo sectorial; de planear, coordinar, programar y evaluar las acciones de defensa nacional y defensa civil; y de identificar y captar los recursos de cooperacion tecnica de la comunidad nacional e internacional, en apoyo a las politicas del Sector; Que, el cargo de Director de Sistema Administrativo II, Nivel F-3, de la Oficina de Desarrollo y Cooperacion Tecnica de la Oficina General de Economia y Desarrollo del Ministerio de Justicia se encuentra vacante; De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 29158, Ley Organica del Poder Ejecutivo y el Decreto Ley Nº 25993, Ley Organica del Sector Justicia; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Designar al senor economista MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA en el puesto de Director de Sistema Administrativo II, Nivel F-3, de la Oficina de Desarrollo y Cooperacion Tecnica de la Oficina General de Economia y Desarrollo del Ministerio de Justicia. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA TOMA Ministro de Justicia » 522096-1

ANEXO ll CUADRO DE BONIFICACION
Notario que se presente a concurso en su Distrito Notarial (excepto: Distrito Notarial de MORDAZA y Distrito Notarial del Callao) Notario que se presente a concurso en otro Distrito Notarial (excepto: Distrito Notarial de MORDAZA y Distrito Notarial del Callao). Notario de otro Distrito Notarial que se presenta a concurso en Distrito Notarial de MORDAZA o Distrito Notarial del Callao. Notario del Distrito Notarial de MORDAZA o Distrito Notarial del Callao que se presenta a concurso en su mismo Distrito Notarial. 5% 3% 2% 1%

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