Norma Legal Oficial del día 24 de julio del año 2010 (24/07/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 28

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, sabado 24 de MORDAZA de 2010

Que, no obstante la transferencia de competencias efectuada a favor del Gobierno Regional de MORDAZA, en materia de la administracion de los terrenos urbanos y eriazos de propiedad del Estado, al expedirse la Ley Nº 29151 ­ Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales, en la Primera Disposicion Complementaria se ha precisado que los predios del Estado identificados como de alcance nacional y los comprendidos en proyectos de interes nacional, permaneceran bajo competencia de la SBN y/o de la entidad titular del bien o responsable del proyecto, de conformidad con la normatividad vigente y lo establecido en el Reglamento de la citada Ley; Que, con Carta s/n de fecha 23 de febrero de 2010, la empresa Solarpack Corporacion Tecnologica S.L, en representacion de la empresa espanola Grupo T-Solar Global S.A, indica que el referido predio es necesario para desarrollar el proyecto "Reparticion Solar 20T", en virtud de tener su representada la calidad de adjudicataria de la "Subasta de Suministros de Electricidad con Recursos Energeticos Renovables", mediante al Acta Notarial de Adjudicacion de Subasta de Suministros de Electricidad, refrendada por el Comite de Subasta del Suministro de Electricidad con Recursos Energeticos Renovables; Que, segun el numeral 2.1 del articulo 2º del Decreto Legislativo Nº 1002 ­ "Decreto Legislativo de Promocion de la Inversion para la Generacion de Electricidad con el uso de Energias Renovables", se advierte que es de interes nacional la generacion de energia electrica a partir del uso de Recursos Energeticos Renovables (RER); Que, de conformidad con el inciso f) del articulo 14º de la Ley Nº 29151 ­ Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales, constituye una funcion y atribucion exclusiva de esta Superintendencia, identificar y disponer la reserva de los bienes de alcance nacional para desarrollar proyectos de interes nacional; Que, de acuerdo al Articulo 23º de la Ley Nº 29151 "Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales" los predios que no se encuentren inscritos en el Registro de Predios y que no constituyan propiedad de particulares, ni de las Comunidades Campesinas y Nativas, son de dominio del Estado, por lo que corresponde tramitar la primera inscripcion de dominio a favor del Estado del terreno eriazo de 802 660,26 m²; de conformidad con el Articulo 38º del Reglamento de la Ley Nº 29151, aprobado por el Decreto Supremo Nº 007-2008-VIVIENDA, y la Directiva Nº 001-2002/SBN, aprobada por Resolucion Nº 011-2002/SBN, modificada por la Directiva Nº 003-2004/ SBN, aprobada por Resolucion Nº 014-2004, que regula el tramite de inscripcion de primera de dominio de predios a favor del Estado; Que, mediante Resolucion Nº 027-2008/SBN de fecha 17 de marzo de 2008, se designa transitoriamente a la Gerencia de Operaciones, la facultad de Gestion Inmobiliaria y Supervision a que hace referencia la Ley Nº 29151, hasta la aprobacion del MORDAZA Reglamento de Organizacion y Funciones de la SBN; Que, los incisos h) y s) del Articulo 39º del Reglamento de Organizacion y Funciones de la SBN aprobado por Resolucion Nº 315-2001/SBN, de fecha 3 de setiembre de 2001, facultan a la Jefatura de Adquisiciones y Recuperaciones de la Gerencia de Operaciones, a identificar los terrenos eriazos y/o en abandono, con la finalidad de incorporarlos al dominio del Estado, asi como a emitir en primera instancia las resoluciones de su competencia; De conformidad con la Ley Nº 29151, Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales y su Reglamento aprobado con Decreto Supremo Nº 007-2008-VIVIENDA, Decreto Supremo Nº 131-2001-EF, que aprueba el Estatuto de la SBN y Resolucion de Superintendencia Nº 315-2001/ SBN; y, Estando a los fundamentos expuestos en el Informe Tecnico Legal Nº 0493-2010/SBN-GO-JAR, de fecha 15 de MORDAZA de 2010; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Disponer la primera inscripcion de dominio a favor del Estado del terreno de 802 660,26 m², ubicado al Norte de la Base Aerea de la Joya ­ Pampas de la Joya, distrito de la Joya, provincia y departamento de MORDAZA, segun el plano y memoria descriptiva que sustentan la presente Resolucion. Articulo 2º.- La MORDAZA Registral Nº XII - Sede MORDAZA de la Superintendencia Nacional de los Registros Publicos, por el merito de la presente Resolucion, efectuara la

primera inscripcion de dominio a favor del Estado del terreno descrito en el articulo precedente, en el Registro de Predios de Arequipa. Registrese, comuniquese y publiquese.RAQUEL ANTUANET MORDAZA MORDAZA Jefe (e) de Adquisiciones y Recuperaciones

522637-1 JEFATURA DE ADQUISICIONES Y RECUPERACIONES RESOLUCION N° 176-2010/SBN-GO-JAR
San MORDAZA, 16 de MORDAZA del 2010 Visto el Expediente N° 192-2010/SBN-JAR, correspondiente al tramite de primera inscripcion de dominio a favor del Estado del terreno de naturaleza eriaza de 1 230 000,00 m², ubicado al lado MORDAZA de la Carretera Panamericana Sur en el Km 1190, a la altura del cruce con el Ferrocarril de Ilo a Toquepala, en el distrito de MORDAZA, provincia de Mariscal MORDAZA, departamento de Moquegua; y, CONSIDERANDO: Que, la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales ­ SBN es el Ente Rector del Sistema Nacional de Bienes Estatales encargado de normar y supervisar las acciones que realicen las entidades que lo conforman, en materia de adquisicion, disposicion, administracion y registro de los bienes estatales a nivel nacional, asi como de ejecutar dichos actos respecto de los bienes estatales que se encuentren bajo su competencia, procurando optimizar su uso y valor, conforme lo establece la Ley Nº 29151 "Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales" y su Reglamento aprobado con Decreto Supremo Nº 007-2008-VIVIENDA; Que, revisada la base grafica de propiedades con la que cuenta esta Superintendencia, se identifico el terreno de naturaleza eriaza 4 440 666,62 m², ubicado al lado MORDAZA de la Carretera Panamericana Sur en el Km 1190, a la altura del cruce con el Ferrocarril de Ilo a Toquepala, en el distrito de MORDAZA, provincia de Mariscal MORDAZA, departamento de MORDAZA, que se encontraria libre de inscripcion registral; Que, mediante Certificado de Busqueda Catastral de fecha 17 de MORDAZA de 2010, sobre la base del Informe Tecnico Nº 0256-2010/Z.R.Nº XIII/ORM-R, de fecha 25 de marzo de 2010, el Area de Catastro de la Oficina Registral de MORDAZA, senala que el area consultada descrita en el considerando precedente, se ubica en MORDAZA donde no se cuenta con informacion digitalizada al 100% de los predios inscritos; advirtiendo, sin embargo, una superposicion parcial con el predio inscrito en la Partida N° 05045626 del Registro de Predios de Moquegua; Que, el estudio tecnico registral determino que el area de 1 230 000,00 m², que forma parte del area consultada, no se encuentra dentro de la superposicion advertida; asi como que, no cuenta con informacion registral; Que, el tercer parrafo del Articulo 16° del Reglamento de Inscripciones del Registro de Predios senala que no impide la inmatriculacion, el informe tecnico que senale la imposibilidad de determinar si el predio se encuentra inscrito o no; Que, el articulo 23º de la Ley Nº 29151 establece que los predios que no se encuentren inscritos en el Registro de Predios y que no constituyen propiedad privada, son de dominio del Estado, cuya inmatriculacion compete a la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales, por lo que corresponde tramitar la primera inscripcion de dominio a favor del Estado del terreno eriazo de 1 230 000,00 m² de conformidad con lo dispuesto en el articulo 38º del Reglamento de la Ley Nº 29151, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 007-2008-VIVIENDA y la Directiva N° 001-2002/SBN, modificada por la Directiva Nº 003-2004/ SBN, que regulan el tramite de inscripcion de la primera de dominio de predios a favor del Estado; Que, mediante Resolucion Nº 027-2008/SBN de fecha 17 de marzo de 2008, se designa transitoriamente a la Gerencia de Operaciones, la facultad de Gestion Inmobiliaria y Supervision a que hace referencia la Ley Nº 29151, hasta la aprobacion del MORDAZA Reglamento de Organizacion y Funciones de la SBN;

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