Norma Legal Oficial del día 24 de julio del año 2010 (24/07/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 30

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CONSIDERANDO:

NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, sabado 24 de MORDAZA de 2010

Que, la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales ­ SBN, es el Ente Rector del Sistema Nacional de Bienes Estatales encargado de normar y supervisar las acciones que realicen las entidades que lo conforman, en materia de adquisicion, disposicion, administracion y registro de los bienes estatales a nivel nacional, asi como de ejecutar dichos actos respecto de los bienes estatales que se encuentren bajo su competencia, procurando optimizar su uso y valor, conforme lo establece la Ley Nº 29151, Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 007-2008VIVIENDA; Que, revisada la base grafica de propiedades con la que cuenta esta Superintendencia, se ha identificado el terreno de naturaleza eriaza de 304 458,93 m², ubicado a la altura del Km. 373 de la Carretera Panamericana Sur, y es un area mediterranea del matriz del Estado denominado MORDAZA Huayuri Paraiso ­ UC 14617, en el distrito de MORDAZA, provincia y departamento de Ica, que se encontraria libre de inscripcion registral; Que, realizada la inspeccion tecnica el 27 de MORDAZA de 2010, se ha verificado que el terreno precitado es de naturaleza eriaza, presenta un relieve plano y arenoso, sin edificaciones, con caracteristicas de quebrada seca denominada La Honda de acuerdo a la Carta Nacional 1:25000 Las Monjas, el terreno es atravesado por la linea de transmision electrica de alta tension Cormar Ica ­ Marcona de la empresa Electro Sur Medio (hoy Electro Dunas); Que, efectuada la consulta pertinente, mediante Informe Tecnico Nº 1273-2010-ZR-XI/AC-ICA, de fecha 07 de MORDAZA del 2010, la Oficina de Catastro de la MORDAZA Registral Nº XI - Sede Ica, senala que el predio materia de consulta se encuentra en MORDAZA donde no se aprecian predios con antecedentes graficos registrales; Que, el articulo 23º de la Ley Nº 29151, establece que los predios que no se encuentren inscritos en el Registro de Predios y que no constituyan propiedad de particulares, ni de las Comunidades Campesinas y Nativas, son de dominio del Estado, cuya inmatriculacion compete a la SBN, por lo que corresponde tramitar la primera inscripcion de dominio a favor del Estado del terreno eriazo de 304 458,93 m², de conformidad con lo dispuesto en el Articulo 38º del Reglamento de la Ley Nº 29151, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 007-2008-VIVIENDA y la Directiva N° 001-2002/ SBN, modificada por la Directiva Nº 003-2004/SBN, que regulan el tramite de inscripcion de la primera de dominio de predios a favor del Estado; Que, mediante Resolucion Nº 027-2008/SBN de fecha 17 de marzo de 2008, se designa transitoriamente a la Gerencia de Operaciones, la facultad de Gestion Inmobiliaria y Supervision a que hace referencia la Ley Nº 29151, hasta la aprobacion del MORDAZA Reglamento de Organizacion y Funciones de la SBN; Que, los incisos h) y s) del articulo 39° de la Resolucion de Superintendencia N° 315-2001/SBN, que aprueba el Reglamento de Organizacion y Funciones de la Superintendencia de Bienes Nacionales, facultan a la Jefatura de Adquisiciones y Recuperaciones de la Gerencia de Operaciones, a identificar los terrenos eriazos y/o en abandono, con la finalidad de incorporarlos al dominio del Estado, asi como a emitir en primera instancia las resoluciones de su competencia; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Supremo N° 131-2001-EF, que aprueba el Estatuto de la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales, la Ley Nº 29151, Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales y su Reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo N° 007-2008-VIVIENDA y modificatorias; y, Estando a los fundamentos expuestos en el Informe Tecnico Legal Nº 0495-2010/SBN-GO-JAR, de fecha 15 de MORDAZA de 2010; SE RESUELVE: Articulo 1°.- Disponer la primera inscripcion de dominio a favor del Estado del terreno de naturaleza eriaza de 304 458,93 m², ubicado a la altura del Km. 373 de la carretera Panamericana Sur, y es un area mediterranea del matriz del Estado denominado MORDAZA Huayuri Paraiso ­ UC 14617, en el distrito de MORDAZA, provincia y departamento de Ica, de acuerdo al plano y memoria descriptiva que sustentan la presente Resolucion.

Articulo 2°.- La MORDAZA Registral N° XI - Sede Ica de la Superintendencia Nacional de los Registros Publicos, por el merito de la presente Resolucion, efectuara la primera inscripcion de dominio a favor del Estado del terreno MORDAZA descrito en el Registro de Predios de Ica. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA ANTUANET MORDAZA MORDAZA Jefe (e) de Adquisiciones y Recuperaciones

522637-4 JEFATURA DE ADQUISICIONES Y RECUPERACIONES RESOLUCION Nº 179-2010/SBN-GO-JAR
San MORDAZA, 19 de MORDAZA del 2010 Visto el Expediente Nº 194-2010/SBN-JAR, correspondiente al tramite de primera inscripcion de dominio a favor del Estado del terreno de naturaleza eriaza de 739 771,83 m², ubicado al lado MORDAZA de la Carretera Panamericana Sur en el Km 1190, a la altura del cruce con el Ferrocarril de Ilo a Toquepala, en el distrito de MORDAZA, provincia de Mariscal MORDAZA, departamento de Moquegua; y, CONSIDERANDO: Que, la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales ­ SBN es el Ente Rector del Sistema Nacional de Bienes Estatales encargado de normar y supervisar las acciones que realicen las entidades que lo conforman, en materia de adquisicion, disposicion, administracion y registro de los bienes estatales a nivel nacional, asi como de ejecutar dichos actos respecto de los bienes estatales que se encuentren bajo su competencia, procurando optimizar su uso y valor, conforme lo establece la Ley Nº 29151 "Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales" y su Reglamento aprobado con Decreto Supremo Nº 007-2008VIVIENDA; Que, revisada la base grafica de propiedades con la que cuenta esta Superintendencia, se identifico el terreno de naturaleza eriaza 4 440 666,62 m², ubicado al lado MORDAZA de la Carretera Panamericana Sur en el Km 1190, a la altura del cruce con el Ferrocarril de Ilo a Toquepala, en el distrito de MORDAZA, provincia de Mariscal MORDAZA, departamento de MORDAZA, que se encontraria libre de inscripcion registral; Que, mediante Certificado de Busqueda Catastral de fecha 17 de MORDAZA de 2010, sobre la base del Informe Tecnico Nº 0256-2010/Z.R.Nº XIII/ORM-R, de fecha 25 de marzo de 2010, el Area de Catastro de la Oficina Registral de MORDAZA, senala que el area consultada descrita en el considerando precedente, se ubica en MORDAZA donde no se cuenta con informacion digitalizada al 100% de los predios inscritos; advirtiendo, sin embargo, una superposicion parcial con el predio inscrito en la Partida Nº 05045626 del Registro de Predios de Moquegua; Que, el estudio tecnico registral determino que el area de 739 771,83 m², que forma parte del area consultada, no se encuentra dentro de la superposicion advertida; asi como que, no cuenta con informacion registral; Que, el tercer parrafo del articulo 16º del Reglamento de Inscripciones del Registro de Predios senala que no impide la inmatriculacion, el informe tecnico que senale la imposibilidad de determinar si el predio se encuentra inscrito o no; Que, el articulo 23º de la Ley Nº 29151 establece que los predios que no se encuentren inscritos en el Registro de Predios y que no constituyen propiedad privada, son de dominio del Estado, cuya inmatriculacion compete a la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales, por lo que corresponde tramitar la primera inscripcion de dominio a favor del Estado del terreno eriazo de 739 771,83 m² de conformidad con lo dispuesto en el articulo 38º del Reglamento de la Ley Nº 29151, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 007-2008VIVIENDA y la Directiva Nº 001-2002/SBN, modificada por la Directiva Nº 003-2004/SBN, que regulan el tramite de inscripcion de la primera de dominio de predios a favor del Estado;

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