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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 24 de julio de 2010 422796 Resolución Nº 1042-2010-TC-S1 del 27.05.2010, sanción que entrará en vigencia a partir del sexto día hábil siguiente de notifi cada la indicada resolución. 27. CONSTRUCTORES Y SERVICIOS HM SERGIOS S.A.C., Inhabilitación por dieciséis (16) meses en su derecho de participar en procesos de selección y contratar con el Estado, por la resolución del contrato atribuible a su parte, causal tipifi cada en el literal b) del numeral 1) del artículo 237 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 184-2008-EF, según Resolución Nº 1048-2010-TC-S3 de 28.05.2010, sanción que entrará en vigencia a partir del sexto día hábil siguiente de notifi cada la indicada resolución. 28. CACIANO JARES FRANCISCO JAVIER, Inhabilitación por catorce (14) meses en su derecho de participar en procesos de selección y contratar con el Estado, por la resolución del contrato atribuible a su parte, causal tipifi cada en el literal b) del numeral 1) del artículo 237 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 184-2008-EF, según Resolución Nº 1049-2010-TC-S3 de 28.05.2010, sanción que entrará en vigencia a partir del sexto día hábil siguiente de notifi cada la indicada resolución. 29. TS PERU BUSINESS E.I.R.L., Inhabilitación por catorce (14) meses en su derecho de participar en procesos de selección y contratar con el Estado, por la no suscripción injustifi cada del contrato, causal tipifi cada en el numeral 1) literal a) del artículo 237º del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, aprobado por Decreto Legislativo 1017 y Decreto Supremo Nº 184-2008-EF, según Resolución Nº 1050-2010-TC-S3 del 28.05.2010, sanción que entrará en vigencia a partir del sexto día hábil siguiente de notifi cada la indicada resolución. 30. INVERSIONES Y SERVICIOS MULTIPLES DECA S.A.C., Inhabilitación por diez (10) meses en su derecho de participar en procesos de selección y contratar con el Estado, por presentar documentos falsos o información inexacta en los procedimientos seguidos ante el Registro Nacional de Proveedores, causal tipifi cada en el numeral 10 del artículo 294 del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nª 084-2004-PCM, según Resolución Nª 1055-2010-TC-S3 de 28.05.2010, sanción que entrará en vigencia a partir del sexto día hábil siguiente de notifi cada la indicada resolución. 31. VICTOR ROMERO GUERRA CONTRATISTA DE OBRAS CIVILES E.I.R.L., Mediante Resolución Nº 1257- 2010-TC-S1 de 25.06.2010, se declaró infundado el recurso de reconsideración interpuesto por la indicada empresa contra la Resolución Nº 1058-2010-TC-S1 del 28.05.2010, que la sanciona con catorce (14) meses de inhabilitación en su derecho de participar en procesos de selección y contratar con el Estado, por dar lugar a la resolución del contrato por causal atribuible a su parte, causal tipifi cada en el numeral 2) del artículo 294 del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM. 32. ROJAS & MONTERO S.A.C., Inhabilitación por catorce (14) meses en su derecho de participar en procesos de selección y contratar con el Estado, por dar lugar a la resolución del contrato por causal atribuible a su parte, causal tipifi cada en el numeral 2) del artículo 294º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM, según Resolución Nº 1068-2010-TC-S3 del 31.05.2010, sanción que entrará en vigencia a partir del sexto día hábil siguiente de notifi cada la indicada resolución. 33. LOPEZ ESPINOZA YVON CONSTANTINA, Mediante Resolución Nº 1188-2010-TC-S3 de 16.06.2010, se declaró infundado el recurso de reconsideración interpuesto por la indicada persona contra la Resolución Nº 1070-2010- TC-S3 del 31.05.2010, que la sanciona con doce (12) meses de inhabilitación en su derecho de participar en procesos de selección y contratar con el Estado, por dar lugar a la resolución del contrato por causal atribuible a su parte, causal tipifi cada en el literal b) del numeral 1) del artículo 237 del Reglamento de la Ley de Contrataciones y del Estado aprobado por Decreto Supremo Nº 184-2008-EF. 34. INTERNATIONAL AMERICAN SECURITY S.C.R.L., Inhabilitación defi nitiva en sus derechos de participar en procesos de selección y contratar con el Estado, al haberse confi gurado la causal de reincidencia establecido en el artículo 303 del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM, según Resolución Nº 1071-2010-TC-S3 del 31.05.2010, sanción que entrará en vigencia a partir del sexto día hábil siguiente de notifi cada la indicada resolución. 35. EMPRESA DE SERVICIOS Y PROTECCION S.C.R.L., Inhabilitación por quince (15) meses en su derecho de participar en procesos de selección y contratar con el Estado, por participar en el proceso de selección, sin contar con inscripción vigente en el Registro Nacional de Proveedores, infracción tipifi cada en el numeral 5) del artículo 294° del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM, según Resolución Nº 1071-2010-TC-S3 del 31.05.2010, sanción que entrará en vigencia a partir del sexto día hábil siguiente de notifi cada la indicada resolución. 36. CORPORACION FARMACEUTICA DAJOZ S.A.C., Inhabilitación por catorce (14) meses en su derecho de participar en procesos de selección y contratar con el Estado, por haber presentado documentos falsos o inexactos, causal tipifi cada en el numeral 1) literal i) del artículo 237º del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, aprobado por Decreto Legislativo 1017 y Decreto Supremo Nº 184-2008-EF, según Resolución Nº 1072-2010-TC-S3 del 31.05.2010, sanción que entrará en vigencia a partir del sexto día hábil siguiente de notifi cada la indicada resolución. 37. ARLU INVERSIONES E.I.R.L., Inhabilitación por doce (12) meses en su derecho de participar en procesos de selección y contratar con el Estado, por la presentación de documentos falsos y/o inexacta, causal tipifi cada en el numeral 9) del artículo 294º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM, según Resolución Nº 1073-2010-TC-S3 del 31.05.2010, sanción que entrará en vigencia a partir del sexto día hábil siguiente de notifi cada la indicada resolución. 38. INVERSIONES COMERCIO Y SERVICIOS GENERALES S.A.C., Inhabilitación por doce (12) meses en su derecho de participar en procesos de selección y contratar con el Estado, por la presentación de documentos falsos y/o inexacta, causal tipifi cada en el numeral 9) del artículo 294º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM, según Resolución Nº 1073-2010-TC- S3 del 31.05.2010, sanción que entrará en vigencia a partir del sexto día hábil siguiente de notifi cada la indicada resolución. 39.CONSTRUCTORA ANDIA G S.A.C., Inhabilitación por nueve (09) meses en su derecho de participar en procesos de selección y contratar con el Estado, por presentar documentos falsos o información inexacta en los procedimientos seguidos ante el Registro Nacional de Proveedores, causal tipifi cada en el numeral 10 del artículo 294 del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nª 084-2004-PCM, según Resolución Nª 1076-2010-TC-S3 de 31.05.2010, sanción que entrará en vigencia a partir del sexto día hábil siguiente de notifi cada la indicada resolución. 40. ZEUS SEGURITY AND SERVICE S.A.C., Inhabilitación por dieciséis (16) meses en su derecho de participar en procesos de selección y contratar con el Estado, por haber presentado documentos falsos o inexactos, causal tipifi cada en el numeral 1) literal i) del artículo 237º del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, aprobado por Decreto Legislativo 1017 y Decreto Supremo Nº 184-2008-EF, según Resolución Nº 1077-2010-TC-S3 del 31.05.2010, sanción que entrará en vigencia a partir del sexto día hábil siguiente de notifi cada la indicada resolución. 41. SOFTNET PERU S.A., Inhabilitación por diecinueve (19) meses en su derecho de participar en procesos de selección y contratar con el Estado, por participar en el proceso de selección, sin contar con inscripción vigente en el Registro Nacional de Proveedores, infracción tipifi cada en el numeral 5) del artículo 294° del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM, según Resolución Nº 1078-2010-TC-S3 del 31.05.2010, sanción que entrará en vigencia a partir del sexto día hábil siguiente de notifi cada la indicada resolución. 42. LUZ INVERSIONES MULTIPRODUCTS S.A.C., Inhabilitación por ocho (08) meses en su derecho de participar en procesos de selección y contratar con el Estado, por la no suscripción injustifi cada del contrato, causal tipifi cada en el numeral 1) del artículo 294 del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por decreto Supremo Nº 084- 2004-PCM, según Resolución Nº 1079-2010-TC-S3 de 31.05.2010, sanción que entrará en vigencia a partir