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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 24 de julio de 2010 422802 Segundo: La solicitud se fundamenta en tener población aproximada de 377 habitantes, conjuntamente con los Poblados Putuin, Nuevo Wichim, Checherta, Teniente Yáñez, Soldado Luna y Espíritu Santo, así como en la necesidad de contar con una autoridad judicial, teniendo en cuenta que el Juzgado de Paz más próximo se encuentra ubicado a ocho días de distancia desplazándose en peque peque por vía fl uvial en la localidad de Alianza Cristiana, por cuya razón no tienen acceso a un oportuno servicio de administración de justicia; Tercero: Que, el Informe Nº 228-2009-SEP-GP-GG- PJ remitido por la Gerencia General del Poder Judicial, concluye que es factible la creación del Juzgado de Paz con sede en el Poblado de Tsekuntsa, Distrito de Andoas, Provincia de Datem del Marañón, Departamento y Distrito Judicial de Loreto; consignándose los límites geográfi cos del mencionado órgano jurisdiccional; Cuarto: Que, por el número de habitantes de los poblados a los que benefi ciaría el Juzgado de Paz, entre los que se presentan confl ictos de naturaleza civil, penal, familiar, laboral y asuntos notariales; y encontrándose dentro de los objetivos principales de las políticas implementadas por este Poder del Estado, precisamente la de eliminar las barreras que impiden el acceso a la justicia a las poblaciones mas alejadas de los centros urbanos del país, y en aras de brindar un servicio de justicia en forma rápida y efi caz, resulta procedente la petición que se formula; Por tales fundamentos, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, en uso de sus atribuciones, con arreglo a lo establecido en el artículo 82º, numeral 24, del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, en sesión ordinaria descentralizada de la fecha, de conformidad con el informe del doctor Jorge Alfredo Solís Espinoza, por unanimidad: RESUELVE: Artículo Primero.- Crear un Juzgado de Paz en el Poblado de Tsekuntsa; con competencia además con los Poblados Putuin, Nuevo Wichim, Checherta, Teniente Yáñez, Soldado Luna y Espíritu Santo; Distrito de Andoas, Provincia de Datem del Marañón, Departamento y Distrito Judicial de Loreto. Artículo Segundo.- Los límites geográfi cos del Juzgado de Paz son los que aparecen descritos en el informe de la Gerencia General del Poder Judicial, que en documento anexo forma parte integrante de la presente resolución. Artículo Tercero.- Transcríbase la presente resolución al Presidente del Poder Judicial, Ofi cina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, Ofi cina Nacional de Apoyo a la Justicia de Paz, Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Loreto, y a la Gerencia General del Poder Judicial, para su conocimiento y fi nes consiguientes. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase. SS. JAVIER VILLA STEIN ROBINSON O. GONZALES CAMPOS JORGE ALFREDO SOLIS ESPINOZA FLAMINIO VIGO SALDAÑA DARIO PALACIOS DEXTRE HUGO SALAS ORTIZ 523389-2 RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 041-2010-CE-PJ La Merced, 27 de enero de 2010 VISTOS: El Ofi cio Nº 2148-2009-PJ/CSJLO-P, cursado por el Presidente de la Corte Superior de Justicia de Loreto, y el Informe Nº 245-2009-SEP-GP-GG-PJ remitido por la Gerencia General del Poder Judicial; y, CONSIDERANDO: Primero: Que, el Presidente de la Corte Superior de Justicia de Loreto, remite a este Órgano de Gobierno propuesta de creación de un Juzgado de Paz con sede en la Comunidad Nativa Libertad, Distrito de El Tigre, Provincia y Departamento de Loreto, a solicitud de autoridades y pobladores de la referida circunscripción; Segundo: La solicitud se fundamenta en tener población aproximada de 723 habitantes, conjuntamente con los Caseríos Hored, Tarma, Bélgica, Berlín, Tiwinsa y Siete de Marzo, así como en la necesidad de contar con una autoridad judicial, teniendo en cuenta que el Juzgado de Paz más próximo se encuentra ubicado a quince horas de distancia desplazándose en peque peque por vía fl uvial en la localidad de Intuto; asimismo se encuentra a veintiséis horas de distancia de los órganos jurisdiccionales de primera instancia ubicados en la ciudad de Nauta, por cuya razón no tienen acceso a un oportuno servicio de administración de justicia; Tercero: Que, el Informe Nº 245-2009-SEP-GP-GG- PJ remitido por la Gerencia General del Poder Judicial, concluye que es factible la creación de un Juzgado de Paz en la Comunidad Nativa Libertad, Distrito de El Tigre, Provincia, Departamento y Distrito Judicial de Loreto; consignándose los límites geográfi cos del mencionado órgano jurisdiccional; Cuarto: Que, por el número de habitantes de las localidades a los que benefi ciaría el Juzgado de Paz, entre los que se presentan confl ictos de naturaleza civil, penal, familiar, laboral y asuntos notariales; y encontrándose dentro de los objetivos principales de las políticas implementadas por este Poder del Estado, precisamente la de eliminar las barreras que impiden el acceso a la justicia a las poblaciones más alejadas de los centros urbanos del país, y en aras de brindar un servicio de justicia en forma rápida y efi caz, resulta procedente la petición que se formula; Por tales fundamentos, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, en uso de sus atribuciones, con arreglo a lo establecido en el artículo 82º, numeral 24, del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, en sesión órdinaria descentralizada de la fecha, de conformidad con el informe del doctor Jorge Alfredo Solís Espinoza, por unanimidad; RESUELVE: Artículo Primero.- Crear un Juzgado de Paz con sede en la Comunidad Nativa Libertad, con competencia además con los Caseríos Hored, Tarma, Bélgica, Berlín, Tiwinsa y Siete de Marzo; Distrito de El Tigre, Provincia, Departamento y Distrito Judicial de Loreto; quedando modifi cada la competencia territorial del Juzgado de Paz de la localidad de Intuto, del referido distrito. Artículo Segundo.- Los límites geográfi cos del Juzgado de Paz son los que aparecen descritos en el informe de la Gerencia General del Poder Judicial, que en documento anexo forma parte integrante de la presente resolución. Artículo Tercero.- Transcríbase la presente resolución al Presidente del Poder Judicial, Ofi cina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, Ofi cina Nacional de Apoyo a la Justicia de Paz, Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Loreto, y a la Gerencia General del Poder Judicial, para su conocimiento y fi nes consiguientes. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase. SS. JAVIER VILLA STEIN ROBINSON O. GONZALES CAMPOS JORGE ALFREDO SOLIS ESPINOZA FLAMINIO VIGO SALDAÑA DARIO PALACIOS DEXTRE HUGO SALAS ORTIZ 523389-3