Norma Legal Oficial del día 03 de junio del año 2010 (03/06/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 95

El Peruano MORDAZA, jueves 3 de junio de 2010

NORMAS LEGALES

420117

CONSIDERANDO: Que, el articulo 192º de la Constitucion Politica del Estado, y sus modificatorias, establece que los Gobiernos Regionales promueven el desarrollo y la economia regional, fomentando las inversiones, activas y servicios publicos de su responsabilidad, en MORDAZA con las politicas y planes y locales de desarrollo; Que, los literales a), b) , f), k) y l) del articulo 49 de la Ley No. 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales, establece entre sus funciones del Gobierno Regional en materia de salud formular, aprobar, ejecutar, evaluar, dirigir, controlar y administrar las politicas de salud de la region, en concordancia con las politicas nacionales y los planes sectoriales; asi como coordinar las acciones de salud integral en el ambito regional; organizar los niveles de atencion y administracion de las entidades de salud del Estado que brindan servicios en la region, en coordinacion con los gobiernos locales; organizar, implementar y mantener los servicios de salud para la prevencion, proteccion, recuperacion y rehabilitacion en materia de salud, en coordinacion con los gobiernos locales; promover y preservar la salud ambiental de la region; y planificar, financiar y ejecutar los proyectos de infraestructura sanitaria y equipamiento, promoviendo el desarrollo tecnologico en salud en el ambito regional; Que, mediante Decreto Supremo Nº 043-2004PCM, se aprueba los lineamientos para la elaboracion y aprobacion del Cuadro de Asignacion del Personal CAP de las Instituciones Publicas, ya MORDAZA del Gobierno Nacional, Regional o Local, normas que deben observarse en la elaboracion, y su consiguiente aprobacion del Cuadro para Asignacion de Personal, en adelante CAP; Que, conforme al articulo 2º del D.S. Nº 043-2004PCM, constituye una finalidad generar la aprobacion de un CAP que contenga una correcta definicion de los cargos, acorde con la estructura organica de la Entidad y con los criterios de diseno y estructura de la Administracion Publica que establece la Ley Nº 27658, Ley MORDAZA de Modernizacion de la Gestion del Estado, con el objetivo de priorizar y optimizar el uso de los recursos publicos, en atencion a esta finalidad la Red de Salud Chincha MORDAZA, inicia el tramite de la modificacion del CAP, conforme asi se desprende de los documentos que forma parte del expediente administrativo organizado para tal efecto; Que, conforme a lo dispuesto por el articulo 4º de la indicada MORDAZA legal, en que se establecen definiciones conceptuales, entre otros el "Cuadro de Asignacion de Personal-CAP", entendiendose por tal como: "... Documento de gestion institucional que contiene los cargos definidos y aprobados de la Entidad, sobre la base de su estructura organica vigente prevista en su ROF...." Que, conforme a lo dispuesto por el articulo 11º del D.S Nº 043-2004-PCM, que contiene los criterios para la elaboracion del CAP, los mismos que han evaluados, por razon de funcion, por la Oficina Ejecutiva de Planeamiento Estrategico de la Direccion Regional de Salud de Ica; Oficina de Asesoria Legal de la Direccion Regional de Salud de Ica; Gerencia de Desarrollo Social del Gobierno Regional y la Sub Gerencia de Desarrollo Sistemico del Gobierno Regional, conforme asi se desprende de los documentos citados en el Informe Nº 029-2010-SGDS, los que forman parte del expediente administrativo. Resultando por consiguiente justificada su aprobacion a consideracion del Pleno del Consejo Regional de Ica, la que fuera sustentada durante la sesion ordinaria; Que, en atencion a las consideraciones precedentes, las deliberaciones realizadas por los Senores Consejeros Regionales durante la Sesion Ordinaria Descentralizada, el Consejo Regional aprobo con el quorum de ley, dictar la presente Ordenanza Regional, con las precisiones establecidas en la parte resolutiva del presente; Que, estando a lo acordado y aprobado en Sesion Ordinaria Descentralizada del trece de MORDAZA del dos mil diez, con el MORDAZA aprobatorio del Pleno del Consejo Regional; y en uso de sus facultades establecidas en la Ley Nº 27867 y sus modificatorias y el Reglamento Interno del Consejo Regional de Ica y sus modificatorias, con la dispensa y aprobacion del acta de la fecha; Ha dado la Ordenanza Regional siguiente: Articulo Primero.- APROBAR la Modificacion del Cuadro de Asignacion de Personal (CAP) de la Red de Salud Chincha-Pisco, que consta de 215 (doscientos

quince) cargos, distribuidos en 180 (ciento ochenta) ocupados y 35 (treinta y cinco) previstos, que en anexo al presente, forma parte integrante de la Ordenanza Regional. Articulo Segundo.- Disposicion derogatoria y modificatoria: Quedan derogadas y modificadas, en su caso, todas las normas que se opongan a la presente Ordenanza. Articulo Tercero.- ENCARGAR a la Gerencia General Regional, Gerencia de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, la Direccion Regional de Salud y la Red de Salud Chincha-Pisco, para que implementen la presente Ordenanza Regional. Articulo Cuarto.- PUBLICAR y DIFUNDIR la presente Ordenanza Regional en el Diario Oficial El Peruano y en el MORDAZA Electronico de la Institucion, en cumplimiento de lo dispuesto en el articulo 42º de la Ley Organica de Gobiernos Regionales. Comuniquese al senor Presidente del Gobierno Regional de Ica para su promulgacion. MORDAZA MORDAZA CABREJAS MORDAZA Consejero Delegado Consejo Regional de Ica POR TANTO: Mando se publique y cumpla. Dado en la Sede del Gobierno Regional de Ica. MORDAZA TRIVENO MORDAZA Presidente del Gobierno Regional de Ica 502068-4

Recomiendan interponer acciones legales contra Ordenanzas y Acuerdos de la Region MORDAZA o MORDAZA que afecte los intereses de la Region y del pueblo de Chincha
ACUERDO DE CONSEJO REGIONAL Nº 0018-2010-GORE-ICA Ica, 19 de MORDAZA de 2010 El Consejo Regional del Gobierno Regional de Ica, vista la propuesta de Acuerdo de Consejo Regional -que establece recomendar al Presidente de la Region para que interponga las acciones legales contra las Ordenanzas Regionales y Acuerdos Regionales que expida la Region MORDAZA y toda otra MORDAZA o proposicion que atente contra los intereses de nuestra Region y especialmente el pueblo de Chincha-, presentada por el Consejero Regional, Abog. MORDAZA MORDAZA Cabrejas MORDAZA, en Sesion Extraordinaria de fecha ocho de MORDAZA del ano dos mil diez. CONSIDERANDO: Que, el articulo 191 de la Constitucion Politica del Estado y sus modificatorias, establecen que los Gobiernos Regionales tienen autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, los articulos 11 y 13 de la Ley Nº 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales, establecen que el Consejo Regional es un organo normativo y fiscalizador del Gobierno Regional, en tal virtud es atribucion de este ventilar y regular su funcionamiento; Que, conforme establece el articulo 1 de la Ley Nº 27795, Ley de Demarcacion y Organizacion Territorial, que la indicada ley tiene por finalidad establecer las definiciones basicas, criterios tecnicos y los procedimientos para el tratamiento de demarcacion territorial que es competencia exclusiva del Poder Ejecutivo de conformidad con el numeral 7) del Articulo 102 de la Constitucion Politica del Peru, asi como lograr el saneamiento de limites y la organizacion racional del territorio de la Republica, normas que deben observarse en los procesos de demarcacion territorial;

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