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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 03 DE JUNIO DEL AÑO 2010 (03/06/2010)

CANTIDAD DE PAGINAS: 104

TEXTO PAGINA: 93

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 3 de junio de 2010 DRA. EDITA ASUNCIÓN ARAUJO CASTILLO Fechas: del 24 de mayo al 02 de junio (*) - Pasajes terrestres S/. 160.00 - Pasajes aéreos S/. 3,317.93 - Tasa aeroportuaria ($31.00 x t.c. S/.2.88) S/. 89.28 - Viáticos nacionales (02 días) (S/. 180.00 x día) S/. 360.00 - Viáticos internacionales (04 días) ($ 200.00 x t.c. S/.2.88) S/.576.00 x día S/. 2,304.00 ======== S/. 6,231.21 DRA. HILDA CORINA VÁSQUEZ CASTILLO Fechas: del 24 de mayo al 19 de junio (*) - Pasajes terrestres S/. 160.00 - Pasajes aéreos S/. 3,317.93 - Tasa aeroportuaria ($31.00 x t.c. S/.2.88) S/. 89.28 - Viáticos nacionales (02 días) (S/. 180.00 x día) S/. 360.00 - Viáticos internacionales (04 días) ($ 200.00 x t.c. S/.2.88) S/.576.00 x día S/. 2,304.00 ======== S/. S/. 6,231.21 Total S/. 29,532.84 3º) DISPONER que la Ofi cina de Relaciones e Información y la Ofi cina Técnica de Abastecimiento, efectúen la publicación de la presente resolución en el Diario Ofi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese, publiquese y archívese. ORLANDO VELASQUEZ BENITES Rector PEDRO LUIS LAVALLE DIOS Secretario General (e) 501162-1 Autorizan la expedición de duplicado de diploma de título profesional de médico cirujano de la Universidad Nacional Federico Villarreal UNIVERSIDAD NACIONAL FEDERICO VILLARREAL RESOLUCIÓN R. N° 10745-2010-CU-UNFV San Miguel, 13 de abril de 2010 Visto, el Oficio Nº 530-2010-OCAJ-UNFV, del 17.03.10, de la Jefa de la Oficina Central de Asesoría Jurídica de esta Casa Superior de Estudios, mediante el cual remite el Informe Legal Nº 131-2010-OCAJ- UNFV, del 17.03.10, relacionado a la solicitud de duplicado del Diploma de Título Profesional de Médico Cirujano, expedido por esta Casa Superior de Estudios, a nombre de don WILDER HUGO CAMAN OCAMPO; y CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 28626 de fecha 28.10.2005, publicada el 18.11.2005, en el Diario Ofi cial El Peruano, se autoriza a las Universidades Públicas y Privadas a expedir duplicados de diplomas de Grados y Títulos Profesionales a solicitud del interesado, por motivos de pérdida, deterioro o mutilación, siempre que cumpla con las formalidades y requisitos de seguridad previsto por cada Universidad; Que, con Resolución Nº 1525-2006-ANR, modifi cada con Resolución Nº 1895-2006-ANR publicadas en el Diario Ofi cial El Peruano con fechas 21.01.06 y 14.06.06 respectivamente, la Asamblea Nacional de Rectores aprueba el Reglamento de duplicados de diplomas de Grados y Títulos Profesionales expedidos por universidades del país; Que, mediante Resolución Rectoral Nº 2291-2006- UNFV de fecha 11.05.2006, la Universidad Nacional Federico Villarreal, estableció la tasa que abonarán los interesados, por concepto de duplicado de diploma de Grado Académico, Título Profesional, así como de Segunda Especialidad, en S/. 2,000.00 (Dos Mil y 00/100 Nuevos Soles), incluyéndolo en el “Registro de Tasas Académicas y Tarifas de Bienes y Servicios de esta Universidad, aprobado con Resolución Rectoral Nº 4871- 2003-UNFV, de fecha 11.03.2003; Que, con escrito de fecha 17.02.10, don WILDER HUGO CAMAN OCAMPO, solicita el duplicado de Diploma del Título Profesional de Médico Cirujano, el cual fue otorgado por esta Universidad el 04.05.93; para lo cual adjunta la denuncia policial de fecha 27.01.10, por perdida del referido documento, la publicación de la pérdida del referido diploma, así como el recibo de pago correspondiente, entre otros documentos; Que, mediante Constancia de Inscripción en el Registro Nacional de Grados y Títulos, de fecha 09.02.10, expedida por la Asamblea Nacional de Rectores, se acredita que la Universidad Nacional Federico Villarreal, con fecha 04.05.93, expidió el Diploma de Título Profesional de Médico Cirujano, a don WILDER HUGO CAMAN OCAMPO, el cual se encuentra registrado a fojas 12 del Libro Nº 34, Registro Nº 24463, que obra en la Oficina de Registro de Grados y Títulos de la Secretaría General de esta Casa Superior de Estudios; Que, la Oficina de Registro de Grados y Títulos de la Secretaría General, mediante Oficio Nº 0137- 2010-ORGT-SG-UNFV, del 01.03.10, señala que el requerimiento de don WILDER HUGO CAMAN OCAMPO, cumple con los requisitos exigidos para el otorgamiento del duplicado de Diploma del Título Profesional de Médico Cirujano; deviniendo en procedente lo solicitado; En mérito a la opinión de la Ofi cina Central de Asesoría Jurídica, contenida en Informe Legal Nº 131- 2010-OCAJ-UNFV, del 17.03.10; y estando a lo dispuesto por el señor Rector según Proveído Nº 01398-2010-R- UNFV, del 19.03.10; el Consejo Universitario en Sesión Ordinaria Nº 210 de fecha 31.03.10, acordó Autorizar a la Ofi cina de Registro de Grados y Títulos de la Secretaría General, la expedición del duplicado de Diploma del Título Profesional de Médico Cirujano, a favor de don WILDER HUGO CAMAN OCAMPO; y De conformidad con la Ley Nº 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General, Ley N° 23733 - Ley Universitaria, Ley Nº 28626, el Estatuto, el Reglamento General, el inciso d) del artículo 40° del Reglamento de Organización y Funciones (ROF) de esta Universidad y la Resolución Rectoral Nº 2443-2006-UNFV de fecha 30.05.2006; SE RESUELVE: Artículo Primero- Autorizar a la Ofi cina de Registro de Grados y Títulos de la Secretaría General, la expedición del duplicado de Diploma de Título Profesional de Médico Cirujano, a favor de don WILDER HUGO CAMAN OCAMPO, el mismo que fuera registrado a fojas 12 del Libro Nº 34, Registro Nº 24463 y fecha de expedición 04.05.93, que obra en la referida Ofi cina Artículo Segundo.- La Ofi cina de Trámite Documentario de la Secretaría General, notifi cará bajo cargo a la interesada, así como a la Asamblea Nacional de Rectores, la presente Resolución, para los fi nes pertinentes. Artículo Tercero.- Los Vicerrectores Académico y Administrativo, el Decano de la Facultad de Medicina “Hipólito Unanue”; así como la Ofi cina de Registro de Grados y Títulos de la Secretaría General, dictarán las medidas necesarias para el cumplimiento de la presente Resolución. Regístrese, comuníquese y archívese. JUAN NESTOR ESCUDERO ROMAN Rector 501355-1 420115