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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 03 DE JUNIO DEL AÑO 2010 (03/06/2010)

CANTIDAD DE PAGINAS: 104

TEXTO PAGINA: 90

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 3 de junio de 2010 artículos 177º y 183º de la Constitución Política del Perú, como organismo con personería jurídica de derecho público interno, que goza de atribuciones en materia registral, técnica, administrativa, económica y financiera; Que, conforme a lo dispuesto por el artículo 2º de la Ley Orgánica del Registro Nacional de Identifi cación y Estado Civil, el RENIEC es la entidad encargada de organizar y mantener el Registro Único de Identifi cación de las Personas Naturales e inscribir los hechos y actos relativos a su capacidad y estado civil. Con tal fi n, desarrollará técnicas y procedimientos automatizados que permitan un manejo integrado y efi caz de la información; Que, mediante Resolución Jefatural Nº 448-2010- JNAC/RENIEC (20MAY2009) se aprobó el Reglamento de Organización y Funciones y la Estructura Orgánica del Registro Nacional de Identifi cación y Estado Civil; Que, en atención a ello la Gerencia de Registros Civiles a través del documento de vistos, solicita la aprobación del proyecto de Directiva DI-253-GRC/015 “Estadísticas de los hechos vitales y los actos modifi catorios del estado civil inscritos en las Ofi cinas de Registros del Estado Civil y las Ofi cinas Registrales Consulares”, Segunda Versión; Que, mediante el Ofi cio Nº 001432-2010/GPP/RENIEC (17MAY2010) la Gerencia de Planifi cación y Presupuesto precisa que el documento normativo cuenta con el visto bueno de las unidades orgánicas involucradas en su ejecución; Que, asimismo se encuentra vigente la Directiva DI-253-GRC/015 “Estadísticas de las inscripciones de los hechos vitales y los actos modifi catorios del estado civil realizadas en las Ofi cinas de Registros del Estado Civil y las Ofi cinas Registrales Consulares”, Primera Versión, aprobada mediante Resolución Jefatural Nº 516- 2009-JNAC/RENIEC (17AGO2009); la cual requiere ser actualizada; Que, mediante el Informe Nº 000963-2010/GAJ/ RENIEC (18MAY2010) la Gerencia de Asesoría Jurídica, concluye que resulta viable legalmente la aprobación del documento normativo propuesto por la Gerencia de Registros Civiles; Estando a las facultades conferidas por la Ley Nº 26497, Ley Orgánica del Registro Nacional de Identifi cación y Estado Civil, al Reglamento de Inscripciones del RENIEC, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 015-98-PCM y al Reglamento de Organización y Funciones aprobado por Resolución Jefatural Nº 448-2010-JNAC/RENIEC (20MAY2009) y lo dispuesto en el Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Dejar sin efecto la Resolución Jefatural Nº 516-2009-JNAC/RENIEC (17AGO2009), la cual aprobó la Directiva DI-253-GRC/015 “Estadísticas de las inscripciones de los hechos vitales y los actos modifi catorios del estado civil realizadas en las Ofi cinas de Registros del Estado Civil y las Ofi cinas Registrales Consulares”, Primera Versión. Artículo Segundo.- Aprobar la Directiva DI-253- GRC/015 “Estadísticas de los hechos vitales y los actos modifi catorios del estado civil inscritos en las Ofi cinas de Registros del Estado Civil y las Ofi cinas Registrales Consulares”, Segunda Versión, correspondiente a la Gerencia de Registros Civiles, la misma que forma parte integrante de esta resolución. Artículo Tercero.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el Diario Ofi cial El Peruano y en el portal institucional, www.reniec.gob.pe, el texto de la Directiva DI-253-GRC/015 “Estadísticas de los hechos vitales y los actos modifi catorios del estado civil inscritos en las Ofi cinas de Registros del Estado Civil y las Ofi cinas Registrales Consulares”, Segunda Versión. Artículo Cuarto.- Se precisa que la Directiva aprobada mediante la presente Resolución, entra en vigencia a partir del trigésimo día de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano. Regístrese, publíquese y cúmplase. EDUARDO RUIZ BOTTO Jefe Nacional 502221-1 Aprueban Cuadro para Asignación de Personal del RENIEC RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 481-2010-JNAC/RENIEC Lima, 01 de Junio de 2010 VISTOS: El Ofi cio Nº 001577-2010/GPP/RENIEC (27MAY2010), emitido por la Gerencia de Planifi cación y Presupuesto; el Informe N° 251-2010/GPP/SGR/RENIEC (27MAY2010) de la Sub Gerencia de Racionalización y, el Informe Nº000984-2010/GAJ/RENIEC (28MAY2010), emitido por la Gerencia de Asesoría Jurídica, y; CONSIDERANDO: Que, el Registro Nacional de Identifi cación y Estado Civil, es un organismo constitucionalmente autónomo encargado de manera exclusiva y excluyente de las funciones de organizar y actualizar el Registro Único de Identifi cación de las Personas Naturales, así como, registrar los hechos y actos relativos a su capacidad y estado civil; Que, con Resolución Jefatural Nº 086-2010-JNAC/ RENIEC (10FEB2010), se aprobó el Cuadro para Asignación de Personal - CAP; Que, a través de la Resolución Jefatural Nº 448-2010- JNAC/RENIEC (20MAY2010), se aprobó el Reglamento de Organización y Funciones y la Estructura Orgánica del RENIEC; Que, en el acotado Reglamento de Organización y Funciones se han creado las Sub Gerencias de Auditoría Administrativa y Auditoría Operativa, unidades dependientes del Órgano de Control Institucional; Que, de acuerdo al informe del visto de la Sub Gerencia de Racionalización, se hace necesario actualizar el CAP vigente, entre otras, por las modifi caciones antes señaladas; Que, mediante el Decreto Supremo Nº 043-2004- PCM (18JUN2004), se aprobaron los lineamientos para la elaboración y aprobación del Cuadro para Asignación de Personal (CAP) de las Entidades de la Administración Pública, cuya fi nalidad es generar la aprobación de un CAP que contenga una correcta defi nición de los cargos, acorde con la estructura orgánica de la entidad y con los diseños y estructura de la Administración Pública que establece la Ley Nº 27658, Ley Marco de Modernización de la Gestión del Estado, con el objetivo de priorizar y optimizar el uso de los recursos públicos; Que, el artículo 16º del mencionado Decreto Supremo Nº 043-2004-PCM, establece que, las Entidades de la Administración Pública deberán modifi car el Cuadro para Asignación de Personal; cuando la Entidad haya sufrido modifi caciones en su ROF que conlleven cambios en sus funciones o en su estructura organizacional o por motivo de una acción de racionalización o mejoramiento de procesos; por motivo de reestructuración o reorganización aprobadas conforme a la normativa vigente ó por motivo de un reordenamiento de cargos que conlleve a una afectación de su Presupuesto Analítico de Personal – PAP, señalando además que, cuando se verifi que la existencia de cualquiera de los supuestos señalados, la Entidad se encontrará obligada a aprobar un nuevo CAP y que será aprobado por resolución del titular del pliego; Que, por otro lado, conforme a lo establecido en el artículo 6º de la Ley Nº 29091 y en los artículos 3º y 5º del Decreto Supremo Nº 004-2008-PCM, el funcionario responsable, a que refi ere el artículo 5º del Texto Único Ordenado la Ley Nº 27806 - Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, aprobado por Decreto Supremo Nº 043-2003-PCM, debe cumplir con la publicación de diversos documentos de gestión, entre ellos, el Cuadro para Asignación de Personal - CAP, al día siguiente de su aprobación; Estando a lo opinado por la Gerencia de Asesoría Jurídica y conforme a las atribuciones conferidas por la Ley Nº 26497 - Ley Orgánica del Registro Nacional de Identifi cación y Estado Civil y de acuerdo al Reglamento de Organización y Funciones vigente, aprobado por la Resolución Jefatural N° 448-2010-JNAC/RENIEC (20MAY2010); SE RESUELVE: Artículo Primero.- Dejar sin efecto la Resolución Jefatural Nº 086-2010-JNAC/RENIEC (10FEB2010) que aprobó el Cuadro para Asignación de Personal. 420112