Norma Legal Oficial del día 03 de junio del año 2010 (03/06/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 80

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, jueves 3 de junio de 2010

SERVICIO NACIONAL DE AREAS NATURALES PROTEGIDAS POR EL ESTADO
Formalizan la aprobacion del Plan Maestro de la Reserva Comunal El MORDAZA 2009 - 2013
(Se publican las siguientes Resoluciones a solicitud del Servicio Nacional de Areas Naturales Protegidas por el Estado mediante Oficio Nº 249-2010-SERNANP-OA, recibido el 2 de junio de 2010) RESOLUCION PRESIDENCIAL Nº 044-2009-SERNANP MORDAZA, 27 de febrero del 2009 VISTOS: El informe Nº 204-2008-INRENA-DOANP del 25.03.2008 que recomienda la aprobacion del Plan Maestro de la Reserva Comunal El MORDAZA alcanzada por el Presidente del Ejecutor del Contrato de Administracion ­ ECOSIRA ­ y el Jefe de la Reserva Comunal El MORDAZA con fecha 14 de Noviembre del 2007, y el Informe Nº 0152009-SERNANP-DDE del 11.02.2009. CONSIDERANDO: Que, el articulo 68º de la Constitucion Politica del Peru establece que es obligacion del Estado promover la conservacion de la diversidad biologica y de las Areas Naturales Protegidas; Que, mediante Decreto Supremo Nº 037-2001-AG, se establecio la Reserva Comunal El MORDAZA sobre una superficie de seiscientas dieciseis mil cuatrocientas trece hectareas y cuarenta y un metros cuadrados (616,413.41 ha.) y su MORDAZA de Amortiguamiento, establecida mediante Resolucion Jefatural Nº 304-2001-INRENA con una superficie alcanza un millon treinta y dos mil trescientos cuarenta (1'032,340 ha.) aproximadamente (calculo SIG). Esta ubicada en las provincias de Atalaya, MORDAZA Portillo, Oxapampa y Puerto MORDAZA en los departamentos de Ucayali, Pasco y MORDAZA respectivamente; Que, el objetivo de la Reserva Comunal El MORDAZA es conservar la diversidad biologica en beneficio de las comunidades nativas vecinas, cuya poblacion pertenece a los grupos etnicos Ashaninkas, Yanesha y ShipiboConibo; Que, segun lo previsto en el articulo 8º de la Ley de Areas Naturales Protegidas, dada por Ley Nº 26834, y el articulo 3º de su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 038-2001-AG, el Instituto Nacional de Recursos Naturales - INRENA es el ente rector o autoridad nacional competente del Sistema Nacional de Areas Naturales Protegidas por el Estado ­ SINANPE; Que, conforme a lo establecido en el numeral 2) de la MORDAZA Disposicion Complementaria Final del Decreto Legislativo Nº 1013, se creo el Servicio Nacional de Areas Naturales Protegidas por el Estado- SERNANP, como organismo publico tecnico especializado con personeria juridica de derecho publico interno, constituyendose en pliego presupuestal adscrito al Ministerio del Ambiente; Que, mediante numeral 3) de la Tercera Disposicion Complementaria Final del Decreto Legislativo senalado lineas arriba se aprueba la fusion de la Intendencia de Areas Naturales Protegidas ­ IANP - del INRENA - al SERNANP como organo adscrito al Ministerio del Ambiente, debiendo transferirse los bienes muebles e inmuebles, recursos, personal, acervo documentario, derechos, obligaciones, convenios, contratos, pasivos y activos del INRENA que correspondan al SERNANP; Que, la Ley de Areas Naturales Protegidas establece, en su articulo 18º, que las Areas Naturales Protegidas contaran con documentos de planificacion de caracter general y especificos por MORDAZA de recurso y actividad aprobados por el INRENA, ahora SERNANP, con participacion de los sectores correspondientes, los que

constituyen normas de observancia obligatoria para cualquier actividad que se desarrolle a su interior; Que, la Ley precitada, en su articulo 20º, establece igualmente que la autoridad nacional aprobara un Plan Maestro para cada Area Natural Protegida, el cual constituye el documento de planificacion de mas alto nivel de Areas Naturales Protegidas de administracion nacional, en el que se define la zonificacion, estrategias y politicas generales para la gestion del area; la organizacion, objetivos, planes especificos requeridos y programas de manejo; y, los MORDAZA de cooperacion, coordinacion y participacion relacionados al area y su MORDAZA de amortiguamiento; Que, la Estrategia Nacional para las Areas Naturales Protegidas - Plan Director, aprobada mediante Decreto Supremo Nº 010-99-AG, establece que los Planes Maestros seran elaborados por medio de un MORDAZA participativo y deben ser revisados cada cinco (05) anos; Que, asimismo, el Reglamento de la Ley de Areas Naturales Protegidas, en su articulo 37º, numeral 4), senala que el Plan Maestro es aprobado mediante Resolucion Jefatural del INRENA, con una vigencia de cinco (05) anos, a propuesta de la Direccion General de Areas Naturales Protegidas.; Que, el articulo 50º de la Resolucion de Intendencia Nº 019-2005-INRENA-IANP se aprueba el Regimen Especial para la Administracion de Reservas Comunales, establece que el Plan Maestro es aprobado por Resolucion Jefatural del INRENA, con la opinion favorable de los beneficiarios. Se considera que los beneficiarios han emitido opinion favorable, cuando esta ha sido manifestada por la mayoria de miembros del Ejecutor en Asamblea General por lo que la propuesta final del Plan Maestro debera estar acompanada de una MORDAZA legalizada del acta de Asamblea General de Miembros del Ejecutor. Una vez recibido el Plan Maestro y de no haber observaciones, se aprobara dentro de los noventa (90) dias de recibido; Que, mediante documento del 14.11.2007 el Jefe de la Reserva Comunal El MORDAZA y el presidente de ECOSIRA, presentaron a la IANP, la propuesta del Plan Maestro, elaborada sobre la base de los estudios tecnicos realizados, asi como del amplio MORDAZA participativo que involucro a la poblacion local y las instituciones publicas y privadas vinculadas a la conservacion del Area Natural Protegida y su MORDAZA de Amortiguamiento; Que, mediante Informe Nº 204-2008-INRENA-DOANP del 25.03.2008, la Direccion de Operaciones de la IANP manifiesta su conformidad con la citada propuesta, recomendando su aprobacion, habiendo transcurrido en exceso el plazo de 90 dias sin que hayan emitido observaciones por parte del INRENA en su oportunidad; Que, el Informe Nº 015-2009-SERNANP-DDE del 11.02.2009 recomienda formalizar la aprobacion del Plan Maestro de la Reserva Comunal El MORDAZA 2009-2013 en cumplimiento con lo establecido en el Regimen Especial de Reservas Comunales aprobado mediante Resolucion de Intendencia Nº 019-2005-INRENA-IANP; En uso de las facultades otorgadas mediante el literal m) del articulo 11º, del Reglamento de Organizacion y Funciones del SERNANP, aprobado por Decreto Supremo Nº 006-2008-MINAM; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Formalizar la aprobacion del Plan Maestro de la Reserva Comunal El MORDAZA 2009-2013, al haber transcurrido en exceso el plazo regulado en la Resolucion de Intendencia Nº 019-2005-INRENA-IANP de noventa (90) dias a partir de la MORDAZA del mismo sin que existan observaciones. Articulo 2º.- Las actividades que se realicen posteriormente a la presente aprobacion del Plan Maestro seran reguladas en MORDAZA con los objetivos y fines del area, y de lo normado por la Ley General del Ambiente, la Ley de Areas Naturales Protegidas, su Reglamento, el Plan Director de las Areas Naturales Protegidas y el Regimen Especial para la Administracion de Reservas Comunales, respetandose los derechos adquiridos previamente a la creacion de la Reserva Comunal El Sira. Articulo 3º.- Establecer la nueva delimitacion de la MORDAZA de Amortiguamiento, la misma que esta incluida en el Plan Maestro y se encuentra en la memoria descriptiva y en el mapa base que como anexo forma parte de la presente Resolucion.

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