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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 3 de junio de 2010 la conservación de la diversidad biológica y de las Áreas Naturales Protegidas; Que, el artículo 3º de la Ley Nº 26834 - Ley de Áreas Naturales Protegidas - establece que las Áreas Naturales Protegidas pueden ser, de administración nacional que conforman el Sistema Nacional de Áreas Naturales Protegidas por el Estado – SINANPE, de administración regional, denominadas Áreas de Conservación Regional, y de administración privada denominadas las Áreas de Conservación Privada; Que, de acuerdo a la Tercera Disposición Complementaria Final del Decreto Legislativo Nº 1013 se aprueba la fusión de la Intendencia de Áreas Naturales Protegidas - IANP - del Instituto Nacional de Recursos Naturales - INRENA con el Servicio Nacional de Áreas Naturales Protegidas por el Estado - SERNANP, siendo este último el ente incorporante, por lo que toda referencia hecha al INRENA o a la IANP en las competencias, funciones y atribuciones respecto a las Áreas Naturales Protegidas, se entenderá como efectuadas al SERNANP; Que, mediante Decreto Supremo Nº 027-2005-AG del 27 de Mayo del 2005, se estableció la Reserva Paisajística Subcuenca de Cotahuasi sobre una superfi cie de 490 550,00 ha está ubicada en la provincia de La Unión, departamento de Arequipa; Que, el objetivo de la Reserva Paisajística Subcuenca de Cotahuasi, es conservar los valores de diversidad biológica, cultural, paisajística y de ecosistemas, en una relación armoniosa entre las actividades económicas de la población y los recursos naturales, fomentando el desarrollo sostenible de la cuenca del Cotahuasi, que constituyen una muestra de la diversidad biológica de los Andes Occidentales; Que, la Ley Nº 26834, Ley de Áreas Naturales Protegidas, establece en su artículo 18º, que las Áreas Naturales Protegidas contarán con documentos de planifi cación de carácter general y específi cos por tipo de recurso y actividad aprobados por el SERNANP, con participación de los sectores correspondientes, los que constituyen normas de observancia obligatoria para cualquier actividad que se desarrolle a su interior; Que, Ley Nº 26834, en su artículo 20º, establece igualmente que la autoridad nacional aprobará un Plan Maestro para cada Área Natural Protegida, el cual constituye el documento de planifi cación de más alto nivel de las mismas, en éste se defi ne la zonifi cación, estrategias y políticas generales para la gestión del área; Que, la Estrategia Nacional para las Áreas Naturales Protegidas - Plan Director, aprobada mediante Decreto Supremo Nº 016-2009-MINAM, dispone que los Planes Maestros serán elaborados por medio de un proceso participativo y deben ser revisados cada cinco (05) años; Que, asimismo, el Reglamento de la Ley de Áreas Naturales Protegidas, en su artículo 37º, numeral 4), señala que el Plan Maestro es aprobado mediante Resolución Jefatural del INRENA, con una vigencia de cinco (05) años, a propuesta de la Dirección General de Áreas Naturales Protegidas; Que, el proceso de elaboración del Plan Maestro de la Reserva Paisajística Subcuenca del Cotahuasi se inició en el mes de marzo del año 2007, aprobándose los Términos de Referencia por Resolución de Intendencia Nº 011-2007-INRENA-IANP del 02 de marzo del mismo año; Que, corresponde proseguir el referido proceso aplicando la normativa vigente al momento en que se inició el proceso para la aprobación del Plan Maestro, en aplicación del Artículo 103º de la Constitución Política del Perú, el cual señala que la Ley se aplica desde su entrada en vigencia a las consecuencias de las relaciones y situaciones jurídicas existentes y no tiene fuerza ni efectos retroactivos; salvo, en materia penal; Que, en el Informe Nº 147-2009-SERNANP- DDE/DGANP del 16 de septiembre del 2009 da la conformidad para la aprobación del Plan Maestro de la Reserva Paisajística Subcuenca del Cotahuasi 2009- 2013, precisando que ha sido elaborado de acuerdo a lo establecido en la Ley de Áreas Naturales Protegidas y su Reglamento, y la Guía Metodológica para la elaboración de Planes Maestros de las Áreas Naturales Protegidas aprobada por Resolución de Intendencia Nº 029-2005- INRENA-IANP, así como en los Términos de Referencia aprobados; En uso de las facultades otorgadas mediante el literal m) del artículo 11º, del Reglamento de Organización y Funciones del SERNANP, aprobado por Decreto Supremo Nº 006-2008-MINAM; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar el Plan Maestro 2009 – 2013 de la Reserva Paisajística Subcuenca de Cotahuasi. Artículo 2º.- Establecer la delimitación de la Zona de Amortiguamiento, que está incluida en el Plan Maestro, y se encuentra incluida en la memoria descriptiva y el mapa base que en anexo forma parte de la presente Resolución. La versión ofi cial digital de los límites se encuentra en el SERNANP y se constituye en lo sucesivo como el documento ofi cial al que deberá recurrirse en materia de ordenamiento territorial. Artículo 3º.- Disponer que el Plan Maestro de la Reserva Paisajística Subcuenca de Cotahuasi adjunto a la presente Resolución sea publicado en la página web institucional: www.sernanp.gob.pe. Artículo 4º.- Encargar a la Dirección de Gestión de Áreas Naturales Protegidas velar por la implementación del referido Plan Maestro. Regístrese y comuníquese. LUIS ALFARO LOZANO Jefe Servicio Nacional de Áreas Naturales Protegidas por el Estado 501903-4 Aprueban Plan Maestro de la Reserva Nacional Pacaya Samiria por el período 2009 - 2014 RESOLUCIÓN PRESIDENCIAL Nº 173-2009-SERNANP Lima, 24 de septiembre del 2009 VISTO: El Informe Nº 152-2009-SERNANP-DDE/DGANP del 22 de septiembre del 2009, en el cual se da la conformidad para la aprobación del Plan Maestro de la Reserva Nacional Pacaya Samiria. CONSIDERANDO: Que, el artículo 68º de la Constitución Política del Perú establece que es obligación del Estado promover la conservación de la diversidad biológica y de las Áreas Naturales Protegidas; Que, el artículo 3º de la Ley Nº 26834 - Ley de Áreas Naturales Protegidas - establece que las Áreas Naturales Protegidas pueden ser, de administración nacional que conforman el Sistema Nacional de Áreas Naturales Protegidas por el Estado – SINANPE, de administración regional, denominadas Áreas de Conservación Regional, y de administración privada denominadas Áreas de Conservación Privada; Que, de acuerdo a la Tercera Disposición Complementaria Final del Decreto Legislativo 1013 se aprueba la fusión de la Intendencia de Áreas Naturales Protegidas - IANP - del Instituto Nacional de Recursos Naturales - INRENA con el Servicio Nacional de Áreas Naturales Protegidas por el Estado - SERNANP, siendo este último el ente incorporante, por lo que toda referencia hecha al INRENA o a la IANP en las competencias, funciones y atribuciones respecto a las Áreas Naturales Protegidas, se entenderá como efectuadas al SERNANP; Que, la Ley Nº 26834, Ley de Áreas Naturales Protegidas, establece en su artículo 18º, que las Áreas Naturales Protegidas contarán con documentos de planifi cación de carácter general y específi cos por tipo de recurso y actividad aprobados por el SERNANP, con participación de los sectores correspondientes, los que constituyen normas de observancia obligatoria para cualquier actividad que se desarrolle a su interior; Que, la Ley Nº 26834, en su artículo 20º, establece igualmente que la autoridad nacional aprobará un Plan Maestro para cada Área Natural Protegida, el cual constituye el documento de planifi cación de más alto nivel de las mismas, en éste se defi ne la zonifi cación, 420105