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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 20 DE JUNIO DEL AÑO 2010 (20/06/2010)

CANTIDAD DE PAGINAS: 40

TEXTO PAGINA: 33

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 20 de junio de 2010 420951 RESUELVE: Artículo Primero.- Autorizar la inscripción del señor Luis Ricardo Carranza Gamboa con matrícula Nº N-4007 en el Registro del Sistema de Seguros, Sección II De los Corredores de Seguros: A. Personas Naturales punto 3.- Corredores de Seguros Generales y de Vida, que lleva esta Superintendencia. Artículo Segundo.- La presente Resolución entra en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese. ARMANDO CÁCERES VALDERRAMA Superintendente Adjunto de Seguros 509070-1 Autorizan viaje de profesionales a Colombia para participar en evento sobre lavado de dinero RESOLUCIÓN SBS Nº 6349-2010 Lima, 18 de junio de 2010 EL SUPERINTENDENTE DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES VISTA: La invitación cursada por la Cámara de Comercio Colombo – Americana y el Grupo Bancolombia, con el fi n de participar en el Encuentro Antilavado de Dinero: La Administración del Riesgo del Lavado de Activos y Financiamiento del Terrorismo (LA/FT), Un Compromiso de Todos, el mismo que se llevará a cabo entre el 21 y 25 de Junio de 2010, en la ciudad de Medellín, República de Colombia; CONSIDERANDO: Que, el mencionado evento tiene como objetivo principal efectuar, presentar y analizar los elementos normativos y los instrumentos de mayor relevancia en el ámbito nacional e internacional para la prevención y el control del riesgo del Lavado de Activos y Financiamiento del Terrorismo (LA/FT). Asimismo, en él se plantearán retos que permitan fortalecer el eje del modelo corporativo y gestión de control, y así lograr un mayor entendimiento en relación con la exposición al riesgo del Lavado de Activos y el Financiamiento del Terrorismo; Que, en atención a la invitación cursada y en tanto los temas a tratar en el indicado evento de capacitación serán de utilidad y aplicación directa para la institución en lo que se refi ere a las actividades de supervisión de Lavado de Activos y Financiamiento del Terrorismo, así como para conocer los avances de las herramientas para el monitoreo de factores de riesgo y detección de alertas y operaciones inusuales para la prevención del lavado de activos y fi nanciamiento del terrorismo, que es función de esta Superintendencia, se ha considerado conveniente designar a la señora Norma Guillermina Talavera Arana, Jefe de Supervisión de Inspecciones, al señor Dmitri Koukharev, Supervisor Principal de Riesgo de Lavado de Activos y Financiamiento del Terrorismo II, a la señora Farida Saraid Paredes Falconi, Supervisor de Riesgo Lavado de Activos y Financiamiento del Terrorismo II y a la señora Janice Mariel Ojeda Calderón, Inspector de Banca, para que participen en el referido encuentro; Que, la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones, mediante Directiva SBS-DIR-ADM-085-13, ha dictado una serie de Medidas Complementarias de Austeridad en el Gasto para el ejercicio 2010, estableciéndose en el Numeral 4.2.1., que se autorizarán los viajes al exterior de los funcionarios de la SBS para participar en eventos de interés para la institución; Que, en consecuencia es necesario autorizar el viaje de los citados funcionarios para participar en el indicado evento, cuyos gastos por concepto de pasaje aéreo, viáticos y Tarifa CORPAC serán cubiertos por esta Superintendencia con cargo al Presupuesto correspondiente al ejercicio 2010; y, En uso de las facultades que le confi ere la Ley Nº 26702 “Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros”, y de conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27619, el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM y en virtud a la Directiva Nº SBS-DIR-ADM-085-13, sobre Medidas Complementarias de Austeridad en el Gasto para el ejercicio 2010; RESUELVE: Artículo Primero.- Autorizar el viaje de la señora Norma Guillermina Talavera Arana, Jefe de Supervisión de Inspecciones, al señor Dmitri Koukharev, Supervisor Principal de Riesgo de Lavado de Activos y Financiamiento del Terrorismo II, a la señora Farida Saraid Paredes Falconi, Supervisor de Riesgo Lavado de Activos y Financiamiento del Terrorismo II y a la señora Janice Mariel Ojeda Calderón, Inspector de Banca, a la ciudad de Medellín, República de Colombia del 20 de junio al 26 de junio de 2010, para los fi nes expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo Segundo.- Los citados profesionales, dentro de los 15 (quince) días calendario siguientes a su reincorporación, deberán presentar ante el Superintendente de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones un informe detallado describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado. Artículo Tercero.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente autorización por concepto de pasaje aéreo, viáticos y Tarifa CORPAC serán cubiertos por esta Superintendencia con cargo al Presupuesto correspondiente al ejercicio 2010, de acuerdo al siguiente detalle: Pasajes aéreos US$ 2,939.30 Viáticos US$ 4,800.00 Tarifa CORPAC US$ 124.00 Artículo Cuarto.- La presente Resolución no otorga derecho a exoneración o liberación de impuestos de Aduana de cualquier clase o denominación a favor de los profesionales cuyo viaje se autoriza. Regístrese, comuníquese y publíquese. FELIPE TAM FOX Superintendente de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones 509682-1 Establecen estándares mínimos de contenido de información que las AFP deberán observar en la orientación a potenciales pensionistas Lima, 18 de Junio de 2010 CIRCULAR N° AFP- 113 -2010 -------------------------------------------------- Ref.: Estándar mínimo de contenido de información en la orientación a potenciales pensionistas. Módulo III: Sobrevivencia y Gastos de Sepelio en el SPP. -------------------------------------------------- Señor Gerente General: Sírvase tomar conocimiento que, en uso de las atribuciones conferidas por el numeral 9 del artículo 349° de la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros, Ley Nº 26702 y sus modifi catorias, la Tercera Disposición Final y Transitoria del Reglamento del Texto Único Ordenado de la Ley del Sistema Privado de Administración de Fondos de Pensiones (SPP), aprobado