Norma Legal Oficial del día 18 de marzo del año 2010 (18/03/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 51

El Peruano MORDAZA, jueves 18 de marzo de 2010

NORMAS LEGALES

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licencias, derechos y contribuciones, dentro de los limites establecidos por ley." Que, el Articulo 233° del Codigo Civil senala que la situacion juridica de la familia debe ser normada con la finalidad de contribuir a la consolidacion y su fortalecimiento en MORDAZA con los preceptos constitucionales; el Articulo 259° del Codigo Civil establece que, el matrimonio se celebra en la municipalidad, publicamente ante el MORDAZA que ha recibido la declaracion, compareciendo los contrayentes en presencia de los testigos mayores de edad y vecinos del lugar." Que, de acuerdo a lo dispuesto en el articulo 4° de la Constitucion Politica del Estado, es deber del Estado en general el proteger a la familia y promover el matrimonio, en su condicion de instituciones naturales y fundamentales de la sociedad; Que, en nuestro Distrito se registra un alto numero de parejas y/o familias que conviven sin haber regularizado su estado civil, debido en muchos casos a que no pueden asumir los costos que representan los tramites de la Municipalidad, situacion que definitivamente perjudica a las familias de hecho; Que, para poder ayudar a formalizar el estado civil de muchas parejas del Distrito, es necesario realizar un Matrimonio Civil rebajando los costos ordinarios establecidos en el MORDAZA, a traves de un evento Comunitario; por tanto se requiere establecer el costo del derecho de tramite, modificando para estos efectos el ya establecido en el MORDAZA, a fin de proporcionarle a los contrayentes las facilidades del caso, debiendo tener en cuenta, que la mayoria de contrayentes es por la carencia de recursos economicos que no han podido formalizar su union; Que, es politica de esta gestion el de realizar diversas acciones dirigidas a lograr el fortalecimiento de la Institucion Municipal en todo el ambito de su jurisdiccion y buscar el bienestar de la comunidad del Distrito de Carabayllo, promoviendo para ello el fortalecimiento de la familia y la sociedad a traves de la formalizacion de las uniones de hecho, de parejas que por motivos economicos y/o de otra indole mantienen un estado de concubinato indefinido, correspondiendo a los Gobiernos Locales el promover campanas de MATRIMONIO CIVIL COMUNITARIO; y, habiendo la propuesta del area de Registro Civil de la Secretaria General, de realizar un matrimonio civil comunitario para el dia 08 de MORDAZA de este ano, con la finalidad de procurar que dichas personas formalicen su estado civil; Estando a lo expuesto; y, a las atribuciones conferidas en los numerales 8 y 9 del Articulo 9° de la Ley Organica de Municipalidades ­ Ley Nº 27972, en concordancia con el MORDAZA parrafo del articulo 40° del mismo cuerpo de ley; y con el MORDAZA UNANIME del Concejo Municipal con dispensa de la aprobacion y lectura de actas, se aprobo la siguiente: ORDENANZA QUE DISPONDE LA CELEBRACION DE MATRIMONIO CIVIL COMUNITARIO PARA EL DIA 08 DE MORDAZA DEL 2010 Articulo Primero.- AUTORICESE la Celebracion del MATRIMONIO CIVIL COMUNITARIO, que se llevara a cabo el dia 08 de MORDAZA del 2010 a las 14 horas en los ambientes de la Piscina Municipal del Complejo Deportivo "Ricardo Palma" ubicado en la Urbanizacion MORDAZA MORDAZA del Distrito de Carabayllo, estableciendose como plazo MORDAZA de MORDAZA de expedientes el dia 04 de MORDAZA del 2010. Articulo Segundo.- ESTABLEZCASE que los contrayentes abonen como pago por pliego matrimonial y Derecho de Ceremonia, el importe de CINCUENTA NUEVOS SOLES (S/.50.00). Articulo Tercero.- DISPONER que para la realizacion de esta ceremonia, los contrayentes cumplan previamente con presentar los siguientes requisitos: - MORDAZA certificada de la Partida de Nacimiento actualizada de cada contrayente; - Certificado de solteria de ambos contrayentes o MORDAZA certificada de la Partida de Defuncion del conyuge anterior o MORDAZA certificada de la sentencia de divorcio o de invalidacion del matrimonio anterior o el certificado consular de solteria o viudez segun sea el caso o en todo caso la Partida de Matrimonio con la inscripcion de la orden judicial de disolucion del vinculo matrimonial.

- Certificado medico de ambos contrayentes; - Certificado domiciliario de ambos contrayentes; - MORDAZA del documento nacional de identidad de ambos contrayentes; - MORDAZA de los documentos de identidad de los (2) testigos; - Pago del derecho respectivo. Articulo Cuarto.- DISPENSAR de la publicacion de los Edictos a los futuros contrayentes que hayan cumplido con la MORDAZA de la documentacion completa, establecida como requisito previo y que se encuentren aptos para contraer matrimonio; al MORDAZA de la facultad conferida en el Articulo 252° del Codigo Civil. Articulo Quinto.- EXONERASE a los contrayentes de las tasas correspondientes a la dispensa de la publicacion de sus edictos matrimoniales. Articulo Sexto.- DISPONER la publicacion de la presente Ordenanza en el Diario Oficial El Peruano Articulo Quinto.- ENCARGAR el cumplimiento de la presente Ordenanza a la Gerencia Municipal, Secretaria General, Gerencia de Administracion y Finanzas, Subgerencia de Logistica y Control Patrimonial Subgerencia de Imagen Institucional. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 469644-2

MUNICIPALIDAD DE EL MORDAZA
Aprueban adjudicacion directa de la iniciativa privada "Boulevard Comercial Los Parques de El Agustino" a favor de persona juridica
ACUERDO DE CONCEJO Nº 016-2010-SEGE-06-MDEA El MORDAZA, 4 de marzo de 2010 EL CONCEJO MUNICIPAL DE EL MORDAZA VISTO: En sesion ordinaria de la fecha, el Dictamen Nº 03-2009-CPDU-MDEA, de la Comision Permanente de Desarrollo MORDAZA, Informe Nº 001 y 002-2010-CIP-MDEA, de la Comision de Iniciativa Privada, Informe Nº 098-2010/ GDU-MDEA e Informe Nº 135-2010-GAJ-MDEA; y, CONSIDERANDO: Que, mediante acuerdo de Concejo Nº 097-2009-SEGE06-MDEA, de fecha 09 de Octubre del 2009, se declara de interes la iniciativa de inversion privada presentada por la Empresa Fashion Center S.A., denominada "Boulevard Comercial Los Parques de El Agustino", la misma que se encuentra ubicada en la Mz. "G" del Conjunto Urbanistico Los Parques de El MORDAZA con un derecho de superficie respecto al area total de la Manzana "G" de 4,663 m2 e inscrita en la Partida Nº 12219228, del Registro de Predios de los Registros Publicos de MORDAZA, de propiedad de la Municipalidad de El Agustino. Que, de acuerdo a lo senalado en el primer considerando y en aplicacion al Art. 16º del Decreto Legislativo Nº 1012, Ley MORDAZA de Asociaciones Publico-Privada, para la Generacion de Empleo Productivo y Dicta Normas para la Agilizacion de los Procesos de Promocion de la Inversion Privada; se publico con fecha 18 de noviembre del 2009, en el Diario Oficial El Peruano y en otro de circulacion nacional la declaracion de interes y resumen ejecutivo de la iniciativa de inversion privada "Boulevard Comercial Los Parques de El Agustino", otorgandose un plazo de 90 dias calendarios para que los interesados, presenten expresion de interes respecto a la ejecucion del mismo.

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