Norma Legal Oficial del día 18 de marzo del año 2010 (18/03/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 34

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, jueves 18 de marzo de 2010

desaprobacion del Proyecto, autorizacion o denegatoria de funcionamiento provisional, previa evaluacion, verificacion y cumplimiento efectivo de los requisitos y condiciones en la Ley Nº 26439 y el presente reglamento. Que, en el articulo 5º del Reglamento, se establece: "El tramite de una solicitud para la autorizacion de funcionamiento provisional de Escuelas de Postgrado, tiene cinco (5) fases, entre ellas: b) Evaluacion del Proyecto de Desarrollo de la Escuela de Postgrado - PDEP; Que, en el articulo 10º del Reglamento, se establece: "El procedimiento se inicia con la MORDAZA de la solicitud de autorizacion de funcionamiento de la Escuela de Postgrado ante el CONAFU, previo pago de la tasa administrativa para la calificacion de admision a tramite de la solicitud, de acuerdo al MORDAZA vigente. La Unidad de Recepcion del CONAFU, revisara si la solicitud reune los requisitos de admisibilidad y que el expediente ha sido adecuadamente conformado, haciendo constar en el formato de "Hoja de Tramite" la existencia de cada uno de los documentos adjuntados y debidamente foliados. Si faltara algun requisito o documento, lo MORDAZA constar en el formato "Hoja de Tramite", senalando e informando al administrado que dispone de dos dias habiles (48 horas) para completar el expediente, bajo sancion de tenerse por no presentada la solicitud, procediendo a devolverse el expediente al administrado. Si el expediente se encuentra conforme la Secretaria General remitira la Parte "a)" a la consejeria de Asuntos Academicos y la Parte "b)" a la Comision Juridica, quienes dispondran de cinco (5) dias calendario para evaluar si los requisitos formales de admisibilidad se ajustan a las normas del CONAFU. Si los informes son favorables, se iniciara el procedimiento corriendo los plazos y terminos establecidos en el presente reglamento; si el Informe fuera desfavorable se otorgara a la Promotora el plazo de cinco (5) dias habiles para que subsane las deficiencias de admisibilidad encontradas o en su defecto se expedira la resolucion que declara su inadmisibilidad"; Que, con Carta s/n recibida con fecha 23 de marzo de 2009, el senor MORDAZA MORDAZA Degregori Caso, Director del Instituto de Estudios Peruanos remite el Proyecto de Escuela de Postgrado "Instituto de Estudios Peruanos", para su evaluacion y aprobacion por el CONAFU; Que, en el articulo 11º del Reglamento, se establece: "Con los dictamenes favorables la Secretaria General solicitara a la Promotora el pago de la tasa administrativa para la evaluacion del Proyecto, de acuerdo al MORDAZA vigente, programando una entrevista de los promotores y miembros del Consejo Directivo propuesto con los Consejeros del CONAFU, con la finalidad de conocer, sobre su hoja de MORDAZA documentada, su vinculacion con la actividad academica, su identificacion y compromiso con el Proyecto de Desarrollo Institucional. Luego el expediente sera puesto en consideracion del Pleno del CONAFU para su admision a tramite"; Que, por Resolucion N° 236-2009-CONAFU de fecha 29 de MORDAZA de 2009, se resuelve: Admitir a tramite la solicitud de autorizacion de funcionamiento provisional del Proyecto de Escuela de Postgrado "Instituto de Estudios Peruanos", presentado por el senor MORDAZA MORDAZA Degregori Caso, Director de la Promotora del referido Proyecto de Escuela de Postgrado; con la MORDAZA Profesional de Maestria en Ciencias Sociales; Que, en el articulo 13º del Reglamento, se establece: "El pleno nombra la Comision Calificadora del Proyecto de la Escuela de Postgrado, dicha comision estara conformada por tres (3) miembros; dos (2) Consejeros en calidad de Presidente y Secretario, respectivamente, y un (1) docente en calidad de Vocal. El docente debe ser Profesor Principal, con el grado de Magister o Doctor; y debidamente capacitado en evaluacion de instituciones educativas universitarias"; Que, por Resolucion N° 236-2009-CONAFU de fecha 29 de MORDAZA de 2009, se resuelve: Conformar la Comision Calificadora encargada de evaluar el Proyecto de Desarrollo Institucional del Proyecto de Escuela de Postgrado "Instituto de Estudios Peruanos"; la misma que se encuentra integrada por los siguientes profesionales: MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ascuna, MORDAZA MORDAZA MORDAZA Azanero y MORDAZA MORDAZA Castaneda Castaneda, en calidad de Presidente, Secretario y Vocal, respectivamente; Que, en el articulo 17º del Reglamento, se establece: "El Informe Final debe contener informaciones como consecuencia del analisis de cada uno de los aspectos del PDEP, acorde al articulo 9º, siendo necesario el

cumplimiento del 100% de los indicadores considerados en las tablas. Que, en el articulo 18º del Reglamento, se establece: "El Informe Final debe incluir las recomendaciones para el pronunciamiento del CONAFU en relacion con el PDEP presentado con la solicitud para lograr Autorizacion Provisional de Funcionamiento de la Escuela de Postgrado, las que se sujetaran a cualquiera de las alternativas siguientes: a) Aprobar el Proyecto de Desarrollo de la Escuela de Postgrado presentado por la Promotora"; Que, con Oficio N°001-2010-CONAFU-LECA-CC recibido con fecha 19 de enero de 2010, el doctor MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ascuna, Presidente de la Comision Calificadora encargada de evaluar el Proyecto de Desarrollo Institucional del Proyecto de Escuela de Postgrado "Instituto de Estudios Peruanos"; presenta el Informe Final realizado por la Comision al mencionado Proyecto de Escuela de Posgrado; manifestando en dicho Informe que el PDEP presentado fue elaborado con coherencia, congruencia y pertinencia obteniendo un puntaje en el PDI de 211 puntos que equivale a un 87.91 % del 100%; en el Programa de Maestria de Ciencias Sociales ha obtenido en puntaje de 81 puntos que equivale al 90 % del 100%; por lo que recomienda se apruebe el Plan de Desarrollo Institucional del Proyecto de Escuela de Posgrado Institutos de Estudio Peruanos con el Programa de Ciencias Sociales; Que, por Oficio N° 0129-2010-CONAFU-CDAA de fecha 09 de febrero de 2010, el Consejero de Asuntos Academicos informa que el Presidente de la Comision Calificadora encargada de evaluar el Proyecto de Desarrollo Institucional del Proyecto de Escuela de Postgrado "Instituto de Estudios Peruanos"; presenta el Informe Final realizado por la Comision al mencionado Proyecto de Escuela de Posgrado; indicando que el Proyecto sobrepasa el porcentaje minimo requerido para su aprobacion de conformidad con el articulo 30° del Reglamento aprobado por Resolucion N° 196-2004CONAFU, por lo que se recomienda que el Pleno del CONAFU apruebe el Plan de Desarrollo Institucional del Proyecto de Escuela de Posgrado de Escuela de Posgrado Instituto de Estudios Peruanos con el Programa de Maestria en Ciencias Sociales; Que, en el articulo 19º del Reglamento, se establece: "El Pleno del CONAFU se pronunciara en el termino de quince (15) dias calendario, a partir de la recepcion del Informe Final de la Comision Calificadora, sobre el PDEP presentado, aprobando o desaprobando el Proyecto de la Escuela de Postgrado"; Que, en sesion de fecha 22 de febrero de 2010, el Pleno del CONAFU por Acuerdo Nº 059-2010-CONAFU acordo por UNANIMIDAD: Aprobar el Proyecto de Desarrollo Institucional del Proyecto de Escuela de Posgrado de Escuela de Posgrado Instituto de Estudios Peruanos con el Programa de Maestria en Ciencias Sociales; En atencion a lo expuesto en los considerandos precedentes, y en cumplimiento del articulo 38º inciso d) y e) de Estatuto del CONAFU; SE RESUELVE: Articulo Primero.- APROBAR el Proyecto de Desarrollo Institucional del Proyecto de Escuela de Posgrado de Escuela de Posgrado Instituto de Estudios Peruanos con el Programa de Maestria en Ciencias Sociales. Articulo Segundo.- REQUERIR a la Promotora del Proyecto de Desarrollo Institucional del Proyecto de Escuela de Posgrado de Escuela de Posgrado Instituto de Estudios Peruanos, el cumplimiento de los articulos 20º del Reglamento aprobado por Resolucion Nº 534-2008CONAFU. Articulo Tercero.- HACER de conocimiento a la Asamblea Nacional de Rectores de la presente Resolucion para los tramites administrativos correspondientes. Registrese, comuniquese, publiquese y archivese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA ASCUNA Presidente MORDAZA LUZ MORDAZA MORDAZA Secretaria General 469598-3

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