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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 24 DE MARZO DEL AÑO 2010 (24/03/2010)

CANTIDAD DE PAGINAS: 88

TEXTO PAGINA: 37

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 24 de marzo de 2010 416055 6. RAMIREZ MAYNETTO, JANETTE ELKE 7. SALAZAR DIAZ, DAMMAR 8. SALAZAR ROMERO, CARLOS AUGUSTO 9. SEMINARIO ZAVALA, PATRICIA MERCEDES 10. SILVA DAVILA, JORGE ENRIQUE 11. ZUMAETA GIUDICHI, MARTIN Artículo 2º.- Desígnese, con efectividad al 20 de mayo de 2010, a la abogada MÓNICA YADIRA YAYA LUYO como vocal del Tribunal de Contrataciones del Estado del Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado - OSCE. Artículo 3º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por la Ministra de Economía y Finanzas. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República JOSÉ ANTONIO CHANG ESCOBEDO Ministro de Educación Encargado del Despacho del Ministerio de Economía y Finanzas 472561-4 EDUCACION Aprueban “Normas sobre las acciones educativas preventivas ante la Influenza (H1N1) en las instituciones educativas públicas y privadas” RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL Nº 0017-2010-ED Lima, 22 de marzo de 2010 CONSIDERANDO: Que, de conformidad con el artículo 79º de la Ley Nº 28044, Ley General de Educación, el Ministerio de Educación es el órgano de Gobierno Nacional que tiene por fi nalidad defi nir, dirigir y articular la política de educación, cultura, recreación y deporte, en concordancia con la política general del Estado; Que, la Resolución Ministerial Nº 440-2008-ED que aprueba el Diseño Curricular Nacional, establece como propósito de la educación, el desarrollo corporal y conservación de la salud física y mental de los estudiantes, lo que implica el desarrollo de actitudes positivas, mediante la práctica sistemática de hábitos y actividades que favorezcan un desarrollo integral saludable (físico, mental y socioemocional), que propicie el descubrimiento y manejo de todo su cuerpo y el gradual perfeccionamiento de su psicomotricidad. Asimismo, señala que la “Educación en Gestión del Riesgo y Conciencia Ambiental” es tema transversal a desarrollarse en la Educación Básica Regular; Que, la Resolución Ministerial Nº 341-2009-ED que aprueba la Directiva para el desarrollo del año escolar 2010 en las instituciones educativas de Educación Básica y Técnico Productiva, establece que las instituciones educativas deben realizar acciones a fi n de contribuir con la prevención de la Infl uenza, priorizar la importancia del lavado de manos y la difusión de las medidas preventivas que señala la Resolución Vice Ministerial Nº 022-2009- ED; Que, de conformidad con el artículo 42º del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación aprobado por el Decreto Supremo Nº 006-2006-ED y sus modifi catorias, la Dirección de Educación Comunitaria y Ambiental es responsable de normar y coordinar la educación ambiental para el desarrollo sostenible, la conservación, el aprovechamiento de los ecosistemas, la gestión de riesgos y prevención de desastres; así como formular y proponer lineamientos para la promoción de la persona y estilos de vida saludables; Que, mediante el Ofi cio Nº 0266-2010-DVM/MINSA, el Ministerio de Salud remite al Ministerio de Educación, las recomendaciones para la prevención de la Pandemia de Infl uenza A (H1N1) para el inicio del año escolar 2010; Que, en tal sentido, la Dirección de Educación Comunitaria y Ambiental elaboró las Normas sobre las acciones educativas preventivas ante la Infl uenza A (H1N1) en las instituciones educativas públicas y privadas, en el marco de la educación en gestión de riesgos y conciencia ambiental; De conformidad con el Decreto Ley Nº 25762, modifi cado por la Ley Nº 26510 y el Decreto Supremo Nº 006-2006-ED y sus modifi catorias; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar las “Normas sobre las acciones educativas preventivas ante la Infl uenza A (H1N1) en las instituciones educativas públicas y privadas”, las mismas que forman parte integrante de la presente Resolución. Artículo 2º.- Encargar a la Dirección de Educación Comunitaria y Ambiental, así como a las Direcciones Regionales de Educación, Unidades de Gestión Educativa Local e Instituciones Educativas, la responsabilidad de velar por la correcta interpretación y aplicación de lo dispuesto en la presente Resolución. Artículo 3º.- Disponer que las normas aprobadas en el artículo 1º de la presente resolución, sean publicadas en el Portal Electrónico del Ministerio de Educación www. minedu.gob.pe, en la misma fecha de la publicación ofi cial. Regístrese, comuníquese y publíquese. IDEL VEXLER T. Viceministro de Gestión Pedagógica 472049-1 ENERGIA Y MINAS Otorgan concesión definitiva a favor de Minsur S.A. para desarrollar la actividad de transmisión de energía eléctrica en línea de transmisión ubicada en el departamento de Tacna RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 034-2010-EM Lima, 23 de marzo de 2010 VISTO: El Expediente Nº 14176409, sobre otorgamiento de concesión defi nitiva para desarrollar la actividad de transmisión de energía eléctrica, presentada por Minsur S.A., inscrita en la Partida Nº 01141929 del Registro de Personas Jurídicas, Zona Registral Nº IX Sede Lima, Ofi cina Registral de Lima; CONSIDERANDO: Que, la solicitud de concesión defi nitiva para desarrollar la actividad de transmisión de energía eléctrica comprende la Línea de Transmisión en 66 kV S.E. Los Héroes - S.E. Pucamarca, Subestaciones de Potencia y Líneas Primarias, ubicada en los distritos de Palca, Pachia, Ciudad Nueva, Alto de la Alianza y Tacna, provincia y departamento de Tacna, cuyas coordenadas UTM (PSAD56) fi guran en el Expediente; Que, mediante Resolución Directoral Nº 256- 2009-MEM/AAM, de fecha 21 de agosto 2009 y su correspondiente Informe Nº 977-2009-MEM-AAM/WAL/ JCV/EAF/MES/MPC/JRST/ACS/ADA, la Dirección General de Asuntos Ambientales Mineros del Ministerio de Energía y Minas aprobó el Estudio de Impacto Ambiental (EIA) del Proyecto Minero Pucamarca, donde se encuentra incluido la Línea de Transmisión en 66 kV S.E. Los Héroes - S.E. Pucamarca, Subestaciones de Potencia y Líneas Primarias; Que, la petición está amparada en las disposiciones contenidas en el artículo 25º del Decreto Ley Nº 25844, Ley de Concesiones Eléctricas, y en los artículos pertinentes de su Reglamento, aprobado por el Decreto Supremo Nº