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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 24 DE MARZO DEL AÑO 2010 (24/03/2010)

CANTIDAD DE PAGINAS: 88

TEXTO PAGINA: 36

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 24 de marzo de 2010 416054 gestión integral y sostenible de los recursos hídricos”; del mismo modo, el artículo 73º establece que “Los cuerpos de agua pueden ser clasifi cados por la Autoridad Nacional teniendo en cuenta la cantidad y calidad del agua, consideraciones hidrográfi cas, las necesidades de las poblaciones locales y otras razones técnicas que establezca”; Que, mediante la Resolución Jefatural Nº 291-2009- ANA, publicada en el Diario Ofi cial El Peruano con fecha 02-06-2009, se dictaron disposiciones referidas al otorgamiento de autorizaciones de vertimientos y reúsos de aguas residuales tratadas; estableciéndose en su artículo 4º, la clasifi cación de la calidad de los cuerpos de agua en general, sean terrestres o marítimas, de acuerdo a su uso; sirviendo ello, para la aplicación de los artículos 1º, 2º y 3º de la antes citada Resolución Jefatural; manteniendo vigencia, dicha clasifi cación, hasta el 31 de marzo de 2010; Que, mediante Decreto Supremo Nº 002-2008- MINAM, publicado en el Diario Ofi cial El Peruano con fecha 31-07-2008, el Ministerio del Ambiente, aprobó los Estándares Nacionales de Calidad Ambiental para el Agua; estableciéndose que ellos son aplicables a los cuerpos de agua del territorio nacional en su estado natural y son obligatorios en el diseño de normas legales y las políticas públicas siendo un referente obligatorio en el diseño y aplicación de todos los instrumentos de gestión ambiental; Que, asimismo, el Decreto Supremo Nº 023-2009- MINAM, en su artículo 8.1 establece que a partir del 1 de abril del 2010, los Estándares Nacionales de Calidad Ambiental para Agua, son referente obligatorio para el otorgamiento de las Autorizaciones de Vertimiento; y en su artículo 3.1 indica que la Autoridad Nacional del Agua, a efecto de asignar la categoría a los cuerpos de agua respecto a su calidad, deberá utilizar las categorías establecidas en los ECA para agua vigentes; Que, en el documento del visto, la Dirección de Conservación y Planeamiento de Recursos Hídricos, propone que la clasifi cación de los cuerpos de agua se realice en función a las características naturales y a los usos a que se destinan las aguas, de conformidad con los artículos 35º, 36º, 42º y 43º de la Ley Nº 29338, Ley de Recursos Hídricos; considerándose la protección de los ecosistemas acuáticos y los bienes asociados a los cuerpos de agua; tomándose en cuenta para ello, las categorías establecidas en el Decreto Supremo Nº 002- 2008-MINAM; Que, conforme al marco legal antes anotado, resulta necesario reemplazar la clasifi cación de los recursos hídricos ubicados en el territorio de la República del Perú, aprobada mediante Resolución Directoral Nº 1152/2005/DIGESA/SA de fecha 03-08-2005, la cual tomó como referencia a la Ley General de Agua, la cual fue derogada mediante la Ley Nº 29338, Ley de Recursos Hídricos; Que, la nueva clasifi cación de los cuerpos de agua, debe considerar las categorías establecidas en los ECA para agua aprobados por el Decreto Supremo Nº 002- 2008-MINAM, de tal manera que la categoría asignada a cada cuerpo de agua indique la situación de calidad que se quiere mantener o a la que se quiere llegar, según los usos y conservación en un corto y mediano plazo; pudiendo esta clasifi cación ser modifi cada, o la relación de cuerpos de agua ampliada con la información primaria que se obtenga de las diversas unidades hidrográfi cas del país; Por lo que en uso de las funciones y atribuciones conferidas a este Despacho en el artículo 10º del Reglamento de Organización y Funciones de la Autoridad Nacional del Agua, aprobado por Decreto Supremo Nº 039-2008-AG; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Aprobar la clasifi cación de cuerpos de agua superfi ciales y marino - costeros, conforme a la relación que se adjunta en el Anexo Nº 1 y que forma parte de la presente Resolución, de acuerdo al Informe Técnico Nº 0112-2010-ANA-DCPRH-ERH-CAL de fecha 18-03-2010. Artículo 2º.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el portal institucional; así como del Anexo Nº 1 a que hace referencia el Artículo 1º de la presente Resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese. FRANCISCO PALOMINO GARCIA Jefe Autoridad Nacional del Agua 472340-1 ECONOMIA Y FINANZAS Designan vocales del Tribunal de Contrataciones del Estado del Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado - OSCE RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 044-2010-EF Lima, 23 de marzo de 2010 CONSIDERANDO: Que, el Tribunal de Contrataciones del Estado es el órgano encargado de resolver las controversias originadas en materia de contratación pública, así como de aplicar sanciones a proveedores, participantes, postores, contratistas, expertos independientes y entidades que contravengan la normativa de contratación del Estado; Que, de conformidad con lo señalado en el artículo 64º del Decreto Legislativo Nº 1017, que aprueba la Ley de Contrataciones del Estado, los vocales del citado Tribunal son elegidos por concurso público; Que, mediante Resolución Suprema Nº 062- 2010-PCM se constituyó la Comisión Multisectorial de Selección, encargada de organizar y conducir el concurso público para la designación de los vocales del Tribunal de Contrataciones del Estado, la cual ha culminado con el encargo efectuado y ha elevado su Informe Final al Presidente Ejecutivo del Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado - OSCE, el que ha sido remitido al Ministerio de Economía y Finanzas mediante Ofi cio Nº 118-2010/PRE; Que, según el segundo párrafo de la Sétima Disposición Complementaria Transitoria del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 184-2008-EF, la designación de los vocales que resulten elegidos se efectuará mediante la emisión de una Resolución Suprema; Que, es necesario designar a los vocales que integrarán el Tribunal de Contrataciones del Estado del Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado - OSCE, por cuanto, a la fecha, se encuentran vacantes once (11) cargos de vocales; Que, asimismo la Décimo Primera Disposición Complementaria Final del Decreto Legislativo Nº 1017, que aprueba la Ley de Contrataciones del Estado, señala que los vocales del Tribunal de Contrataciones y Adquisiciones del Estado mantendrán sus cargos hasta el cumplimiento del plazo por el cual fueron designados, supuesto en el cual se encuentra la designación de un (1) vocal, efectuada mediante Resolución Suprema Nº 038- 2007-EF; De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, el Decreto Legislativo Nº 1017, que aprueba la Ley de Contrataciones y el Decreto Supremo Nº 184-2008-EF que aprueba el Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado y modifi catorias; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Desígnese en el cargo de vocales del Tribunal de Contrataciones del Estado del Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado - OSCE, a los siguientes profesionales: 1. BASULTO LIEWALD, ADA ROSA 2. EGUSQUIZA ROCA, OTTO EDUARDO 3. FONSECA OLIVEIRA, CARLOS FERNANDO 4. ISASI BERROSPI, WINA GRELY 5. NAVAS RONDON, CARLOS VICENTE