Norma Legal Oficial del día 28 de mayo del año 2010 (28/05/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 36

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, viernes 28 de MORDAZA de 2010

TRANSPORTES Y COMUNICACIONES
Aprueban transferencia de autorizacion otorgada a favor de persona natural para el servicio de radiodifusion sonora comercial en el distrito de Tabalosos, provincia de Lamas
RESOLUCION VICEMINISTERIAL Nº 373-2010-MTC/03 MORDAZA, 13 de MORDAZA del 2010 VISTA, la solicitud de registro Nº 2009-041813 del 03 de diciembre de 2009, presentada por el senor MORDAZA RUCOBA MORDAZA, sobre aprobacion para transferir una autorizacion del servicio de radiodifusion sonora comercial en Frecuencia Modulada (FM), en el distrito de Tabalosos, provincia de Lamas, departamento de San Martin; CONSIDERANDO: Que, por Resolucion Viceministerial Nº 660-2002MTC/03 del 10 de diciembre de 2002, se otorgo al senor MORDAZA RUCOBA MORDAZA, autorizacion y permiso de instalacion por el plazo de diez (10) anos, que incluye un periodo de instalacion y prueba de doce (12) meses improrrogable, para operar una estacion del servicio de radiodifusion sonora comercial en Frecuencia Modulada (FM), en el distrito de Tabalosos, provincia de Lamas, departamento de San Martin. Dicha resolucion fue notificada el 30 de enero de 2003; Que, el articulo 27º de la Ley de Radio y Television, Ley Nº 28278, concordado con el articulo 73º del Reglamento de la Ley de Radio y Television, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-2005-MTC, disponen que la autorizacion, conjuntamente con los permisos, licencias y autorizacion de enlaces auxiliares a la radiodifusion, podran ser transferidas, previa aprobacion del Ministerio, mediante Resolucion Viceministerial conteniendo ademas el reconocimiento del MORDAZA titular; Que, se ha verificado que la autorizacion otorgada al senor MORDAZA RUCOBA MORDAZA, cumple las condiciones establecidas en el articulo 27º de la Ley de Radio y Television, para que opere la transferencia de la autorizacion; y que la adquirente, la senora MORDAZA MORDAZA MORDAZA, no incurre en las causales de denegatoria establecidas en el articulo 23º de la Ley de Radio y Television, para que se deniegue la transferencia de autorizacion solicitada a su favor, y no se encuentra comprendida en los impedimentos establecidos en el articulo 25º del Reglamento de la Ley de Radio y Television, de acuerdo a sus declaraciones juradas presentadas. Asimismo, se ha verificado que el senor MORDAZA RUCOBA MORDAZA, no tiene deudas con este Ministerio, y el cumplimiento de los requisitos previstos en el articulo 74º del acotado Reglamento; Que, la Direccion General de Autorizaciones en Telecomunicaciones, mediante Informe N° 1131-2010MTC/28, considera que procede aprobar la transferencia de la autorizacion solicitada por el senor MORDAZA RUCOBA MORDAZA, en favor de la senora MORDAZA MORDAZA MORDAZA, y reconocer a esta como titular de la autorizacion otorgada por Resolucion Viceministerial Nº 660-2002-MTC/03, conjuntamente con los permisos, licencias y autorizacion de enlaces auxiliares a la radiodifusion, asi como de los derechos y obligaciones derivadas de la misma; De conformidad con la Ley de Radio y Television, Ley Nº 28278, el Reglamento de la Ley de Radio y Television aprobado por Decreto Supremo Nº 005-2005-MTC, con sus modificatorias, el Texto Unico de Procedimientos Administrativos ­ MORDAZA de este Ministerio, actualizado por Resolucion Ministerial Nº 644-2007-MTC/01, modificado por Resolucion Ministerial Nº 846-2009-MTC/01, el Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones aprobado por Decreto Supremo Nº 021-2007-MTC; y,

Con la opinion favorable de la Direccion General de Autorizaciones en Telecomunicaciones, SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobar la transferencia de autorizacion otorgada mediante Resolucion Viceministerial Nº 6602002-MTC/03, a favor de la senora MORDAZA MORDAZA MORDAZA, conjuntamente con los permisos, licencias y autorizacion de enlaces auxiliares a la radiodifusion, que fuera otorgada al senor MORDAZA RUCOBA VELA. Articulo 2º.- Reconocer a la senora MORDAZA MORDAZA MORDAZA, como titular de la autorizacion otorgada por Resolucion Viceministerial Nº 660-2002MTC/03, conjuntamente con los permisos, licencias y autorizacion de enlaces auxiliares a la radiodifusion, asumiendo este todos los derechos y obligaciones derivados de la misma. Articulo 3º.- Remitir MORDAZA de la presente resolucion a la Direccion General de Control y Supervision de Comunicaciones, para los fines de su competencia. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Viceministro de Comunicaciones 497870-1

Otorgan autorizaciones a diversas personas naturales para la prestacion del servicio de radiodifusion sonora comercial en localidades de los departamentos de MORDAZA, MORDAZA y MORDAZA
RESOLUCION VICEMINISTERIAL Nº 376-2010-MTC/03 MORDAZA, 17 de MORDAZA de 2010 VISTO, el Expediente Nº 2009-022468 presentado por el senor MORDAZA MORDAZA LLAMA MORDAZA, sobre otorgamiento de autorizacion para la prestacion del servicio de radiodifusion sonora comercial en Frecuencia Modulada (FM) en el distrito de Quillo, provincia de Yungay, departamento de Ancash; CONSIDERANDO: Que, el articulo 14° de la Ley de Radio y Television ­ Ley Nº 28278, establece que para la prestacion del servicio de radiodifusion, en cualquiera de sus modalidades, se requiere contar con autorizacion, la cual se otorga por Resolucion del Viceministro de Comunicaciones, segun lo previsto en el articulo 19º del Reglamento de la Ley de Radio y Television, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 005-2005-MTC; Que, asimismo el articulo 14º de la Ley de Radio y Television indica que la autorizacion es la facultad que otorga el Estado a personas naturales o juridicas para establecer un servicio de radiodifusion. Ademas, el citado articulo senala que la instalacion de equipos en una estacion de radiodifusion requiere de un Permiso, el mismo que es definido como la facultad que otorga el Estado, a personas naturales o juridicas, para instalar en un lugar determinado equipos de radiodifusion; Que, el articulo 26º de la Ley de Radio y Television establece que otorgada la autorizacion para prestar el servicio de radiodifusion, se inicia un periodo de instalacion y prueba que tiene una duracion improrrogable de doce (12) meses; Que, el articulo 29º del Reglamento de la Ley de Radio y Television indica que para obtener autorizacion para prestar el servicio de radiodifusion se requiere presentar una solicitud, la misma que se debe acompanar con la informacion y documentacion que en dicho articulo se detallan; Que, con Resolucion Viceministerial Nº 092-2004MTC/03, modificada con Resolucion Viceministerial Nº 478-

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