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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 28 DE MAYO DEL AÑO 2010 (28/05/2010)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 35

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 28 de mayo de 2010 419705 febrero de 2010, la plaza de Abogado IV (SPA) de Auxiliar Coactivo de la Unidad de Cobranza Coactiva de la Ofi cina de Administración del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo; Que, el artículo 28º del Decreto Supremo Nº 005-90- PCM, Reglamento de la Carrera Administrativa, establece que el ingreso a la Administración Pública en la condición de servidor de carrera o de servidor contratado se efectúa obligatoriamente mediante concurso público; Que, el numeral 9.1 del artículo 9º de la Ley Nº 29465, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2010, sobre medidas en materia de personal, establece que queda prohibido el ingreso de personal en el Sector Público por servicios personales y el nombramiento, excepto, entre otros supuestos, para la contratación para el reemplazo por cese del personal, siempre y cuando se cuente con plaza presupuestada y que dicho cese se haya producido a partir del Año Fiscal 2009; Que, asimismo, conforme lo establece el último párrafo del numeral 9.1 del artículo 9º de la referida Ley y el literal b) del artículo 2º del Decreto de Urgencia Nº 113-2009, que dicta medidas de disciplina presupuestaria para la gestión de personal durante el Año Fiscal 2010, la excepción a que se refi ere el considerando precedente, será aprobada mediante Decreto Supremo, previo informe favorable del Ministerio de Economía y Finanzas; Que, mediante Informe Nº 011-2010-EF/76.19 de la Dirección General del Presupuesto Público del Ministerio de Economía y Finanzas, se opina favorablemente para que el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo efectúe la contratación para el reemplazo por cese de personal de la plaza vacante de Abogado IV (SPA) correspondiente al de Auxiliar Coactivo; De conformidad con el inciso 8) del artículo 118º de la Constitución Política del Perú; el numeral 3 del artículo 11º de la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; el numeral 9.1 del artículo 9º de la Ley Nº 29465 Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2010; y el literal b) del artículo 2º del Decreto de Urgencia Nº 113- 2009, que dicta medidas de disciplina presupuestaria para la gestión de personal durante el Año Fiscal 2010; DECRETA: Artículo 1º.- Del Concurso Público de Mérito Autorizar al Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, la contratación para el reemplazo por cese de personal de la plaza vacante de Abogado IV (SPA) correspondiente al de Auxiliar Coactivo, conforme al Decreto Legislativo Nº 276 y su reglamento. Artículo 2º.- Del refrendo El presente Decreto Supremo será refrendado por la Ministra de Trabajo y Promoción del Empleo. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veintisiete días del mes de mayo del año dos mil diez. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República MANUELA GARCÍA COCHAGNE Ministra de Trabajo y Promoción del Empleo 499776-4 Autorizan viaje de Jefa del Gabinete de Asesores de la Asesoría Técnica de la Alta Dirección a Suiza para asistir a reunión de la OIT RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 019-2010-TR Lima, 27 de mayo de 2010 CONSIDERANDO: Que, la 99º reunión de la Conferencia Internacional del Trabajo - OIT se llevará a cabo del 2 al 18 de junio de 2010, en la ciudad de Ginebra, Suiza, sede de la Ofi cina Internacional del Trabajo; Que, conforme al literal a) del numeral 2) del artículo 13º de la Constitución de la Organización Internacional del Trabajo, cada Estado Miembro asumirá los gastos de viaje y estancias, entre otros, de sus delegados que participen en las reuniones de la Conferencia; Que, la presente reunión es particularmente relevante porque en ella se abordarán, entre otros temas, la información y memorias sobre aplicación de convenios y recomendaciones, el trabajo decente para los trabajadores domésticos (elaboración de normas con vista a la posible adopción de un convenio, complementado por una recomendación), el VIH/SIDA y el mundo del trabajo (discusión con arreglo al seguimiento de la declaración de la OIT sobre la justicia social para una globalización equitativa) y el examen del seguimiento de la declaración de la OIT relativa a los principios y derechos fundamentales en el trabajo de 1998; Que, dada la importancia y relevancia de la citada reunión para los objetivos y metas sectoriales, resulta conveniente autorizar el viaje, en misión ofi cial, de la abogada Claudia Alicia Canales Mayorga, Jefa del Gabinete de Asesores de la Asesoría Técnica de la Alta Dirección, como miembro de la Delegación Peruana que asistirá a la 99º reunión de la Conferencia Internacional del Trabajo - OIT; Con la visación de la Directora General (e) de la Ofi cina de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de funcionarios y servidores públicos del Poder Ejecutivo, modifi cada por la Ley Nº 28807 y su Reglamento aprobado por el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM; y el numeral 10.1 del artículo 10º de la Ley Nº 29465, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2010, precisado por el Decreto de Urgencia Nº 001-2010; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje en misión oficial de la abogada CLAUDIA ALICIA CANALES MAYORGA, Jefa del Gabinete de Asesores de la Asesoría Técnica de la Alta Dirección, a la ciudad de Ginebra, Suiza, del 12 al 17 de junio de 2010, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución, serán cubiertos con recursos del Presupuesto del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, de acuerdo al siguiente detalle: Pasajes US$ 2,561.84 Viáticos US$ 1,560.00 Tarifa CORPAC (TUUA) US$ 31.00 Artículo 3º.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje, la citada funcionaria deberá presentar al Despacho Ministerial, un Informe describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado. Artículo 4º.- La presente Resolución Suprema no otorga derecho a exoneración o liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación y será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y la Ministra de Trabajo y Promoción del Empleo. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República JAVIER VELASQUEZ QUESQUÉN Presidente del Consejo de Ministros MANUELA GARCÍA COCHAGNE Ministra de Trabajo y Promoción del Empleo 499775-13