Norma Legal Oficial del día 29 de octubre del año 2010 (29/10/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 62

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VISTO;

NORMAS LEGALES
VISTO Y CONSIDERANDO:

El Peruano MORDAZA, viernes 29 de octubre de 2010

El recurso de reconsideracion interpuesto por don MORDAZA MORDAZA Marquillo contra la Resolucion N° 127-2009PCNM de 04.06.2009; CONSIDERANDO: Primero: Que, por Resolucion N° 159-2008-PCNM de 12.11.2008 el Consejo Nacional de la Magistratura abrio MORDAZA disciplinario al doctor MORDAZA MORDAZA Marquillo por su actuacion como Juez Suplente del MORDAZA Juzgado Penal ­ Juzgado de Emergencia de la Corte Superior de Justicia de Piura; Segundo: Que, por Resolucion N° 127-2009-PCNM de 04.06.2009 se resolvio dar por concluido dicho MORDAZA disciplinario y aceptar el pedido de destitucion formulado por el senor Presidente de la Corte Suprema de Justicia de la Republica y en consecuencia imponer la sancion de destitucion al doctor MORDAZA MORDAZA Marquillo por su actuacion como Juez Suplente del MORDAZA Juzgado Penal ­ Juzgado de Emergencia de la Corte Superior de Justicia de Piura; Tercero: Que, dentro del termino de ley, por escrito recibido el 19.06.2009, el recurrente interpone recurso de reconsideracion contra la resolucion citada en el considerando precedente senalando que reconoce haber incurrido en error al aplicar una ejecutoria de la Corte Suprema que entiende no era de aplicacion al caso que es materia del presente MORDAZA e indicando que los jueces son falibles, habiendo actuado con rectitud, sin intencionalidad manifiesta al otorgar el beneficio penitenciario, sin incurrir - a su parecer - en inconducta funcional; Cuarto: Que, teniendo en cuenta que el recurso de reconsideracion tiene por finalidad que la autoridad administrativa reexamine su decision y los procedimientos que llevaron a su adopcion, de manera que, de ser el caso, se puedan corregir errores de criterio o analisis, se concluye que la sancion ha sido impuesta en razon a que con su actuacion el procesado denoto una grave inconducta funcional mostrada en la negligencia en el ejercicio de sus funciones que genera en la ciudadania desconcierto e inseguridad ante la indebida concesion de beneficios penitenciarios, no habiendo desvirtuado los argumentos esgrimidos por el recurrente la responsabilidad acreditada en el MORDAZA seguido en su contra; Por las consideraciones expuestas, estando a lo resuelto por unanimidad de los senores Consejeros votantes en la sesion plenaria de 03.09.2009, sin la presencia de los senores Consejeros MORDAZA MORDAZA de la MORDAZA Badaracco y MORDAZA MORDAZA MORDAZA, y de acuerdo a lo establecido en los articulos 36° y 37° incisos b) y e) de la Ley 26397; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Declarar infundado el recurso de reconsideracion interpuesto por el doctor MORDAZA MORDAZA Marquillo contra la Resolucion N° 127-2009-PCNM de 04.06.2009, dandose por agotada la via administrativa. Registrese y comuniquese. MORDAZA A. VEGAS GALLO Presidente (e) 560293-2

El Oficio Nº 2330-2010-MP-FN-PJFS-CUSCO, cursado por la doctora MORDAZA MORDAZA de MORDAZA MORDAZA de Ladron de MORDAZA, Fiscal Superior Titular ­ Presidente de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Judicial del MORDAZA, mediante el cual solicita la creacion de dos plazas de Fiscales Adjuntos Superiores para la Fiscalia Superior Civil y de Familia del MORDAZA, Distirto Judicial del Cusco. Que, luego de haber revisado la informacion estadistica del total de casos que tiene a su cargo la Fiscalia Superior Civil y de Familia del MORDAZA, se aprecia que existe un incremento en la carga laboral como consecuencia de la demanda del servicio fiscal; mas aun, si la titular de dicho Despacho, tiene ademas, a su cargo la Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del referido Distrito Judicial; situacion que justifica la necesidad de crear las plazas transitorias solicitadas, con el objeto de lograr la descarga procesal correspondiente en dicho Despacho Fiscal. Que, conforme a lo informado por la Gerencia Central de Planificacion y Presupuesto, en el presente ano, solo se cuenta con la disponibilidad presupuestal para la creacion de plazas fiscales transitorias hasta el 31 de diciembre del 2010. En uso de las atribuciones conferidas por el Decreto Legislativo N° 052, Ley Organica del Ministerio Publico, y en cumplimiento del Acuerdo N° 1972 adoptado en sesion extraordinaria de Junta de Fiscales Supremos de fecha 21 de octubre de 2010. SE RESUELVE: Articulo Primero.- Crear las plazas fiscales con caracter transitorio hasta el 31 de diciembre de 2010 en el Distrito Judicial que a continuacion se detalla: DISTRITO JUDICIAL DEL MORDAZA - 02 Fiscales Adjuntos Superiores para la Fiscalia Superior Civil y de Familia del Cusco. Articulo Segundo.- Dejar sin efecto todas las resoluciones que se opongan a la presente. Articulo Tercero.- Hacer de conocimiento la presente resolucion, al Presidente de la Corte Superior de Justicia del MORDAZA, Fiscal Superior Titular - Presidente de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Judicial del MORDAZA, Gerencia General, Gerencia Central de Potencial Humano y a la Oficina de Registro y Evaluacion de Fiscales del Ministerio Publico. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA ECHAIZ MORDAZA Fiscal de la Nacion Presidenta de la Junta de Fiscales Supremos 561400-2

Dan por concluido nombramiento de fiscal adjunto provisional y su designacion en la Setima Fiscalia Provincial Penal de Huamanga
RESOLUCION DE LA FISCALIA DE LA NACION Nº 1828-2010-MP-FN MORDAZA, 28 de octubre de 2010 VISTO Y CONSIDERANDO: Que, por necesidad de servicio y estando a las facultades concedidas por el articulo 64 del Decreto Legislativo Nº 052, Ley Organica del Ministerio Publico; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Dar por concluido el nombramiento del doctor MORDAZA Sierralta MORDAZA, como Fiscal Adjunto Provincial Provisional del Distrito Judicial de MORDAZA, y su designacion en el Despacho de la Setima Fiscalia Provincial Penal de Huamanga, materia de la Resolucion

MINISTERIO PUBLICO
Crean plazas fiscales con caracter transitorio en el Distrito Judicial del MORDAZA
RESOLUCION DE JUNTA DE FISCALES SUPREMOS Nº 080 -2010-MP-FN-JFS MORDAZA, 28 de octubre de 2010

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